El Juzgado de los Social número 4 de Madrid ha dado un paso más allá en la batalla de los interinos por ver equiparados su derecho a indemnización al de los indefinidos. El caso esta vez es el de una trabajadora adscrita a la Consejería de Políticas Social y Familia de la Comunidad de Madrid que fue despedida el pasado 30 de septiembre.

Después de que los fallos de los tribunales superiores de Justicia de la UE, Madrid y el País Vasco reconocieran el derecho de estos trabajadores a cobrar una indemnización por despido objetivo tras su cese en el cargo, la nueva sentencia considera que, transcurridos más de tres años en el cargo, la situación de esta trabajadora era la de una 'indefinida no fija' y su despido es improcedente, según informa el sindicato de funcionarios CSI-F.

La nueva sentencia considera que, transcurridos más de tres años en el cargo, la situación de esta trabajadora era la de una 'indefinida no fija' y su despido es improcedente

De esta forma, en lugar de tener derecho a una indemnización de 20 días por año, como en el caso de los despidos procedentes de los trabajadores indefinidos, el juzgado le reconoce el derecho al cobro de una cantidad equivalente a 33 días por año.

Concretamente, esta trabajadora llevaba desempeñando su labor como interina 13 años, con la categoría profesional de Auxiliar de Enfermería. El pasado 18 de agosto se le que debido a la adjudicación definitiva del puesto que ocupaba, derivado del proceso de consolidación de empleo, el día 30 de septiembre sería el último día de prestación de servicios en el centro.

CSI-F alegó entre otros motivos, la existencia de fraude de ley al haberse superado el plazo máximo de tres años para la cobertura de una vacante, como establece el artículo 70 del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), y que el contrato debería transformarse en 'indefinido no fijo', como así ha resuelto finalmente el juez en su sentencia, contra la que cabe recurso de súplica.

Esta trabajadora llevaba desempeñando su labor como interina 13 años

La sentencia determina que el despido es improcedente dado que no se cumplen los requisitos previsto en el artículo 53 del Estatuto de los Trabajadores, que regula las condiciones de los despidos objetivos, puesto que la Administración concluye la relación laboral con un simple cese.

El fallo condena a la demandada, la Consejería de Políticas Sociales y Familia, a readmitirla en el plazo de cinco días o a indemnizarla con 28.000 euros. Además, advierte que, en el caso de producirse la readmisión, se deberá abonar a la trabajadora los salarios de tramitación desde el despido hasta la fecha de notificación de esta resolución, a razón de 51,81 euros por día.

Los sindicatos persiguen la figura del 'indefinido no fijo'

Fuentes sindicales consultadas por El Independiente señalan que una de las reclamaciones que realizarán en las mesas de negociación del sector público será la extensión de la figura del 'indefinido no fijo' para aquellos interinos que desempeñen su puesto durante años. Y es que más de un tercio de ellos lleva más de seis años desempeñando la misma labor.

Esta sentencia aparece días después de que haya echado a andar el comité de expertos encargado de analizar el alcance de la primera sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la UE sobre la equiparación de derechos entre indefinidos e interinos. Además, UGT ha lanzado este viernes una campaña para campaña de apoyo y orientación para los interinos del sector público que quieran reclamar su derecho a indemnización.