El Ministerio de Sanidad no controla todo lo que debería el gasto farmacéutico, empezando por aquellos medicamentos que, por sus características, están sujetos a un techo de gasto.

El Tribunal de Cuentas lo pone de manifiesto en un informe de fiscalización de la actividad económica del Ministerio de Sanidad en relación con el gasto farmacéutico en los ejercicios 2014 y 2015.

El informe advierte de que no existen manuales de procedimiento en los que se definan los criterios de evaluación para incluir medicamentos en la prestación farmacéutica o para la fijación de precios.

Pero concreta aún más al poner el foco en la falta de control sobre los medicamentos sujetos a techo de gasto. Se trata de fármacos que por sus características, por su novedad o por motivos de salud pública, estén indicados para tratamientos que sólo puedan seguirse en medio hospitalario.

Además, se encuadran en este grupo los fármacos que se utilizan en el tratamiento de enfermedades que deban ser diagnosticadas en medio hospitalario y cuya utilización puede producir reacciones adversas muy graves.

Debido al elevado coste de estos tratamientos se establecen reservas por las que se limita su dispensación y se fija un techo máximo de gasto.

Medicamentos con techo de gasto

En la fecha de realización de la fiscalización se encontraban 12 medicamentos a los que correspondía un techo de gasto de unos 1.197 millones de euros y unos plazos temporales de aplicación de entre uno y tres años.

Sin embargo, el Tribunal de Cuentas denuncia que el hecho de que, por ejemplo, sea complejo precisar en algunas ocasiones el número de pacientes tratados, hace “difícil” comprobar el cumplimiento del límite de gasto fijado.

Además, el informe indica que el Ministerio de Sanidad “no realizó ningún cruce de datos de los medicamentos sujetos a techo de gasto que han remitido los laboratorios, con otros datos externos”, como los que se podrían haber solicitado a las diferentes comunidades autónomas que gestionan este ámbito.