El Consejo de Ministros ha aprobado hoy el Real Decreto Ley (RDL) de medidas urgentes de protección de consumidores en materia de cláusulas suelo indebidas. Se establece un cauce extrajudicial para resolver de forma sencilla, rápida y gratuita las reclamaciones de los consumidores derivadas de las últimas sentencias judiciales.

El ministro de Economía, Luis de Guindos, ha explicado esta mañana durante el Consejo de Ministros que el procedimiento será obligatorio para la entidad financiera cuando lo solicite el cliente y esta tendrá tres meses para llegar a un acuerdo y resolver las reclamaciones. Aunque la vía judicial siempre está abierta, se trata de evitar el colapso de los tribunales y permitir que todo el proceso se lleve a cabo con las debidas garantías para el consumidor.

Guindos ha recordado que más de un millón y medio de ciudadanos tienen cláusula suelo que, si fuesen a los tribunales, colapsarían el sistema judicial al duplicar los litigios civiles que generalmente se registran en España.

De hecho, el responsable de Economía ha señalado que los procesos judiciales que están en marcha podrán suspenderse si los afectados y los bancos están de acuerdo para pactar la devolución de las cláusulas suelo, a través del mecanismo extrajudicial.

El Gobierno regula que este sistema sea conocido por todos los consumidores con cláusulas suelo en sus contratos, especialmente los colectivos más "vulnerables". El ministro ha apuntado que los bancos deberán publicitarlo en sus oficinas y páginas web.

El proceso, paso a paso

El consumidor podrá dirigir una reclamación a su entidad de crédito. Una vez recibida la reclamación, la entidad deberá remitir al consumidor el cálculo de la cantidad a devolver, incluyendo los intereses o, alternativamente, las razones por las que considera que la reclamación no es procedente.

Tras recibir la comunicación, el consumidor deberá manifestar si está de acuerdo con el cálculo y, si lo está, la entidad realizará la devolución del efectivo. Todo el proceso se hará en un plazo máximo de tres meses.

Alternativamente, el consumidor y la entidad pueden acordar medidas compensatorias distintas de la devolución en efectivo como, por ejemplo, la novación de las condiciones de la hipoteca. En este caso, la aceptación por parte del cliente será manuscrita, tras haber sido debidamente informado del valor económico de la medida alternativa.

El consumidor puede decidir ir a la vía judicial directamente pero una vez iniciado el procedimiento extrajudicial y hasta que se haya resuelto este, las partes no podrán ejercitar entre sí ninguna acción judicial o extrajudicial alternativa en relación con la misma reclamación.

Se reducirán los aranceles notariales y registrales derivados de las novaciones de contratos

En el caso de las costas judiciales, el real decreto-ley establece mecanismos que incentivan que la entidad resuelva de forma adecuada. Por un lado, si el consumidor demanda a la entidad tras no llegar a un acuerdo en la reclamación extrajudicial y la sentencia que obtiene es económicamente más favorable para él, la entidad será condenada en costas.

Por otro lado, si el consumidor acude a la vía judicial directamente sin usar la reclamación previa y la entidad de crédito se allana totalmente antes del trámite de contestación a la demanda, la entidad no será condenada en costas.

Guindos ha anunciado una reducción sustancial de los aranceles notariales y registrales derivados de las novaciones de contratos que puedan resultar de la adopción de medidas compensatorias distintas a la devolución del efectivo.

En cuanto al tratamiento fiscal de las cantidades percibidas, se reforma la Ley del IRPF para que, en el caso de devolución de cantidades indebidamente cobradas por cláusulas suelo, ya sea en aplicación del acuerdo prejudicial, derivada de cualquier acuerdo con las entidades financieras o del cumplimiento de sentencias o laudos arbitrales, se garantice la neutralidad fiscal para el consumidor.

Un comité de seguimiento informará cada seis meses de la evolución de los procesos

Se habilita al Gobierno para regular la el establecimiento de un órgano de seguimiento, control y evaluación de las reclamaciones efectuadas en el ámbito de aplicación de este real decreto-ley. En este órgano estarán, en todo caso, presentes consumidores y abogados y emitirá un informe semestral.

Guindos ha recordado que "en España, el 78% de las familias tienen vivienda en propiedad, 10 puntos porcentuales más que en la media de Europa", lo que sugiere que algo se ha hecho.

La nueva ley hipotecaria pone el foco en la transparencia, para que no se repitan episodios como la crisis de las cláusulas suelo.