Economía | Empresas

FONDO DE SALVACIÓN DE COMPAÑÍAS ESTRATÉGICAS POR EL COVID

El Gobierno prohíbe dividendos, bonus y ofertas agresivas a las empresas rescatadas

Los grupos que reciban ayudas del fondo de rescate de la SEPI no podrán subir el sueldo de su cúpula y su consejo de administración hasta haber devuelto el 75% de los fondos.

La ministra de Hacienda, María Jesús Montero.

La ministra de Hacienda, María Jesús Montero. europa press

El Gobierno ultima la puesta en marcha del fondo de rescate de 10.000 millones de euros para garantizar la solvencia de empresas estratégicas en problemas por la pandemia de Covid, incluso entrando directamente en el accionariado de las compañías que lo necesiten. El Consejo de Ministros aprobó hace dos semanas su creación,  este martes ha fijado las condiciones que deben cumplir las compañías para acceder a las inyecciones de dinero y espera tenerlo definitivamente en marcha antes de un mes.

El Ejecutivo ha establecido hoy las normas de funcionamiento del nuevo fondo de rescate, que estará controlado por la SEPI -–el holding público de participaciones industriales dependiente de Hacienda- a través de un Consejo Gestor que estará en funcionamiento en menos de 30 días y deberá resolver las solicitudes de las compañías en un plazo máximo de seis meses.

Las grandes empresas que quieran acceder a las ayudas deben solicitarlo explícitamente por escrito y deben cumplir determinadas condiciones. El domicilio y sus principales centros de trabajo han de estar localizados en España, deben acreditar que no estaban en crisis (con solicitudes de concurso de acreedores o declaraciones de insolvencia) antes de que empezara 2020, demostrar que sin los fondos la empresa cesará su actividad y demostrar que, en tal caso, el impacto en la economía y sobre el empleo sería relevante para el país o para una región.

Las ayudas se pueden articular mediante préstamos participativos, mediante la compra de deuda convertible en acciones o directamente mediante la adquisición de acciones u otros instrumentos de capital. Según ha detallado la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros, las ayudas deben tener un importe mínimo de 25 millones y se elevarán hasta el “máximo imprescindible” para que la compañía supere sus problemas, siempre que no supere el patrimonio neto de la compañía al cierre del año 2019.

Las compañías que opten al fondo de solvencia también han de demostrar ante la consejo gestor de la SEPI su viabilidad a medio y largo plazo, elaborando un plan de viabilidad para superar la crisis, describiendo el uso que se va a hacer de los fondos recibidos y presentando una previsión de reembolso de las ayudas al Estado. A los grupos también se les exige estar a corriente de pago de impuestos y de cotizaciones de Seguridad Social y no haber sido condenada con penas que le inhabiliten para recibir ayudas públicas.

El Gobierno también establece restricciones en el funcionamiento de las compañías rescatadas por el fondo de la SEPI. Y es que los grandes grupos que accedan al fondo público para garantizar su solvencia no podrán repartir dividendos, no podrán distribuir retribuciones variables (bonus) a su cúpula directiva o a su consejo de administración, y no podrán ejecutar estrategias comerciales agresivas para crecer ni adoptar "riesgos excesivos" en su negocio.

Hacienda fija estrictos controles a las remuneraciones de directivos y consejeros de las empresas rescatadas y congela los salarios hasta que hayan devuelto el 75% de las ayudas. Directivos, administradores y miembros del consejo de administración no podrán recibir retribuciones por encima del salario fijo (no incluidas primas ni partes variables) percibido en 2019.

Por otra parte, Hacienda establece que reembolso por la participación del Estado en el capital de las empresas se acompasará con la recuperación de la economía y las cuantía dependerá del tiempo que dure el apoyo público. El importe de la devolución se incrementará un 10% si transcurridos 5 años desde la aportación de capital, no se ha reducido al menos en un 40% la cuota de participación inicial. Y si la participación se mantiene transcurridos 7 años desde la aportación de capital, el montante del reembolso se incrementará adicionalmente otro 10% sobre la participación viva en dicho momento. En el caso sociedades cotizadas, dichos incrementos del reembolso se producirán transcurridos 4 y 6 años, respectivamente.

El fondo de rescate se reserva a compañías de sectores que se consideren estratégicos. Y esa especial condición se establece en función de impacto social y económico de su negocio, así como su relevancia para la seguridad, la salud de las personas, las infraestructuras, las comunicaciones o su contribución al buen funcionamiento de los mercados.

Según se establecía en el real decreto de creación del fondo de rescate, en el caso de el Estado entre en el capital de alguna compañía estratégica, el Gobierno podrá sentarse en el consejo de administración del grupo con el número de consejeros que le corresponda proporcionalmente por su participación. Y además la entrada en los consejos se realizará sin necesidad de ningún acuerdo previo, sino directamente, tan sólo notificándoselo al Registro Mercantil.

En paralelo, Hacienda plantea abiertamente la posibilidad de tomar participaciones que superen el 30% del capital de las compañías rescatadas, una cota que la legislación considera que implica la toma de control de la sociedad y que obliga a lanzar una opa por la totalidad de las acciones para compensar al resto de socios. El real decreto sirve para que Hacienda se autolibere de esta obligación y que pueda tomar participaciones superiores a ese límite sin necesidad de lanzar una opa.

Los planes del Gobierno es que las ayudas del Fondo de apoyo a la solvencia de empresas estratégicas abran la posibilidad de entrar en el accionariado de las compañías de manera transitoria y durante un tiempo determinado (para ajustarse a la normativa de ayudas de estado de la UE) mediante la compra de acciones o de deuda u otros instrumentos financieros que sean convertibles en capital.

La entrada directa en el accionariado mediante suscripción de títulos es sólo una de las posibilidades y el fondo contempla otro tipo de instrumentos como préstamos participativos -cuyo tipo de interés es variable y se puede fijar en función de la evolución del negocio pero no implica la toma de paquetes accionariales-, la compra de deuda convertible o cualquier otro instrumento de capital.

Desde el Ejecutivo se trata de alejar esta iniciativa de apoyo a las compañías del debate abierto por Unidas Podemos (lo ha hecho también estando ya en el gobierno de coalición), sobre la posibilidad de lanzar la nacionalización de empresas de sectores estratégicos. Y es que, según subrayan fuentes gubernamentales, la inyección del fondo de rescate y la entrada en el capital del Estado sólo se producirá si la empresa es viable, si la propia compañía lo solicita explícitamente y como una opción de último recurso.

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