La prórroga de la prisión preventiva para el ex número dos del PP madrileño y presunto cabecilla de la trama Púnica Francisco Granados, que podría agotar el máximo legal de cuatro años, ha reabierto el debate sobre la aplicación en España de esta figura de carácter excepcional. ¿Abusan los jueces de esta medida cautelar? ¿Están suficientemente motivados los autos judiciales? ¿Viene a satisfacer un sentimiento de venganza colectiva en casos de gran relevancia mediática? ¿Oculta su adopción en algunos casos una falta de eficiencia en las instrucciones por parte de los jueces? Éstas son algunas de las preguntas que alimentan la discusión.

Los abogados penalistas consultados por El Independiente comparten la misma conclusión: en España "se abusa" de la prisión preventiva. Esa visión contrasta con la de un experto penitenciario, que echa mano de las estadísticas oficiales para hacer ver que el porcentaje de preventivos es "muy bueno" y que se encuentra en línea con el de otro países de su entorno.

El juez de la Audiencia Nacional Eloy Velasco dictó prisión provisional incondicional para Granados hace casi dos años, concretamente el 31 de octubre de 2014. Accediendo a la petición de la Fiscalía y de otras dos acusaciones, el instructor acordó el pasado miércoles prorrogar por un plazo de hasta dos años más la privación de libertad para conjurar el "riesgo de huida" del ex político del PP, "facilitable por el dinero que debe tener eludido todavía". Ésta es una de las tres razones que justifican la adopción de tal medida junto a evitar la destrucción de fuentes de prueba y la reincidencia delictiva.

"Si en dos años no ha encontrado pruebas, ¿lo va a mantener cuatro años?", dice un abogado

"Si en dos años no se pueden encontrar pruebas, ¿lo va a tener cuatro años para terminar de fastidiarlo?", expone en voz alto el letrado Miguel Durán, que defiende en el caso Gürtel a un procesado que estuvo en prisión preventiva durante tres años. Se trata de Pablo Crespo, ex secretario de Organización del PP de Galicia y presunto número dos de la trama liderada por Francisco Correa.

Durán cree que la institución de la prisión provisional "debería manejarse con más cuidado" por el Ministerio Público y los jueces, y está convencido de que, "en casos de relumbrón político-mediático, se abusa" de esta figura extraordinaria. El ex presidente de la ONCE aporta otra reflexión: "Si el juez tiene necesidad de mantener la prisión preventiva, ¿no será que es poco eficiente a la hora de instruir y está provocando una penalidad superior al reo?".

Víctor Moreno Catena, catedrático de Derecho Procesal y coautor de La prisión provisional en el Derecho español, recuerda que la prisión preventiva es "un campo de tensión tradicional" entre la inquietud social por la comisión de un delito y la presunción de inocencia que consagra la Constitución, y se alinea con los que consideran que se decretan "más de las necesarias" en España.

"Hay una especie de sed de venganza colectiva; hay mucho justicierismo", advierte un penalista

El penalista muestra su convencimiento de que la presión ciudadana condiciona en ocasiones a los jueces a la hora de ordenar la privación de libertad de un investigado sin que haya aún una sentencia firme de condena. "Hay una especie de sed de venganza colectiva, de sentimiento ciudadano de que caiga todo el peso de la ley o sin ley a quien se considere autor de un delito y hay mucho justicierismo. Ese sentimiento, aireado a menudo por los medios de comunicación, puede mover a los jueces a decretar más prisiones provisionales de las imprescindibles", argumenta.

En un informe de investigación difundido en noviembre de 2015 bajo el título de 'La práctica de la prisión provisional en España', en el marco de un proyecto subvencionado por la Unión Europea, la Asociación Pro Derechos Humanos de España también llega a la conclusión -tras encuestar a una treintena de abogados- que "la alarma social" está entre los "criterios extrajurídicos" que se tienen en cuenta a la hora de acordar la privación de libertad sin que medie aún una condena.

Pro Derechos Humanos denuncia falta de fundamentación en las resoluciones judiciales

La organización también llama la atención en su trabajo sobre el hecho de que "la mitad" de las resoluciones judiciales analizadas en las que se decretó esta medida cautelar de carácter extraordinario "carece de una valoración suficiente y pormenorizada" que justifique por qué se impone y ha constatado que las "dilaciones indebidas en la tramitación del proceso" influyen en la duración de la prisión provisional.

Por su parte, el abogado y fiscal en excedencia José María Calero entiende que la prisión preventiva se convierte en muchas ocasiones en una "anticipación de la condena" y se apresura a rechazar que pueda utilizarse como "medida de presión para que un investigado entregue el dinero o se declare culpable", según los casos. Calero juzga esta medida como "exagerada" en numerosas ocasiones y recuerda que hay otras alternativas, como obligar a la persona a comparecer cada 15 o 30 días o retirarle el pasaporte para que no pueda salir del país. "Y al primer incumplimiento lo mandas a la cárcel", propone.

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Francisco Granados es uno de los 7.887 presos preventivos que hay actualmente en las cárceles españolas, según los últimos datos difundidos por Instituciones Penitenciarias correspondientes a la primera semana de octubre. Esa cifra equivale al 13,09% respecto al número total de reclusos (60.264).

El experto penitenciario consultado por este diario, que pide anonimato, recuerda que la salud de un sistema procesal es la tasa de preventivos. "Y el porcentaje español es muy bueno, parecido al de países de nuestro entorno", asegura sin rodeos.

La tasa en Cataluña, superior

En términos relativos, la mayor tasa de presos preventivos se registra en las ciudades autonómas de Ceuta (36,93%) y Melilla (27,05). En la Península, el escalafón lo lidera La Rioja (20,07%), seguida de Madrid (19,16%) y Baleares (17,53%). El ratio en Cataluña (14,27%), con un sistema penitenciario propio, supera en más de un punto la media nacional. En el otro lado de la balanza se sitúan Cantabria (6,65%), Castilla y León (6,76%) y Asturias (6,99%), las comunidades españolas en las que la población de preventivos es más baja en relación con el número total de penados.

La tasa de presos preventivos ha caído en España a una cuarta parte en los últimos 36 años (del 56,03% en 1980 a poco más del 13% en la actualidad), en gran medida a raíz de los cambios legislativos que se han venido sucediendo. En abril de 1983, durante el primer mandato socialista y siendo ministro de Justicia Fernando Ledesma, se reformó la institución de la prisión provisional y se fijó la duración máxima de la misma. Esta norma suponía un cambio sustancial respecto al espíritu de la de 1980, al dar preponderancia al derecho a la libertad respecto al derecho a la seguridad.

Entre las recomendaciones formuladas al legislador como colofón a su informe, la Asociación Pro Derechos Humanos de España defiende la necesidad de que se modifique la ley a fin de que se reduzcan los plazos máximos de duración -de cuatro años actualmente- de forma que las investigaciones sean "más ágiles" y para que se aumente el límite a partir del cual el fiscal puede solicitar la prisión provisional (al menos en tres años de prisión).