En plena semana festiva, entre dos puentes, el Grupo Parlamentario Socialista ha comunicado la sanción a los quince diputados que votaron 'no a Rajoy'. La carta les ha llegado este miércoles a las 19 horas y aplica estrictamente el reglamento interno.

La dirección del grupo parlamentario socialista impone así una multa de 600 euros a los parlamentarios que rompieron la disciplina de voto durante la investidura de Mariano Rajoy. Tras la caída de Pedro Sánchez, el Comité Federal aprobó la abstención del grupo parlamentario. No obstante, quince de sus miembros, siete catalanes, seis 'sanchistas' y dos independientes, no acataron la decisión. Se trata de Meritxell Batet, Margarita Robles, Susana Sumelzo, José Zaragoza, Zaida Cantera, Manuel Cruz Rodríguez, Odón Elorza, Rocío de Frutos, Lidia Guinart, Marc Lamuá, Mercé Perea, Joan Ruiz y Carbonell, Sofía Hernanz, Pere Joan Pons y María Luz Martínez Seijo.

Carta del PSOE a los díscolos que mantuvieron su no a Rajoy en la investidura.

Carta del PSOE a los díscolos que mantuvieron su no a Rajoy en la investidura.

Los sancionados cuentan con siete días para formular un recurso contra la resolución, antes de que sea firme. Los parlamentarios catalanes se inclinan por acatarla y pasar página, mientras que el resto contempla la posibilidad de seguir defendiendo su postura.

La dirección del grupo parlamentario no considera que fue un voto en conciencia

El PSOE les abrió un expediente al que presentaron sus alegaciones y justificaron su desobediencia en el voto en conciencia. “Mi voto fue un ejercicio de responsabilidad y coherencia que me llevó a rechazar el incumplimiento de un compromiso de especial relevancia política que manifestamos ante los electores, como era el de no posibilitar un Gobierno de Rajoy, así como para salvaguardar la credibilidad del proyecto de cambio del PSOE para el futuro”, aseguraron.

Los diputados díscolos se ampararon en el artículo 33 del grupo parlamentario socialista, que contempla el voto en conciencia; y en el 76.2 de la Constitución, que prohíbe el “mandato imperativo” en las Cortes.

"Condiciones excepcionales"

“Considero que concurrían condiciones excepcionales, tanto por la situación de la grave crisis del PSOE como por las consecuencias de la votación en la merma de confianza de la ciudadanía. Por todo ello, votar por razones de conciencia suponía un derecho innegable para cualquier diputado socialista. Sin embargo, recibí comunicación de que no se podía aplicar dicho artículo 33”, explicaron.

En este sentido, los parlamentarios señalaron que se trataba de una votación “excepcional para la credibilidad del sistema democrático y trascendental para la vida de un proyecto político centenario como el PSOE”, envuelto en una “profunda crisis de la organización, que ha puesto en juego su crédito y la confianza de la ciudadanía”.

 “Ante todo ello, el mandato imperativo y la disciplina de voto en favor de la abstención no resolvían la complejidad de la situación a la que nos hemos tenido que enfrentar”, explicaron, para defender la “excepción” del voto en conciencia que ejercieron.

Para recalcar las nulas consecuencias de esa desobediencia, los quince diputados alegaron que sus votos representaron la pluralidad de opiniones dentro del PSOE, y que no causó “ningún daño al partido, ningún sacrificio de su proyecto, ni un ataque a su programa de valores, ni tampoco ha impedido la gobernabilidad de España, puesto que sólo se precisaban 11 de los 84 votos con que cuenta el grupo socialista”.