Un imputado en el caso ERE ha equiparado la actuación de la Junta de Andalucía con la de “un pirómano metido a bombero”, al responsabilizarle subsidiariamente de un presunto menoscabo de fondos públicos y exculpar a los altos cargos de la Administración autonómica que idearon, implantaron y mantuvieron el procedimiento específico para el reparto de las ayudas bajo sospecha.

Así lo razona el investigado, antiguo trabajador de una empresa sevillana que recibió ayudas del fondo de reptiles, en su escrito de contestación a la demanda por responsabilidad contable presentada por los servicios jurídicos de la Junta ante el Tribunal de Cuentas con la que persiguen el reintegro de más de 3.282.777,37 euros (intereses incluidos). La acción se dirige contra el ex director general de Trabajo y Seguridad Social Javier Guerrero; el hermano del ex presidente andaluz José Rodríguez de la Borbolla; cuatro compañías beneficiarias de ayudas controladas por éste, y tres socios o empleados.

El recurrente duda abiertamente de que la Junta ejercite esta acción “tan sólo y principalmente en defensa de los derechos económicos de la Hacienda Pública” de Andalucía y, por el contrario, sugiere que es un “forzado dribling para no exigir directamente a quienes realmente deben ser llamados a responder de las responsabilidades que pudieran derivarse de un cuestionado procedimiento de concesión y pago de ayudas”.

La Administración elude señalar a investigados en los que el juez sí aprecia responsabilidad

Atendiendo al propio informe de fiscalización de la Cámara de Cuentas de Andalucía que invoca la representación jurídica de la Junta en su demanda, la defensa del imputado considera que sólo se podrá fijar su responsabilidad subsidiaria una vez que se enjuicie la directa de la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (IDEA), el organismo de la Junta que actuaba como ‘caja pagadora’ de las ayudas que previamente concedía la Consejería de Empleo y el que por tanto habría dado un destino indebido a los fondos que le transfirieron. Y contra ningún miembro del consejo rector de este ente se dirige la acción interpuesta por la Junta por alcance contable.

“Lo comprometido o embarazoso que sospechamos pueda resultarle a la actora señalar como responsable directo de su reclamación, que sin duda lo son, a quienes administraban y/o gestionaban un ente con personalidad jurídica y patrimonio propio y perteneciente al Gobierno andaluz no puede servir como excusa para (…) renunciando caprichosa e indebidamente a demandar a quien está llamado a responder de forma directa a como subsidiariamente se pretende que lo haga mi representado, y que solo en su caso lo tendría que hacer en la proporción que se llegue a determinar si los llamados a responder directamente no hacen efectiva su responsabilidad”, expone el escrito.

En este punto, el escrito recuerda que el Juzgado de Instrucción 6 de Sevilla ha procesado ya a 26 ex altos cargos de la Junta –entre ellos los ex presidentes Manuel Chaves y José Antonio Griñán y seis ex consejeros– por, concertando sus actuaciones de un modo expreso o tácito, llevar a cabo todos los actos necesarios para la implantación, mantenimiento y funcionamiento del denominado procedimiento específico” con el que se repartieron los fondos durante una década al margen del procedimiento legalmente establecido.

No puede constituirse en parte ofendida y demandante: es la responsable directa"

“Se trata de que ha sido la propia Junta de Andalucía la que ha creado, aplicado, nombrado, gestionado y aprobado la partida presupuestaria, la que ha alterado las fórmulas de aplicación de las partidas y la que ha utilizado artificios contables para gestionar irregularmente los fondos sobre los que ahora reclama responsabilidad contable a terceros. Y esta parte entiende que, como generadora de la actuación sometida a enjuiciamiento, no puede constituirse en parte ofendida y demandante, sino que la Junta de Andalucía es responsable directa de todo lo que reclama. La estrategia del pirómano metido a bombero”, se defiende el imputado, quien argumenta falta de legitimación activa de la Administración autonómica para reclamar.

El acusado también rechaza que la responsabilidad sea exclusivamente de un director general –el citado Javier Guerrero, el alto cargo que gestionó durante la mayor parte del periodo investigado la partida presupuestaria 31.L o fondo de reptiles– sino “el resultado material de una política diseñada, dotada, organizada y gestionada por la propia Junta de Andalucía. “Quien ideó el sistema y lo ejecutó no puede erigirse en perjudicado en esta jurisdicción, puesto que la responsabilidad contable del supuesto mal empleo del dinero público es precisamente de quien reclama, de la Junta”, añade.

El Rey 'sí' puede equivocarse

El abogado del investigado rechaza que la Junta pretenda responsabilizar del "desastre” causado por ella misma en la gestión de sus fondos a terceros “con tan poco fundamento”, lo que le lleva a reformular el conocido aforismo británico The King can do not wrong (El Rey no puede equivocarse) por The King can do it wrong. Yes, He can (El Rey no puede equivocarse. Sí, él puede). “Debe responsabilizarse de sus consecuencias en primer término y, antes de derivarlas a los administrados, agotarlas en aquellos que de su entorno inmediato están llamados a rendir cuentas”, concluye.