El Gobierno se encomienda al Congreso de los Diputados para forzar a las Comunidades Autónomas a cumplir el Real decreto -que recoge el paquete de medidas para ahorrar electricidad- aprobado la semana pasada, al menos, hasta que el Tribunal Constitucional diga lo contrario. Si es que, finalmente, lo dice.

Este lunes los diferentes gobiernos regionales se reunieron con la ministra de Transición Ecológica, Teresa Ribera, para conocer al detalle el plan de ahorro que estará vigente durante este año y el que viene y con el que se pretende utilizar un 7% menos de gas. Tras el encuentro, tal y como se preveía, las principales CCAA se negaron a cumplir con lo recogido el Boletín Oficial del Estado (BOE) y Madrid ya ha confirmado que la cosa acabará en el Tribunal Constitucional.

Otros gobiernos han sido menos agresivos, pero Cataluña y País Vasco se niegan a cumplir las exigencias de Moncloa y han pedido aplazar la aprobación del Real decreto. Otras Comunidades, como Andalucía o Castilla y León, gobernadas por el PP, también sopesan ir de la mano con Isabel Díaz Ayuso y judicializar el ahorro energético.

Pero, a pesar de la beligerancia, lo cierto es que a partir de este martes los escaparates deberán apagarse a las 22:00, los hosteleros deberán regular la temperatura y los comerciantes adecuar sus puertas para que no se escape el calor o el frío. Y es que, la medida quedó aprobada por el Gobierno en el Consejo de Ministros, y debe ser cumplida a rajatabla hasta que el Tribunal Constitucional dé la razón a las CCAA que no están de acuerdo con Moncloa.

Fuentes jurídicas remarcan que "es difícil" prever el tiempo de resolución porque para esos casos la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional no fija plazo, si bien es cierto que esa Ley establece el plazo de seis meses de resolución para los casos de Recurso Previo de Inconstitucionalidad (es el mecanismo que se utiliza contra los proyectos de Ley), por tanto, "no estaría desencaminado prever un plazo de resolución similar para este caso actual". Es decir, que las Comunidades Autónomas deberán cumplir medio año con las exigencias de Moncloa.

Septiembre

Pero las CCAA podrían ver cumplir sus expectativas y parar el paquete de medidas. En ese caso deberán esperar a septiembre, con la vuelta de la actividad política al Congreso de los Diputados. La legislación española indica que los Reales decretos aprobados en Consejo de Ministros deben ser convalidados en un período de 30 días en la Cámara Baja. Así, dentro de unas semanas deberá ser sometido a votación.

Tal y como explica este periódico, el Ejecutivo es optimista y prevén que Esquerra Republicana y PNV voten a favor y pueda tramitarse ya que, además del paquete de ahorro energético, hay en juego importantes ayudas a los ciudadanos como los abonos descuentos en trenes o las becas a estudiantes.

Para poder aprobarse, el Gobierno necesita una mayoría simple a favor. Es decir, que Unidas Podemos y PSOE digan que sí y, al menos, el resto de sus socios se abstengan en la votación.

"La norma es provisional y ha de ser convalidada por mayoría simple en el Congreso - dentro de los 30 primeros días desde su publicación en el BOE - por otro lado, salvo que el TC entienda que la norma produce daños irreparables, por norma general, la interposición de recurso no produce la suspensión de la norma impugnada, por lo que esa norma desplegará sus efectos hasta que el TC se pronuncie o esa misma norma sea derogada y/o sustituida por otra norma", sentencian fuentes jurídicas a este periódico.

A la Comunidad de Madrid no le ha quedado más remedio que acudir al Tribunal Constitucional si no quieren cumplir el paquete de medidas energéticas. Fuentes jurídicas consultadas remarcan que si una Comunidad Autónoma no se considera obligada a cumplir lo establecido en una norma del Estado no puede por decisión propia dejar de cumplirla, sino que tendrá que recurrirla ante los Tribunales dentro de los márgenes que la Constitución y las leyes permiten, alegando su inconstitucionalidad o infracción de la propia competencia. "Otra cosa no es jurídicamente posible", aseguran.

No obstante, Ignacio Fernández, abogado de Fuster Fabra Abogados, señala que "el Gobierno ha de respetar las competencias transferidas a las Comunidades Autónomas y si entre estas se encuentra la gestión de los edificios públicos de la Administración Autónoma quizá aquí podría existir algún punto de conflicto; si bien, parece que en el plano estrictamente técnico relativo a las Instalaciones Térmicas de Edificios, la normativa es estatal y las competencias para modificar los valores de las temperaturas mínimas y máximas sí estaría dentro de las competencias del Estado".