El juez de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz ha decretado el archivo de la querella de la Asociación Saharaui para la Defensa de los Derechos Humanos (Asadedh) contra el líder del Frente Polisario, Brahim Ghali, señalado por delitos de genocidio presuntamente cometidos entre 1975 y 1990 en los campamentos de refugiados de Tinduf, en Argelia.

El magistrado del Juzgado Central de Instrucción número uno de la Audiencia Nacional ha estimado que los hechos por los que el líder saharaui estaba siendo juzgado habrían prescrito y que durante el proceso no se ha acreditado la comisión del delito de genocidio. Asimismo, considera que los testimonios de los testigos contradicen las afirmaciones de la querella. Este mismo martes, Pedraz escuchó al testigo Ahmed Tarouzi, que declaró que había sido apresado entre 1982 y 1995 en una cárcel clandestina de Tinduf, donde agentes del Polisario y de Argelia solían torturar a los allí detenidos, según informa Europa Press.

La asociación ha trasladado a El Independiente que estima que el archivo de esta causa "no es pertinente", ya que no se trata de una cuestión "política, sino de derechos humanos" que afecta a "ciudadanos de origen español". Por otra parte, Asadedh no cree que "el archivo vaya a tener mucho recorrido". Esta decisión del magistrado de la Audiencia Nacional les coge "de sorpresa", sostienen, "sobre todo después de haber comparecido una víctima con claros signos de la violencia sufrida".

Pedraz ha explicado en el escrito que, para determinar la prescripción del delito, ha aplicado la legislación vigente en aquel momento, es decir, la del Código Penal de 1973, cuando este tipo de delitos prescribían 20 años después de que se hubiesen cometido. En la legislación actual en cambio, los delitos de genocidio no prescriben. Asimismo, el juez ha recordado que el CP de 1973 "no contemplaba la regulación del delito de genocidio imputado en la querella", sino que se incorporó en una reforma de 1995.

Nos coge de sorpresa. No es una cuestión política, sino de derechos humanos"

ASADEDH

Según el magistrado, continuar con este proceso implicaría "trata de forzar la norma penal para lograr la calificación indicada y evitar la aplicación de la figura de la imprescriptibilidad del delito de genocidio contemplado en el Código Penal actual". Pedraz ha explicado en el escrito que comparte con la defensa de Ghali las contradicciones en las que incurren las declaraciones de los testigos, dado que no se ajustan a las afirmaciones que figuran en la querella sobre la participación de Ghali en los hechos evaluados.

Asadedh presentó en 2008 una querella en la que acusaba al que durante las décadas en las que presuntamente se cometieron esos crímenes fue ministro de Defensa, Brahim Ghali, pero también contra otra veintena de líderes polisarios, todos ellos acusados de los delitos de genocidio, en relación concursal con delitos de asesinato, lesiones, detención ilegal, terrorismo, torturas y desapariciones. Posteriormente, se presentó otra querella contra Ghali y Salem Lebsir, admitida a trámite por el alto tribunal el 3 de junio.

No obstante, el archivo de la causa alcanza únicamente a Ghali, por lo que la acusación por posibles delitos de genocidio sigue abierta en la Audiencia Nacional contra el resto de querellados.