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La Audiencia de Navarra no rebajará penas si caben en la 'Ley del sólo sí es sí'

Ocho audiencias desoyen a la Fiscalía y sí rebajarán las penas si favorecen al reo, según recoge el artículo 2.2 del Código Penal

Audiencia de Navarra

Audiencia de Navarra EP

La Audiencia de Navarra mantendrá las penas a condenados por delitos sexuales cuando éstas quepan en el marco establecido en la Ley Orgánica 10/2022 de garantía integral de la libertad sexual o 'Ley del sólo sí es sí'.

En línea con el criterio de la Fiscalía, los jueces navarros, igual que los de La Rioja y Las Palmas, no revisarán de oficio los casos a los que afecte la ley del ministerio de Irene Montero y, en caso de que se solicite una rebaja por parte de los abogados de la defensa, procederán a la revisión "cuando la pena que fue impuesta resulte superior o más grave que la pena máxima contemplada por la nueva Ley Orgánica para dicho delito".

Las dos secciones penales de la Audiencia de Navarra establecieron dicho criterio después de reunirse el pasado 24 de noviembre, a la espera de que el Tribunal Supremo se pronuncie y establezca jurisprudencia al respecto.

Ocho audiencias sí revisarán

El criterio de las audiencias de Navarra y La Rioja choca con el de la mayoría de audiencias (Madrid, Valladolid, Zaragoza, Vizcaya, Granada, Córdoba, Málaga, Alicante) que se han ido pronunciando a favor de revisar las sentencias y rebajar las penas en caso de que la nueva ley recoja penas mínimas más bajas que la anterior en aplicación del favorecimiento al reo recogido en el Código Penal y el principio constitucional de irretroactividad de las leyes no favorables.

El pasado viernes, la Junta Sectorial integrada por los magistrados de las quince Secciones Penales de la Audiencia Provincial de Madrid acordó, por 32 votos a favor, ocho en contra y nueve abstenciones, revisar a la pena las bajas si las previstas en la nueva ley favorecen al condenado.

Desde el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) se aclaró que los acuerdos no tienen naturaleza gubernativa ni jurisdiccional, sino que se trata de criterios de orden interno que no tienen el valor de jurisprudencia.

Al terminar la semana, la Audiencia de Madrid había rebajado la pena en 20 casos y en siete procedimientos decretó la puesta en libertad del condenado. En las quince secciones penales de dicha audiencia, el viernes pasado ya había 447 causas por delitos sexuales con condenado en prisión susceptibles de revisión tras la entrada en vigor de la Ley Orgánica 10/2022. De estas causas, y de oficio, se ha comenzado la revisión de 121 y a petición de las defensas de los condenados se tramitan otras 55.

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