Los efectos provocados por la rebaja de penas para los delitos sexuales en el Código Penal con la aplicación de la ley del sí es sí dejan unas cifras inasumibles para el Gobierno: más de 300 agresores se han beneficiado de reducciones de condena y algunos han quedado en libertad en las más de 200 sentencias revisadas a la baja hasta la fecha en tribunales de toda España.

El Ministerio de Justicia, del PSOE, al frente del que se encuentra Pilar Llop, estudia ya fórmulas para modificar la norma y presentar un nuevo texto cuanto antes para el que el Partido Popular, principal partido de la oposición, se ha ofrecido a dar ideas. Habrá que ver si también lo apoya en el Congreso y en el Senado. Unidas Podemos, el partido minoritario del Gobierno al que pertenece la ministra de Igualdad, Irene Montero, desde cuya cartera se impulsó la ley, considera que modificarla es rendirse a los intereses de la oposición y de los jueces "de derechas" que aplican "mal la norma".

Penalistas con larga trayectoria en el ámbito de los delitos sexuales y la violencia de género trasladan a El Independiente que los efectos de la norma "son irreversibles" tanto para los casos en los que se ha pedido una revisión de sentencia como para los que están pendientes de recurso de casación o incluso en periodo de instrucción. Una modificación legal sólo afectaría a los casos de agresión sexual que se cometan a partir de la modificación de la norma. Para todos los anteriores, se aplicaría el principio de retroactividad de las normas que beneficien al reo (artículo 2.2 del Código Penal) y el constitucional de irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales, recogido en el artículo 9.3 de la Carta Magna. De ahí que, incluso aunque se modifique la ley, seguirá habiendo rebajas de condenas. Aún así, los expertos consultados ven necesario modificarla cuanto antes y tienen claro que la solución pasaría por elevar las penas de prisión -principalmente las mínimas- previstas en los artículos 178, 179 y 180 del Código Penal.

PSOE y PP deberían ponerse de acuerdo para solucionar el problema, afirma la magistrada María Tardón

La magistrada de la Audiencia Nacional experta en violencia de género, María Tardón, ve necesario "volver a castigar severamente las conductas más graves que incluyen violencia, intimidación o cuando la víctima sea menor de edad", para lo que una opción puede ser introducir tipos agravados cuando se den estas circunstancias. Repara en que al haber unificado los tipos de abuso y agresión puede aparecer un problema de proporcionalidad porque se esté penando con penas de cárcel mayores un delito sexual en alguna de sus formas que una tentativa de homicidio, por poner un ejemplo. Pero tiene claro que para acabar con esta situación que "ha provocado desprotección de las víctimas en lugar de mayor proyección, como se afirmó, hay que subir la horquilla penológica donde se haya bajado". "Las rebajas no se van a poder parar, pero sí la sensación de injusticia y desprotección de las víctimas, que tienen que sentirse reforzadas porque estamos aquí para protegerlas. Los dos principales partidos, PSOE y PP, deberían ponerse de acuerdo para solucionar el problema", afirma la magistrada. También lamenta que no se haya tenido en cuenta a los expertos de organismos como el Comité General de Codificación o el grupo de especialistas del Consejo General del Poder Judicial.

El Gobierno baraja reformar la ley por medio de una proposición de ley, para lo que no necesitaría informes preceptivos del CGPJ, el Consejo Fiscal y el Consejo de Estado. En caso de que se aprobara por trámite de urgencia, en aproximadamente un mes podría tener el visto bueno del Parlamento. El Gobierno está interesado en que salga adelante cuanto antes.

Se han perdido delitos como el abuso sexual cometido contra menores mediante engaño o con abuso de confianza, destaca la penalista Beatriz de Vicente

La Ley Orgánica 10/2022 de garantía integral de la libertad sexual eliminó la distinción entre abuso sexual y agresión sexual poniendo el consentimiento en el centro de la redacción de la norma. Ésta convirtió todo acto no consentido en agresión y las agresiones con penetración en violación. De ahí que armonizara las penas que el Código Penal preveía para cada uno de los tipos, reduciendo las mínimas.

Esa reducción ha traído consecuencias nefastas para las víctimas, a juicio de la penalista Beatriz de Vicente, quien no tiene duda de que el mayor desacierto fue unificar los dos delitos en el de agresión. Destaca que con ello se han perdido delitos como el abuso sexual cometido contra menores mediante engaño o con abuso de confianza o la vulnerabilidad como factor de prevalimiento en éste. La experta califica de "falaz" el argumento de que son los jueces quienes han aplicado mal la norma: "Los jueces han aplicado la norma que existe, son esclavos de la ley", destaca.

Justicia baraja penar con más dureza la violencia e intimidación

Fuentes del Ministerio de Justicia consultadas por este diario trasladan que ya están trabajando para cambiar la ley y "evitar a futuro los efectos indeseados que se han dado en su aplicación", para lo que únicamente corregirán "aspectos puntuales, en ningún caso el consentimiento". Descartan también que se vaya a volver a la distinción entre abuso y agresión. Todo acto sexual no consentido continuará siendo agresión.

El objetivo de Llop es penar más duramente los casos en los que concurra violencia e intimidación o anulación de la voluntad de la víctima para evitar aplicación de penas menores a la redacción anterior a la ley del sí es sí en el Código Penal.

Desde la Sala Segunda del Tribunal Supremo, donde ya se han rebajado penas en aplicación de la nueva ley en recursos de casación, también explican que "arreglar la ley con un endurecimiento de las penas no va a servir para los casos en trámite de recurso o en instrucción" puesto que se dará un caso de ley intermedia. Entre la anterior redacción a la ley del sí es sí y la nueva ley que se redacte por Justicia, siempre se tendrá que aplicar la que sea más beneficiosa para el reo, aclaran las fuentes del alto tribunal consultadas. Únicamente los hechos que se produzcan una vez haya entrado en vigor el nuevo panorama normativo podrán ser penados con los nuevos tipos.

"El caso de la Manada se habría penado con 7 años"

Agustín Martínez Becerra, abogado de los condenados de La Manada, se pregunta dónde está la protección a las víctimas en la ley de Irene Montero: "Que todo se englobe en la agresión no deja de ser una cuestión nominal porque la pena es la misma o incluso menor para los hechos que ya recogía hasta ahora el Código Penal", afirma.

El abogado recuerda que es "legítimo y admisible" que se pida la revisión de sentencias si la norma ahora recoge penas mínimas más bajas y pone el foco en que mientras las agresiones producidas en grupo y con extrema violencia antes se penaban con una horquilla de entre 12 y 15 años de prisión, ahora las penas para los delitos con estas circunstancias van de los siete a los 15 años, por lo que los condenados pueden verse beneficiados de una rebaja amplia. "La pena para La Manada ahora podría haber sido de siete años de prisión", afirma. "No tiene sentido ni lógica penal que se hayan reducido las penas. La solución lógica sería elevar el mínimo al anterior", considera el letrado.