La gestión del dinero compartido cobra especial relevancia cuando uno de los titulares de una cuenta común fallece. En estos casos, el banco tiene aplicadas unas normas específicas para proteger a los herederos y garantizar un uso legítimo del dinero con el que contaba el titular. El conocimiento de cómo actúan los bancos en estos casos concretos proporciona la información necesaria para evitar bloqueos inusitados y también reduce el riesgo de conflictos sucesorios en un futuro.
Cuenta común y fallecimiento
Las entidades bancarias distinguen dos tipos fundamentales: la cuenta común conjunta y la cuenta común indistinta. En la primera, los titulares hacen que funciones el dinero en todo momento consensuadamente. Este funcionamiento no se ve alterado ni siquiera cuando uno de los titulares fallece, ya que el propio banco restringe el acceso al saldo de la cuenta, hasta que los herederos o titulares legitimados autoricen cualquier movimiento. El funcionamiento de la cuenta indistinta es tal que permite operar a cualquiera de los titulares sin necesidad de consentimiento previo. De ahí que el superviviente mantenga capacidad de gestión después del fallecimiento del otro titular, incluso aunque el banco anote este proceso en su documentación, para dar lugar a la salvaguarda de los derechos sucesorios.
Impacto inmediato en los fondos
Cuando fallece uno de los titulares de la cuenta común, se adopta una restricción parcial, es decir, se protege el saldo y el otro titular ya no tiene capacidad para mover el dinero sin autorización de los herederos del fallecido. Sólo existe la opción de mantener las operaciones ya ordenadas, como los recibos domiciliados, en la medida que no exista una oposición formal. En el caso de que la cuenta fuera indistinta, la operativa de la cuenta queda abierta; no obstante, la entidad puede verificar la titularidad real de los fondos si se producen movimientos atípicos.
Consecuencias legales
La persona que sobrevive conserva derechos sobre su parte del saldo, pero no puede disponer libremente de todo el dinero que hay en la cuenta abierta a nombre de los titulares del saldo en una cuenta conjunta. La restricción impuesta por este derecho se refiere a la parte que corresponde al fallecido, que ya ha pasado al proceso sucesorio. Si el cónyuge o la pareja sobreviviente no ha llegado a un acuerdo con los herederos, este acceso a los fondos queda significativamente restringido, en la medida en que los ahorros del superviviente pueden quedar comprometidos al depender de la cuenta para su operativa diaria.
Los herederos en la gestión
Los herederos del titular que ha fallecido asumirán el papel principal en la administración del saldo. Su autorización permitiría desbloquear la cuenta corriente mancomunada, que facilitaría a la otra titular el realizar los depósitos. Sin la prestación de esta autorización, la entidad bancaria mantendrá el bloqueo sobre el saldo hasta la llegada de una resolución formal sobre el proceso sucesorio. Este procedimiento evita que alguien pueda disponer de dinero que, por derecho, no le corresponde en su totalidad.
Cómo actuar tras el fallecimiento en una cuenta común
La entidad bancaria precisa conocer el fallecimiento del titular para activar el correspondiente protocolo. Avisarlo evita futuros problemas, aclara la situación jurídica de la cuenta, y protege a las partes, el banco documenta y orienta a las partes en conocimiento según el tipo de cuenta y el estado de la sucesión.
Prevención de conflictos familiares
La claridad en la información ofrecerá una menor fricción entre los cotitulares y los herederos. El ordenamiento jurídico intenta regular de la forma más equilibrada posible, los derechos y obligaciones de las distintas partes en el caso de que haya una cosa común. La comunicación temprana permite, en consecuencia, actuar con un grado mayor de transparencia. La prevención resulta de importancia esencial en el momento en que una parte del dinero corresponde al titular que ha fallecido y puede comportar implicaciones en el reparto de la herencia.
Conocer estas normas permite la seguridad y facilita el buen uso de la cosa común, en especial en instantes delicados en los que una buena actuación puede evitar complicaciones bancarias y legales.
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