Desde el 1 de enero de 2026 Bizum deja de ser "invisible" para Hacienda y para los bancos. Los movimientos quedarán mucho más detallados y frecuentes en los registros, aunque no cambian las normas básicas. La clave ya no es tanto la cantidad de cada envío, sino el patrón, la repetición de ingresos, concepto, origen del dinero... Además, revisarán si detrás hay una actividad económica o una donación encubierta.

El cambio clave, adiós al umbral de 3.000 euros

Hasta finales de 2025 las entidades solo tenían la obligación general de informar de determinados movimientos a partir de unos umbrales. Por ejemplo, operaciones superiores a 3.000 euros o determinados saldos anuales. Desde el 1 de enero de 2026 desaparece ese mínimo para los pagos electrónicos. Los bancos, entidades de pago y de dinero electrónico deberán enviar información periódica de las operaciones, incluidas las hechas por Bizum, con independencia de su cuantía.

Esto viene regulado en el Real Decreto 253/2025, que actualiza las obligaciones de información en el IRPF y la normativa de gestión e inspección tributaria. La información se remite de forma mucho más frecuente (pasa de reportes básicamente anuales a un esquema mensual). Esto permite a la Agencia Tributaria reconstruir con mucho detalle el historial de cobros y pagos digitales de cada contribuyente.

Qué ve el banco y qué envía a Hacienda

Las entidades financieras ya veían todo; quién envía, quién recibe, importe, fecha y hasta el concepto que se escribe en el bizum. La novedad para 2026 es que esa foto ya no se queda en el banco, sino que se sistematiza y se comunica mensualmente a la Agencia Tributaria.

El nuevo régimen amplía también las obligaciones a entidades de pago y de dinero electrónico. Además de datos de las transacciones, deben facilitar más datos personales del titular para mejorar el cruce de información.

Empresas y autónomos. El gran objetivo del cambio

El foco principal de Hacienda son los ingresos de autónomos, pymes y negocios que cobran por Bizum, tarjetas o apps y luego no los declaran como ingresos de su actividad. Hasta ahora solo se informaba por parte de las entidades cuando el volumen anual de cobros superaba unos 3.000 euros por empresario o profesional; desde 2026 se informará de todos los cobros, aunque sean de importes pequeños.

Esto no crea un impuesto nuevo ni una obligación nueva de declarar. Las empresas y autónomos ya debían incluir todos sus ingresos en IRPF, IVA o Impuesto de Sociedades. Lo que cambia es que Hacienda tendrá una foto mucho más precisa de lo que realmente están facturando por medios digitales, lo que facilita detectar ventas no declaradas, dobles cajas o economía sumergida.

Bizum entre familiares, ¿cuándo puede ser donación?

Los bizum entre padres e hijos, entre hermanos o entre pareja, siguen siendo legales y habituales, pero dejan más rastro y pueden tener implicaciones si son cuantiosos o recurrentes. A efectos fiscales, Hacienda distingue entre:

  • Pagos esporádicos y moderados para gastos corrientes (cenas, viajes compartidos, un regalo de cumpleaños): en principio no tienen consecuencias fiscales, aunque queden registrados.
  • Ayudas periódicas o de importe elevado para vivienda (hipoteca, alquiler), estudios, coche, etc., procedentes de familiares: pueden considerarse una donación y quedar sujetas al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones según la comunidad autónoma.

Si un progenitor hace bizum mensuales al hijo, siempre por importes similares, con conceptos poco claros o que se corresponden en la práctica con el pago de la hipoteca o el alquiler, Hacienda podría reclamar que se justifique el origen y la naturaleza de esos fondos. En ese contexto, puede exigir que se haya liquidado el impuesto de donaciones si corresponde.

Qué pide exactamente Hacienda a partir de 2026

La Agencia Tributaria no te obliga a "declarar cada bizum" en la renta, pero sí exige lo siguiente.

  • Todos los ingresos que sean fruto de una actividad económica, de alquileres o de ventas habituales se declaren, aunque se cobren por Bizum.
  • Las ayudas familiares que cumplan la definición de donación se ajusten a la normativa de Sucesiones y Donaciones de cada comunidad (tipo impositivo, bonificaciones, plazos, etc.).

Con la nueva información mensual, la Agencia puede detectar perfiles sospechosos. Muchos ingresos pequeños pero frecuentes desde distintos clientes, muchos bizum etiquetados como "clase", "reparación", "alquiler" o "servicio", o movimientos que no cuadran con los ingresos declarados. Las sanciones por ingresos no declarados van aproximadamente del 50% al 150% de la cuota defraudada, dependiendo de la gravedad y la existencia de ocultación