El Ministerio de Hacienda que dirige María Jesús Montero ha vuelto a dejar para última hora la prórroga de los límites de ingresos en el Régimen de Estimación Objetiva por Signos, Índices o Módulos —más conocido como régimen de módulos— del IRPF e IVA de los autónomos. A falta de dos semanas para que los trabajadores por cuenta propia tengan que presentar el primer pago fraccionado del año —que deberá realizarse entre el 1 y el 20 de abril—, más de 300.000 autónomos, según calculan las organizaciones empresariales, se encuentran en el limbo sobre si podrán acogerse al sistema o no. No obstante, fuentes del Ministerio consultadas por este periódico señalan que "se va a solucionar a tiempo" porque "el año pasado estábamos en la misma situación y se solucionó" y, desde las organizaciones sindicales expresan que ya han "empezado a mover" el tema con la Agencia Tributaria.
No obstante, en la orden del BOE del año pasado por la que se prorrogaban los límites, se advertía de que "se entenderá efectuada la renuncia al método de estimación objetiva de IRPF cuando se presente en plazo reglamentario la declaración del primer pago fraccionado de 2025 por el método de estimación directa", al igual que con el pago del IVA. Es decir, si un autónomo presenta el primer pago del año como si estuviera en el régimen general, Hacienda entiende esto como una renuncia al sistema de módulos, por lo que el autónomo queda expulsado de facto.
Mismo decreto, mismo fracaso
A mediados de diciembre de 2025, el Ministerio de Hacienda publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la orden por la que prorrogaba el régimen de módulos para 2026, un sistema de tributación simplificado que utilizan más de un millón de autónomos. Sin embargo, para seguir en el sistema, los autónomos deben cumplir unos límites de ingresos, de gastos en compras y de personal contratado. Si se superan, la ley obliga al empresario a tributar mediante el sistema general. Y la problemática surge porque la orden prorrogada en el BOE se remite a la ley de 2016, que fija los límites de ingresos en 150.000 euros para las operaciones con clientes, 75.000 euros cuando se facture a empresas y 150.000 euros de límite máximo de gastos y compras computables. Un tope que no recoge los umbrales ampliados que se han aplicado en los últimos años: de 250.000, 125.000 y 250.000 euros, respectivamente.
Así, al igual que sucedió el año pasado, el Gobierno quiso incluir la prórroga de los límites de ingresos y gastos en el decreto ómnibus —el que el propio Ejecutivo denominó "escudo social"— que debía aprobar el Congreso de los Diputados. Y también al igual que el año pasado, el decreto fracasó tanto en la primera como en la segunda vuelta en la cámara baja.
De esta forma, con el rechazo de los parlamentarios, la situación de los autónomos queda en el aire a falta de dos semanas de que tengan que presentar el primer pago fraccionado de IRPF e IVA del año. No obstante, tanto el Ministerio como las organizaciones empresariales quieren transmitir calma y aseguran que se tramitará "como el año pasado", a través de una nota informativa.
La otra batalla de los autónomos: el IVA franquiciado
La otra 'quimera' de los autónomos con el Gobierno es la trasposición de la directiva europea sobre el IVA franquiciado, siendo España el único país de la Unión Europea que todavía no lo ha hecho. Esta modalidad permite a los autónomos que facturen menos de 85.000 euros —umbral máximo fijado por la normativa europea, aunque los Estados pueden establecer límites inferiores— no tener que presentar la declaración trimestral del IVA, limitando la carga burocrática a la presentación del IRPF y las declaraciones informativas anuales.
De hecho, el Gobierno, al no haber incorporado en plazo la directiva europea que permitiría a los Estados eximir el IVA a los autónomos que facturen menos de 85.000 euros anuales, se expone a una posible multa por parte de Bruselas. En concreto, la semana pasada la Comisión Europea llevó a España ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) por no haberlo hecho antes del 31 de diciembre de 2024.
Desde entonces, el Ejecutivo español no ha introducido nuevos cambios al respecto. No obstante, un gobierno autonómico ha dado el primer paso. Canarias ha decidido tomar la iniciativa este miércoles y ha decidido elevar hasta los 50.000 euros el umbral de facturación a partir del cual los autónomos podrán acogerse a un régimen simplificado que elimina la obligación de repercutir el IGIC —el equivalente canario del IVA—. Una medida con la que pasarán de presentar cuatro declaraciones trimestrales a una única liquidación anual a partir del 1 de julio de 2026, con efectos plenos desde enero de 2027.
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