La Audiencia Nacional ha absuelto a todos los acusados por presuntas irregularidades en la ampliación de capital del grupo inmobiliario Urbas de 2015, entre los que figuran su presidente, Juan Antonio Acedo, y su predecesor en el cargo, Juan Antonio Ibáñez.
En una sentencia de 226 páginas fechada este lunes, la sala de lo penal de la Audiencia Nacional rechaza que las acusaciones actuaran con temeridad, ya que se limitaron a seguir el criterio del Fiscalía, que les atribuía delitos societarios y contra el mercado.
El caso comenzó en 2017 a raíz de una querella de la Fiscalía Anticorrupción que investigaba las supuestas irregularidades en la operación ejecutada por un importe de 384 millones de euros, que se aportaron mediante activos "sobrevalorados" de Aldira Inversiones Inmobiliarias, según EFE.
El ministerio público sostenía que la operación, que se hizo mediante aportación no dineraria del 100 % de las participaciones de Aldira no incluía ninguna ampliación de capital dineraria "pese a la necesidad vital de liquidez de Urbas", sino que lo que se llevó a cabo fue una aportación de bienes inmuebles "extremadamente sobrevalorados".
Pero la sentencia destaca que "ningún perjuicio se ha acreditado que se produjese a la sociedad, y menos aún en beneficio de sus administradores".
Anticorrupción solicitaba inicialmente 8 años y tres meses de prisión para Acedo y 8 años de cárcel para Ibáñez por supuestos delitos societarios y contra el mercado.
Sin embargo, rebajó un año su petición inicial de penas para varios de los acusados por presuntas irregularidades en la ampliación de capital de la constructora Urbas de 2015, entre ellos Acedo e Ibáñez, lo que justifica por el atenuante de dilaciones indebidas.
Fuentes de Urbas han señalado que la sentencia absolutoria "no ha corregido la injusticia sufrida" tras once años de calvario judicial como consecuencia "de la obstinación de un fiscal Anticorrupción que ha puesto en riesgo a toda una empresa y a sus más de 15.000 accionistas".
Este procedimiento judicial es el origen y causa inicial del procedimiento concursal en el que se encuentra la compañía, indican la mismas fuentes, que confían en que tanto el juez como el administrador concursal confirmen el valor de los activos.
De este modo, añaden las fuentes del grupo inmobiliario, la Audiencia Nacional ha ratificado hoy en su sentencia "lo que Urbas lleva defendiendo desde 2015: el valor de los activos aportados en la ampliación de capital, necesaria para garantizar la viabilidad de la empresa y de sus accionistas, era el que la compañía señaló desde el primer momento".
El juzgado mercantil número 2 de Madrid, donde se dirime el concurso, ha revocado el nombramiento como auditor de Urbas de Crowe, firma a la que la propia empresa designó el pasado 31 de diciembre y que fue rechazada por los administradores concursales, y ha nombrado en su lugar a A Worldwide (AWW).
En paralelo, el juzgado de instrucción número 41 de Madrid investiga una querella contra el fondo de inversión luxemburgués Roundshields y sociedades anejas a las que Urbas acusa de estafa procesal tras haber valorado en cero euros unos activos que sirvieron previamente como garantía de un préstamo.
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