¿Puede tu casero subirte el alquiler o tiene que mantener el precio actual? El Ministerio de Vivienda ha lanzado una calculadora que permite a los inquilinos comprobar qué actualización de la renta les corresponde con las nuevas medidas del Gobierno.
La medida establece dos escenarios en función del precio que paga el inquilino en comparación con el límite fijado por el Sistema Estatal de Referencia de Precios del Alquiler de Vivienda (Serpavi). Si la renta supera ese umbral, no podrá actualizarse; si se encuentra por debajo, podrá aplicarse una subida, con determinadas condiciones y un límite del 2 % cuando no exista un nuevo acuerdo entre las partes.
Cómo funciona la calculadora
Antes de acceder a la plataforma del Ministerio, es recomendable que el usuario tenga a mano su contrato de arrendamiento y el recibo más reciente para verificar la cuota exacta base. Además, disponer de la referencia catastral del inmueble facilitará la consulta en el mapa del índice oficial, permitiendo al inquilino conocer el límite preciso de su calle.
Para utilizar la calculadora, el inquilino debe partir del importe mensual que paga actualmente por su vivienda y comprobar cuál es el precio máximo de referencia que corresponde al inmueble. La herramienta incorpora un enlace al Sistema Estatal de Referencia de Precios del Alquiler de Vivienda (Serpavi), donde puede consultar el límite aplicable a su zona.
Una vez identificado ese precio de referencia, hay que comparar ambas cantidades para saber qué restricción se aplica al contrato. Si la renta mensual que paga el inquilino supera el máximo establecido por el sistema, el propietario no podrá actualizarla. Si se encuentra por debajo o coincide con ese límite, la subida dependerá del acuerdo entre las partes y de las condiciones previstas en el decreto.
En este segundo supuesto, si el propietario y el inquilino no alcanzan un nuevo acuerdo, la actualización anual no podrá superar el 2 %. La calculadora permite así comprobar qué escenario contempla la nueva normativa para cada caso, aunque el resultado debe interpretarse teniendo en cuenta las condiciones concretas del contrato y la aplicación efectiva del real decreto ley.
Hasta cuándo se aplican las nuevas limitaciones al alquiler
Las restricciones afectan a los contratos de alquiler de vivienda habitual cuya actualización anual corresponda desde la entrada en vigor del real decreto ley hasta el 31 de diciembre de 2027.
El real decreto ley se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 7 de octubre y entró en vigor el día 8. No obstante, deberá someterse a votación para su convalidación en la Diputación Permanente del Congreso, después de la convocatoria de elecciones generales para el próximo 29 de noviembre.
La continuidad de estas medidas dependerá de que la norma supere ese trámite parlamentario. Mientras tanto, la calculadora permite consultar cómo se aplican las condiciones previstas en el texto que ha entrado en vigor.
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