El Tribunal Supremo ha absuelto a un cabo del Ejército de Tierra que había sido condenado a cuatro meses de prisión por un delito de abandono de destino, al considerar que no quedó acreditado que recibiera correctamente la notificación electrónica de su nuevo destino en el Regimiento de Infantería Tercio Viejo de Sicilia número 67 de San Sebastián.
Así consta en la sentencia, que ha consultado El Independiente. La Sala de lo Militar estima así el recurso de casación del militar, natural de Quito (Ecuador) y en situación de servicio activo, contra la sentencia dictada en septiembre de 2024 por el Tribunal Militar Territorial Cuarto, que le impuso también la suspensión de empleo y la inhabilitación para sufragio pasivo por el mismo periodo.
El alto tribunal concluye que la condena vulneró su derecho a la presunción de inocencia, ya que no existe constancia de que el aviso de notificación generado automáticamente por el Ministerio de Defensa llegara al correo electrónico facilitado por el cabo. De hecho, la Sala destaca que incluso había una incorrección en la dirección consignada, lo que refuerza la duda sobre la recepción del mensaje.
El militar debía haberse incorporado el 12 de abril de 2023 a su nueva unidad, pero no lo hizo. Días después, el 24 de abril, recibió una llamada de un capitán del regimiento advirtiéndole de la situación y de la posible apertura de un procedimiento penal. Finalmente se presentó en San Sebastián el 3 de mayo.
Para el Supremo, esa llamada telefónica tampoco subsana la falta de notificación formal ni puede considerarse prueba de cargo suficiente. En consecuencia, la Sala ordena suprimir cualquier mención al delito en el expediente personal del cabo y declara de oficio las costas del proceso.
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