A pocos días de las elecciones autonómicas de Aragón, previstas para el domingo 8 de febrero de 2026, miles de aragoneses se preparan para ejercer su derecho al voto. Para quienes elijan la modalidad de voto por correo, es fundamental conocer con precisión los plazos y procedimientos establecidos, ya que cualquier error puede dejar fuera del proceso electoral a un votante. La Oficina del Censo Electoral y Correos han marcado fechas inamovibles para garantizar la correcta recepción y contabilización de los votos enviados desde domicilios, por lo que la organización insiste en que los electores actúen con antelación y cumplan todos los requisitos necesarios.
Solicitud del voto por correo
El primer paso para votar a distancia consiste en solicitar la documentación electoral, un trámite que debe realizarse antes del jueves 29 de enero de 2026. Esta solicitud puede efectuarse de forma presencial en cualquier oficina de Correos o teletramitada a través de la web oficial utilizando un certificado digital. Una vez aceptada la solicitud, el votante queda automáticamente excluido de la lista de votantes presencial, por lo que no podrá acudir a la mesa electoral física si decide no enviar su voto por correo. Por ello, la Oficina del Censo Electoral recalca que la aceptación de la solicitud es irreversible, y que cumplir con este paso es esencial para poder ejercer el voto a distancia de manera correcta.
Tras la aceptación de la solicitud, Correos enviará al domicilio del elector un sobre que contiene las papeletas y el certificado de votación. La normativa establece que el voto debe ser depositado por el propio elector en una oficina postal. En caso de no poder acudir personalmente, es posible autorizar a otra persona para que realice el envío, siempre cumpliendo los procedimientos establecidos y presentando la autorización correspondiente. Este mecanismo garantiza que el voto se reciba correctamente y sea contabilizado en las elecciones, manteniendo la seguridad y la validez del proceso electoral.
Último día para enviar el voto por correo
El envío del voto constituye la segunda fecha crítica del proceso electoral. El sobre con las papeletas debe entregarse en Correos antes del miércoles 4 de febrero de 2026 a las 14:00 horas. Esta fecha es estrictamente improrrogable, por lo que se recomienda realizar el depósito con varios días de antelación para asegurar que llegue a tiempo a la Junta Electoral correspondiente. Solo se contará el voto que llegue dentro de este plazo, y aquellos electores que no cumplan con la fecha límite perderán automáticamente su derecho a participar mediante correo, sin posibilidad de votar de manera presencial el día de las elecciones.
No cumplir con los plazos establecidos para el voto por correo puede significar la exclusión total del proceso electoral. Una vez solicitada la modalidad de voto a distancia, el elector queda automáticamente excluido de la votación presencial. Por tanto, si el sobre con la papeleta no se envía antes del 4 de febrero, el voto no podrá ser contabilizado bajo ninguna circunstancia. Para garantizar la participación en estas elecciones autonómicas, es fundamental diferenciar claramente entre las dos fechas clave: el 29 de enero para solicitar el voto y el 4 de febrero para enviarlo.
Recomendaciones para garantizar la validez del voto
Se aconseja tramitar la solicitud de voto por correo con antelación, evitando posibles contratiempos de última hora y asegurando que la documentación llegue a tiempo al domicilio del elector. El envío del voto debe realizarse con margen suficiente antes del 4 de febrero, a fin de garantizar su llegada dentro del plazo establecido. Siguiendo estas recomendaciones, los ciudadanos pueden participar de manera segura y efectiva en las elecciones autonómicas, contribuyendo al desarrollo democrático de la comunidad aragonesa.
Fechas clave
Para quienes deseen votar por correo, la fecha límite para solicitar la documentación es el jueves 29 de enero de 2026, mientras que el envío o depósito del sobre con la papeleta debe realizarse antes del miércoles 4 de febrero de 2026 a las 14:00 horas. Cumplir estrictamente estos plazos garantiza que el voto sea contabilizado correctamente y evita que los ciudadanos queden excluidos del proceso electoral.
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