El exasesor ministerial Koldo García presentó este miércoles un escrito ante el Tribunal Supremo en el que solicita la suspensión del juicio por el 'caso mascarillas' —una de las ramificaciones del 'caso Koldo'— y que el alto tribunal plantee una cuestión prejudicial ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).
Así consta en el documento, al que ha tenido acceso El Independiente. Su defensa sostiene que no existe jurisprudencia del TJUE que haya resuelto específicamente si un tribunal supremo de un Estado miembro de la Unión puede mantener su competencia para juzgar a un exaforado "basándose exclusivamente en un acuerdo interno no normativo cuando ha desaparecido la base legal de la competencia".
La petición se refiere a la situación procesal derivada de la renuncia al escaño del exministro de Transportes José Luis Ábalos, que dejó su acta de diputado cuando ya se había decretado la apertura de juicio oral en esta pieza del 'caso Koldo'.
Asimismo, sostiene que el Supremo, como órgano de última instancia, está obligado a plantear cuestión prejudicial cuando existan dudas razonables sobre la interpretación del Derecho de la Unión. También argumenta que mantener el enjuiciamiento ante el alto tribunal privaría a Koldo de la posibilidad de recurrir una eventual condena ante una instancia superior.
Este jueves se celebra en el Supremo la vista preliminar del 'caso mascarillas'. Se trata de una vista que viene recogida en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que establece que "requiere la asistencia del acusado y del abogado defensor". Tanto Koldo como Ábalos y el empresario Víctor de Aldama están obligados a asistir de manera presencial, aunque solo intervengan en la vista sus abogados.
La Fiscalía Anticorrupción pide 24 años de prisión para el exministro, 19 años y medio para su antiguo asesor y siete años para Aldama, que es una petición inferior por haber reconocido los delitos de los que se le acusa. El fiscal atribuye a los dos primeros presuntos delitos de pertenencia a organización criminal, cohecho, aprovechamiento de información privilegiada, tráfico de influencias y malversación. Al empresario le aplica la atenuante de confesión y le achaca sólo los tres primeros delitos.
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