Daniel, el hijo de Juana Rivas, tenía 11 años cuando se tuvo que mudar el pasado verano a Italia con su padre sin haber podido trasladar al juez que no quería. Solo un año le separaba del umbral que en España ha marcado si un menor podía o no ser escuchado en un procedimiento judicial que decidía sobre su vida. Debía tener 12 años o, por debajo de esa edad, la apreciación de una "madurez suficiente" que dejaba la palabra del niño en manos del criterio del juez. Pero esa frontera desaparecerá del papel, tras la aprobación de la reforma de la Ley de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia (LOPIVI), impulsada por el Ministerio de Juventud e Infancia.

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El Consejo de Ministros aprobó el martes pasado en primera vuelta la ampliación de esta norma, en vigor desde 2021. Así, se garantizará que todos los niños y niñas, independientemente de su edad, sean escuchados en procesos judiciales y administrativos. "España tiene una deuda con parte de sus infancias porque durante años se ha dudado de alguna manera de la palabra de niños, niñas y adolescentes", expresó la ministra de Juventud e Infancia, Sira Rego, en la rueda posterior a la aprobación de la reforma.

Sin embargo, la modificación no eliminará la complejidad de cómo se escucha a un menor en sede judicial. En la práctica, la declaración de un niño no se produce como la de un adulto ni en las mismas condiciones. Intervienen equipos psicosociales formados por psicólogos y trabajadores sociales especializados en psicología forense y desarrollo evolutivo, que son quienes realizan las entrevistas y trasladan posteriormente sus conclusiones al juez.

La responsable de Políticas de Infancia de UNICEF España, Lucía Losoviz, subraya a El Independiente la importancia de hacer accesible la información al menor en cada paso de los procesos judiciales. "Lo importante no es la edad, sino cómo se adapta el proceso de escucha para que puedan expresar lo que sienten, lo que opinan, sus emociones...Es fundamental que puedan contar lo que han vivido", explica. "Es fundamental que sepan qué está pasando, con quién están hablando y cuál es la consecuencia de lo que dicen".

"En los juzgados hay equipos muy cualificados para este tipo de entrevistas", añade Amaya Prado, psicóloga del ámbito de servicios sociales, en declaraciones a este periódico. "Saben cómo preguntar a un niño, cómo no inducir respuestas y cómo interpretar lo que está diciendo".

Tienen capacidad suficiente para explicar cómo se sienten y qué les pasa

"Hay muchos menores de 12 años con capacidad suficiente para explicar cómo se sienten y qué les pasa. Hasta ahora, un juez decidía sobre sus vidas sin haber tenido en cuenta su voz", añade, y recuerda que, en la práctica, la edad no siempre ha sido el mejor indicador. "He visto situaciones en las que el hermano mayor, con más de 12 años, no lograba expresarse, y el menor, que tenía menos edad, sí podía hacerlo con claridad, pero no entraba en el procedimiento", subraya.

Ese matiz atraviesa toda la reforma, que reconocerá que la edad no puede ser el único filtro para decidir si un menor habla o no ante un juez, pero también mantiene que su testimonio no es automático ni vinculante, sino que forma parte de una valoración más amplia del caso. "Que un niño sea escuchado no significa que sea vinculante", recuerda Prado. "El juez la tiene en cuenta, pero la decisión se toma ponderando muchos otros factores".

En ese sentido, Losoviz insiste en que la participación del menor no termina cuando acaba la entrevista judicial. "No solo es escucharles y después decidir", señala. "También hay que explicarles por qué se ha tomado una decisión, incluso cuando no coincide con lo que querían".

En ocasiones, la práctica judicial se apoya en mecanismos como la prueba preconstituida, que permite grabar la declaración del menor en fase de instrucción para evitar que tenga que repetirla en el juicio oral, o en espacios como las cámaras Gesell, diseñadas para reducir la exposición del niño durante su testimonio. De hecho, desde UNICEF consideran que este tipo de herramientas deben extenderse a más edades y han propuesto ampliar la prueba preconstituida hasta los 18 años. "Si hablamos de infancia y adolescencia hasta los 18 años, la protección debería acompañar ese mismo límite", sostiene Losoviz.

"Pulseras para medir su nivel de nerviosismo"

Losoviz apunta que la especialización de los operadores jurídicos es clave, especialmente en casos de violencia. "Es muy importante que los profesionales sepan cómo hablar y cómo escuchar a los niños", señala, y pone como ejemplo modelos ya en marcha en España, como el Juzgado de Violencia contra la Infancia y la Adolescencia de Las Palmas de Gran Canarias.

Lleva en marcha desde octubre de 2021, y se ha convertido en un "referente" en el abordaje de la violencia contra los menores. "Desde que los niños entran, todo está pensado para que puedan contar lo que les ha pasado de la forma más segura posible", explica. "Incluso utilizan pulseras para medir su nivel de nerviosismo y adaptan la entrevista si es necesario".

Pero el debate de fondo se extiende también a cómo se interpreta lo que el menor dice. La reforma introduce la prohibición expresa del denominado Síndrome de Alienación Parental (SAP) y de cualquier construcción sin aval científico que presuponga que el relato del menor está manipulado por uno de los progenitores. Para UNICEF, esta decisión es coherente con la evidencia científica. "Es un concepto que no tiene base científica", apunta Losoviz. "Y pensar que un niño siempre está manipulado es no reconocerlo como sujeto de derecho".

"En la práctica diaria se puede hablar de mediatización, pero no como síndrome", explica, por su parte, Prado. "Muchas veces el niño siente tensiones o miedos de sus progenitores sin necesidad de que nadie le diga nada. Los niños perciben lo que pasa mucho más de lo que creemos".

Más de 65 menores asesinados

La otra gran pieza del debate está en la custodia compartida. La reforma establece que no podrá imponerse si existen indicios de que pueda perjudicar el bienestar físico o emocional del menor, y obliga a analizar caso por caso situaciones de alta conflictividad. Según fuentes del Ministerio consultadas por este periódico, entre 2013 y el 31 de marzo de 2026, 68 menores han sido asesinados en España en casos de violencia de género vinculados a sus padres o a las parejas o exparejas de sus madres: 34 niñas y 34 niños. Los años 2015 y 2024 concentran los picos más altos de la serie, con nueve menores asesinados en cada uno de ellos.

Para Prado, ese cambio apunta en una dirección adecuada, pero no exenta de complejidad. "Hay casos en los que la custodia compartida funciona perfectamente si hay buena comunicación entre progenitores", explica. "Pero en contextos de alta conflictividad o violencia, es muy cuestionable. No todo encaja en un modelo automático, hay que valorar cada situación de forma individual".

También subraya que no todos los conflictos se resuelven mejor evitando el proceso judicial. "A veces se piensa que llegar a un acuerdo siempre es lo mejor, pero he visto acuerdos que no se cumplen y generan más daño en los menores. Y también procesos judiciales que son muy duros, sí, pero necesarios para protegerles".

En paralelo a estos cambios, la norma endurece las condiciones para trabajar con menores en ámbitos educativos, deportivos o de ocio, al exigir la ausencia de condenas por delitos relacionados con la infancia, y crea turnos de oficio especializados en violencia contra la infancia dentro de la abogacía. El objetivo es reforzar un sistema que, según el propio texto legal, ha llegado tarde en demasiadas ocasiones a situaciones de violencia o desprotección.

Pero el último nivel del debate sigue siendo el mismo que atraviesa toda la reforma: cómo se garantiza que un niño no solo sea escuchado, sino realmente entendido dentro del sistema. "Lo importante para escuchar a un niño no es solo la ley, sino los recursos", apunta Prado. "La cuestión es dotar de más profesionales, porque si los jueces van a escuchar a niños más pequeños hay que dotar al proceso de profesionales de distintas etapas evolutivas para darles mejores custodias. Al final prevalece siempre el interés superior del menor".

Por su parte, Losoviz defiende que el cambio de fondo pasa por asumir que los niños también dan soluciones "muy prácticas y muy tangibles" cuando se les pregunta por lo que viven. "No importa tanto la edad, sino cómo se adapta todo el proceso para que puedan participar de forma real", sostiene. A su juicio, muchas situaciones de malestar o violencia podrían haberse detectado antes si la voz de los menores se hubiera tenido más en cuenta. Por eso insiste en la necesidad de construir procedimientos "protectores y amigables", en los que los niños sepan qué está ocurriendo, con quién están hablando y qué consecuencias puede tener lo que cuentan. "Si esto ayuda a mejorar su protección frente a la violencia, bienvenido sea", concluye.