La expulsión de la diputada popular Ana Belén Vázquez por exhibir un spray de gas pimienta para hablar de falta de seguridad en Ceuta, especialmente de las mujeres, ha generado un debate en torno a si se le puede considerar un arma. La presidenta de la Cámara Baja, Francina Armengol, ha apelado precisamente a ese argumento cuando le ha llamado "la atención por haber enseñado un arma en el Congreso" y aludido a su condición de tal según el "registro de armas".

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El primer partido de la oposición hace una lectura muy diferente respecto a la literalidad de dicho texto. Argumentan que portar sprays de defensa personal es legal en España y así lo dice el Reglamento de Armas, de 1993, aunque la redacción parece contradictoria. Por un lado, el artículo 5 establece la prohibición de publicidad, compraventa, tenencia y uso, "salvo por funcionarios especialmente habilitados, y de acuerdo con lo que dispongan las respectivas normas reglamentarias" de "sprays de defensa personal y todas aquellas armas que despidan gases o aerosoles, así como cualquier dispositivo que comprenda mecanismos capaces de proyectar sustancias estupefacientes, tóxicas o corrosivas".

Los sprays "de defensa personal (...) se consideran permitidos"

Pero lo cierto es que, a renglón seguido, matiza que de lo dispuesto en este apartado "se exceptúan los sprays de defensa personal que, en virtud de la correspondiente aprobación del Ministerio de Sanidad, previo informe de la Comisión Interministerial Permanente de Armas y Explosivos, se consideren permitidos, en cuyo caso podrán venderse en las armerías a personas que acrediten su mayoría de edad mediante la presentación del documento nacional de identidad, pasaporte u otros documentos que acrediten su identidad".

La diputada popular ha defendido, tras su expulsión del Hemiciclo, que el spray que ha mostrado es una de las seis marcas homologadas por Sanidad y, por tanto, legal y ha animado a las mujeres que no se deshagan de ellos. Vázquez interrogaba al ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, sobre sus palabras respecto a que la sensación de inseguridad en Ceuta era "subjetiva". De hecho, este sistema de defensa personal se ha agotado en la ciudad autónoma, donde se han incrementado notablemente las denuncias por delitos sexuales tras la avalancha humana del pasado 30 de julio.

Por otro lado, el artículo 101 del reglamento del Congreso, al que también ha aludido Armengol, habla de las condiciones para la suspensión temporal en la condición de diputado o diputada, no exactamente la expulsión del Hemiciclo, en caso de portar "armas dentro del recinto parlamentario".