Hay una cola frente al consulado de España en La Habana que no se disuelve desde hace tres años. La gente lleva carpetas de plástico con partidas de nacimiento amarillentas, actas de defunción y, a veces, una fotografía en la que un hombre con bigote posa serio junto a una bandera republicana que ya nadie recuerda haber visto ondear. Piden algo muy simple y muy complicado a la vez: que el Estado español reconozca que su abuelo, o su bisabuelo, fue expulsado de su propio país por pensar de una manera que a alguien le pareció intolerable, y que esa expulsión, setenta u ochenta años después, pueda deshacerse con un papel.
No todos llegan con una biografía épica ni con un abuelo fusilado o exiliado en la maleta. Algunos llegan por una cadena familiar más gris, más burocrática, menos heroica, pero jurídicamente prevista: una madre que perdió la nacionalidad por casarse con un extranjero antes de 1978, un hijo ya mayor de edad de quien optó a la nacionalidad hace quince años. No han vivido nunca en España, muchos no hablan con acento español y, sin embargo, llevan dentro un derecho adquirido por sangre y por desgracia ajena que un funcionario de la Administración General del Estado tiene ahora la obligación de tramitar.
Yo llevo treinta años viendo cómo se separa lo que una norma dice de lo que la gente hace con ella, y cómo esa distancia, que en la sala de un juzgado se llama prueba, en la plaza pública se llama relato. La disposición adicional octava de la Ley 20/2022, de Memoria Democrática, es un caso de manual. Entró en vigor el 21 de octubre de 2022, aprobada con 173 votos a favor y 159 en contra, y abrió la puerta a que hijos y nietos de españoles que perdieron o renunciaron a su nacionalidad por razones políticas, ideológicas, religiosas o de orientación sexual durante la Guerra Civil y el franquismo pudieran recuperarla sin haber pisado nunca suelo español.
No era una novedad absoluta. Ya la Ley de Memoria Histórica de 2007 había abierto una vía parecida, la vieja "ley de nietos", con un plazo de dos años que se cerró en 2011. La de 2022 amplió los supuestos, con una instrucción de aplicación que además los interpretó de forma extensiva, y reabrió indirectamente la puerta a los hijos de aquellos primeros beneficiarios. En su finalidad declarada es una ley de reparación. Se puede discutir su perímetro, su técnica legislativa y sus efectos, y de hecho conviene discutirlos, pero no es serio empezar negando aquello que la norma se propuso reparar.
Lo que ha ocurrido después es otra cosa, y es lo que me interesa contar, porque tiene la textura exacta de las historias que me gustan: una norma con finalidad reparadora que empieza a producir un efecto colateral tan desmesurado que acaba devorando la intención original.
El plazo prorrogado para solicitar cita se cerró el 22 de octubre de 2025, pero los consulados siguen tramitando lo que quedó dentro. A 31 de marzo de 2026, el Ministerio contabilizaba 2,4 millones de solicitudes de cita, 1,2 millones de expedientes formalizados, 544.722 nacionalidades aprobadas y unas 306.000 personas ya inscritas en el Registro Civil Consular. La Administración reaccionó como suele reaccionar cuando la realidad ya ha desbordado la ventanilla: más personal en los consulados de Argentina, Cuba y México, un sistema informático único de tramitación y nuevos contratos de gestión. Es decir, convirtió una reparación histórica concebida sin suficiente previsión administrativa en una cadena de tramitación masiva. Y lo hizo, hay que decirlo, con una lentitud de décadas que ahora se le echa en cara como si fuera prisa.
Madrid es la única circunscripción en la que el voto exterior cambió el sentido de un escaño en las generales de 2023, cuando un acta pasó del PSOE al PP
Antes de meterme en la trifulca política conviene dejar el terreno conceptual limpio, porque ahí es precisamente donde se instala la confusión interesada. El CERA (Censo de Españoles Residentes Ausentes) no es un voto extranjero: es el voto de ciudadanos españoles que la Constitución reconoce sin matices desde que España tiene Constitución, residan donde residan. La nacionalidad tampoco se traduce en voto de forma automática: hay que jurar fidelidad, inscribir el nacimiento en el Registro Civil Consular y darse de alta censal, un trámite que no todo el mundo completa y que, completado, tampoco garantiza participación. En las generales de 2023, de 2.288.774 electores inscritos en el CERA, votaron 203.115, un 8,87%.
Y conviene no confundir nada de esto con la regularización extraordinaria de migrantes, cuyo plazo concluía el 30 de junio de 2026: esa vía da derecho a residir y trabajar, no a votar. Mezclarla con la Ley de Nietos, como han hecho algunos discursos estas semanas, es simplemente un error de bulto. Hecha esta limpieza, lo que queda ya no es una sospecha de fraude, sino un hecho aritmético: un cuerpo electoral exterior que ha crecido deprisa y de forma muy desigual entre provincias. Y eso sí merece mirarse de cerca.
El Censo Electoral de Residentes Ausentes sumaba 2.664.898 electores a 1 de enero de 2026, frente a los algo más de 2,3 millones que había en las generales de julio de 2023. El crecimiento no se reparte de forma uniforme. Madrid, que en julio de 2023 tenía 379.961 inscritos en el exterior, alcanzaba ya 486.223 en mayo de 2026: más de 106.000 electores nuevos, una tasa del 28%, casi el doble de la media nacional. Y eso importa especialmente porque Madrid es la circunscripción que más diputados reparte en el Congreso, y la única en la que el voto exterior cambió el sentido de un escaño en las generales de 2023, cuando un acta pasó del PSOE al PP.
Aquí está el corazón jurídico del artículo, y merece su propio espacio, un punto y aparte. El voto de los nuevos nacionalizados no debería quedar adscrito a Madrid por el mero hecho de haberse adquirido la nacionalidad al amparo de la Ley de Memoria Democrática. La regla general debe seguir siendo la adscripción a la provincia que corresponda por la última residencia en España o, en su caso, por el arraigo familiar acreditado de los ascendientes. El problema aparece en los expedientes en los que no consta con claridad una provincia de referencia: ni última residencia propia, porque nunca la hubo, ni arraigo provincial suficientemente documentado de los antepasados.
En ese vacío administrativo puede abrirse paso una solución de hecho: que determinados expedientes acaben adscritos electoralmente a Madrid a través de la casilla de "otros motivos" o de criterios residuales de inscripción. No sería, por tanto, una consecuencia necesaria de la nacionalización, ni una regla general aplicable a todos los beneficiarios de la ley, sino un posible destino por defecto para casos sin vínculo territorial claro. Precisamente por eso el asunto exige una explicación pública y verificable. Porque si un ciudadano español nacionalizado por reparación histórica no puede acreditar una provincia concreta de arraigo, lo relevante no es solo que pueda votar, sino dónde se computa su voto.
No hace falta un pucherazo concebido en un despacho. Basta con una regla opaca para alterar la confianza en el equilibrio de una elección
La cuestión no es menor. En un sistema electoral provincial, la adscripción territorial no es un trámite neutro: puede afectar a la distribución efectiva de escaños. Si una parte de esos nuevos electores exteriores termina concentrándose en Madrid por un criterio residual, por una casilla mal diseñada o por una práctica administrativa no suficientemente explicada, el efecto político puede ser real aunque nadie haya diseñado un fraude. No hace falta un pucherazo concebido en un despacho. Basta con una regla opaca, o con la ausencia de una regla clara, para alterar la confianza en el equilibrio de una elección.
Por eso la Junta Electoral Central debería aclarar con precisión qué criterio se está aplicando en estos casos: cuándo se toma como referencia la última residencia, cuándo el origen familiar, cuándo la declaración del interesado y cuándo, si ocurre, Madrid opera como circunscripción de adscripción. Mientras esa explicación no exista, el limbo administrativo de un nieto de emigrantes puede terminar convertido en munición política. Y esa opacidad permite que la negligencia burocrática alimente la paranoia electoral.
A partir de ahí, el relato se dispara por un camino que ya no es jurídico, sino estrictamente político. Feijóo habla de "ingeniería electoral" y sostiene que el Gobierno amplía el cuerpo electoral porque con los votantes de dentro no le salen las cuentas. Ayuso ha ido más lejos y ha advertido en público a cónsules y funcionarios de que conceder una nacionalidad a quien no le corresponde también sería, para ellos, una ilegalidad personal, lo que traslada la sospecha de la ley al empleado que la aplica. Vox ha pedido formalmente a la Junta Electoral que se elimine el voto por correo del CERA, lo que obligaría a votar en persona en el consulado a gente que, en países como Argentina o Brasil, puede vivir a miles de kilómetros de la única sede disponible. Es una medida que, en la práctica, anularía el derecho al voto de buena parte de esos electores en nombre de protegerlo.
Y un partido minoritario, Iustitia Europa, ha llevado una denuncia formal a la Junta Electoral mezclando en su propio escrito el dato del CERA, 2,66 millones, con el del Padrón de Españoles Residentes en el Extranjero, 3,2 millones, de los cuales 451.968 son menores sin derecho a voto. La confusión no es inocente, porque engorda precisamente la cifra que se quiere denunciar.
La indignación tiene calendario electoral y se activa cuando conviene, no necesariamente cuando hay motivo jurídico
Aquí es donde el jurista que hay en mí se pone quisquilloso, porque hay un matiz que casi nadie cuenta bien y que a mí me parece revelador. Cuando el PP recurrió la Ley de Memoria Democrática ante el Tribunal Constitucional, el eje de su impugnación no fue esta disposición nacionalizadora, sino la acusación general de que la norma imponía una memoria oficial contraria al pluralismo. El mismo partido que hoy exige paralizar el proceso de concesión de nacionalidades no hizo de él, entonces, el centro de su batalla jurídica. Eso no prueba que la ley sea perfecta ni que su aplicación esté libre de sombras administrativas. Prueba que la indignación tiene calendario electoral y que se activa cuando conviene, no necesariamente cuando hay motivo jurídico previo.
Tampoco existe, hasta donde se conoce, ninguna resolución judicial que acredite una trama de concesión fraudulenta de nacionalidades con finalidad electoral. Hoy mismo, mientras escribo esto, la asociación Hazte Oír ha presentado una querella por prevaricación contra Sofía Puente, hermana del ministro de Transportes y entonces directora general de Seguridad Jurídica y Fe Pública, por la instrucción de 2022 que interpretó de forma extensiva los supuestos de la ley. Es una acusación con nombre y apellido, algo poco frecuente en este debate, y por eso mismo merece tomarse en serio. Pero sigue siendo una acusación: las iniciativas judiciales conocidas hasta ahora no han producido un pronunciamiento de fondo que sostenga la palabra pucherazo.
Y aquí tengo que pararme, porque me doy cuenta de que llevo varios párrafos defendiendo la ley. No sé si eso me convierte en el abogado de esta norma o simplemente en alguien que sabe reconocer una acusación mal construida cuando la ve. Probablemente las dos cosas. Y me pregunto si el gesto de desmontar el pucherazo a golpe de dato no es también, a su manera, una forma de relato: la del jurista que llega a poner orden, que separa lo probado de lo alegado, y que de paso se concede a sí mismo el papel más cómodo de la historia, el de quien sabe. Puede que esté defendiendo la ley. Puede que esté defendiendo, sin darme cuenta, mi propio oficio.
Hay, sin embargo, un argumento del otro bando que merece más respeto que el ruido de la ingeniería electoral y el pucherazo, y que el propio debate público apenas deja respirar. Es una pregunta de teoría democrática, no de fraude: ¿debe decidir el destino fiscal, laboral y social de un país alguien que no va a sufrir ni una sola de sus consecuencias? Quien nunca pagará el IRPF español, ni sufrirá una reforma de pensiones, ni buscará empleo bajo una ley laboral española tiene, sin embargo, por la vía de un abuelo, el mismo voto que quien sí carga con todo eso.
¿Debe decidir el destino fiscal, laboral y social de un país alguien que no va a sufrir ni una sola de sus consecuencias?
No es una objeción menor, y la ley la esquiva por completo: la memoria histórica justifica la nacionalidad, pero no explica por qué esa nacionalidad debe traducirse necesariamente en la misma capacidad de decisión política que la de quien vive a diario las consecuencias del voto, en su nómina, en su hipoteca o en la lista de espera de su ambulatorio. Es verdad que muchos españoles en el exterior conservan vínculos familiares, patrimoniales o incluso expectativas de retorno, y que la ciudadanía no se agota en pagar el IRPF. Pero eso no elimina la pregunta de fondo. Se puede reparar una injusticia histórica sin extender automáticamente a esa reparación el paquete completo de la ciudadanía activa. España no ha discutido esto en serio, y debería.
Y hay otro argumento incómodo, este dirigido al propio Gobierno, que tampoco conviene esquivar. Una ley concebida con una finalidad reparadora, pero con efectos electorales previsibles desde el primer minuto, se aprobó sin dotar a los consulados de los medios necesarios para tramitarla a tiempo. El colapso posterior, la avalancha de expedientes y el refuerzo de personal llegando tarde y a trompicones son la consecuencia directa de esa imprevisión. Y ese colapso es, precisamente, el que alimenta la opacidad de la casilla de "otros motivos", que a su vez alimenta la sospecha. La sospecha, por tanto, no es solo una invención interesada de la oposición: es también, en buena parte, el fruto de una gestión gubernamental que diseñó una reparación sin presupuestar su propio éxito.
Lo que me queda es una sensación incómoda y bastante española: la de una reparación histórica genuina, demorada durante décadas con una lentitud escandalosa, que en el momento en que por fin empieza a producir efectos masivos se convierte de inmediato en arma arrojadiza; la de una pregunta legítima sobre quién debe pesar en las urnas de un país que no habita, todavía sin responder; y la de un problema administrativo real, la opacidad del criterio de adscripción territorial, que corre el riesgo de quedar invisible bajo el ruido de una acusación mucho más grande y mucho menos fundada.
La mujer de la cola de La Habana no ha fabricado ninguna sospecha ni ha diseñado ningún pucherazo. Solo ha llevado unos papeles a una ventanilla. La sospecha y también la negligencia que la alimenta las hemos fabricado nosotros, aquí, lejos de la cola, el día que descubrimos que hasta la memoria, en España, acaba contando escaños.
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