La protección social de los trabajadores domésticos en España ha estado tradicionalmente rezagada. No fue hasta hace apenas una década cuando se reconocieron derechos tan básicos como la cotización a la Seguridad Social o el acceso a prestaciones por desempleo. El colectivo está formado por cerca de 340.000 personas afiliadas, y el 87% son mujeres, muchas de ellas con tareas multidisciplinares en condiciones exigentes.

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Los cambios que propone el Gobierno

En este contexto, el Gobierno ha ido impulsando cambios para equiparar el empleo doméstico con el resto de actividades laborales. La última gran reforma fue la ampliación del acceso al Fogasa (Fondo de Garantía Salarial) y al sistema de desempleo. Estas son medidas pioneras que contribuyeron a equilibrar la balanza de derechos y obligaciones entre empleadores y empleados en el hogar.

Este mes de noviembre ha supuesto un nuevo punto de inflexión. Tras años de excepción histórica, todas las personas que contraten una empleada del hogar pasan a estar plenamente sometidas a la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. El Real Decreto 893/2024, aprobado en septiembre del año pasado, derriba el último muro normativo y convierte al empleador doméstico en responsable directo de la seguridad y salud de su trabajador. ¿Qué implica esto en la práctica y qué riesgos conlleva no cumplir la ley?

La obligación de evaluar riesgos laborales en el empleo doméstico

La clave de la nueva regulación es la evaluación de riesgos laborales, que, a partir del 15 de noviembre de 2025, será obligatoria para todas las familias que dispongan de personal doméstico. Antes de iniciar cualquier actividad laboral (ya sea limpieza, cocina, cuidado de mayores o mantenimiento del hogar), el empleador debe analizar los posibles riesgos del espacio y de las tareas asignadas. Desde accidentes con escaleras y aparatos eléctricos, hasta la manipulación de productos químicos o la convivencia con mascotas. Todo debe estar detallado en un informe actualizado y entregado a la trabajadora.

Para facilitar este trámite, el Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo ha puesto en marcha la plataforma gratuita Prevencion10.es, operativa desde mayo de 2025. Esta herramienta digital permite a cualquier particular realizar la evaluación a través de un sencillo cuestionario. Con ello, se genera automáticamente el documento que, desde ahora, será requisito imprescindible para contratar y mantener a una empleada del hogar.

El proceso, además, exige que el empleador aplique medidas preventivas derivadas del análisis. Puede ser sustituir productos de limpieza por otros menos agresivos, mejorar la ventilación, proporcionar calzado antideslizante o implementar cualquier solución que minimice riesgos detectados. También implica la obligación de ofrecer formación básica sobre prevención y facilitar reconocimientos médicos voluntarios cada tres años, integrados en el Sistema Nacional de Salud.

La multa por incumplimiento: hasta 49.000 euros

No cumplir esta nueva legislación tiene consecuencias directas y, en muchos casos, muy graves para los empleadores domésticos. La Inspección de Trabajo ha advertido que las sanciones económicas pueden partir de los 2.451 euros en sus modalidades más leves, pero se elevan rápida y proporcionalmente en función de la gravedad de la infracción y el riesgo detectado. Las multas por no realizar la evaluación de riesgos o no aplicar las medidas preventivas pueden alcanzar hasta 49.180 euros.

El baremo sancionador diferencia entre incumplimientos leves (falta de documentación, retrasos puntuales), graves (no realizar la evaluación, no aplicar acciones correctivas, no comunicar riesgos detectados) y muy graves (accidentes laborales con daños permanentes, ocultación de información, reincidencia). Siendo las multas más frecuentes las que oscilan entre 2.451 y 49.180 euros. En todos los casos, además de la sanción pecuniaria, el empleador deberá asumir el recargo en las prestaciones sociales, los gastos médicos del trabajador o los daños derivados del accidente.

Cómo cumplir la ley y evitar sanciones

Para evitar multas y cumplir escrupulosamente la nueva normativa, los hogares deben actuar antes de la entrada en vigor efectiva (15 de noviembre de 2025):

  • Realizar la evaluación de riesgos a través de Prevencion10.es, generando y guardando el informe.
  • Aplicar inmediatamente las medidas preventivas recomendadas. Así como cambios en la organización de tareas, la mejora de equipos, formación básica y entrega de equipos de protección si fuera necesario.
  • Mantener copias de la documentación generada y entregar una copia a la trabajadora, actualizando el informe ante cualquier cambio relevante en vivienda o funciones.
  • Facilitar el acceso voluntario a reconocimientos médicos cada tres años y garantizar la comunicación de riesgos emergentes.

La plataforma digital y el asesoramiento proporcionado por el Instituto de Seguridad y Salud han simplificado un proceso que, aunque novedoso, busca erradicar los accidentes y proteger a las empleadas de hogar con el mismo rigor que en cualquier empresa.

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