La campaña de la renta 2022 comienza el próximo 11 de abril. Desde esa fecha y hasta el 30 de junio, los contribuyentes podrán presentar su declaración. Todos los años hay novedades fiscales. También en la forma de declarar los productos financieros. Hay que conocer bien qué impuestos hay que pagar por cada uno de los productos en los que se ha invertido. 

Saber cómo tributa cada producto financiero es imprescindible para definir qué estrategia de inversión es la más adecuada en cada caso. Tal y como señala el equipo de Asesoramiento patrimonial de Abante, los impuestos de cada producto financiero afectan directamente a la rentabilidad final que ofrece. Por ello, para evitar que este rendimiento se vea reducido, “es necesario llevar a cabo un ejercicio de planificación financiera que, además de tener en cuenta la parte personal, financiera, patrimonial y el nivel de gasto y ahorro, también debe tener presente la parte fiscal de cada inversión”, explica el equipo de Abante.

Los productos financieros tributan en el IRPF en la base del ahorro -a un tipo marginal que oscila entre el 19 y el 26%- como rendimientos de capital mobiliario o como ganancias o pérdidas patrimoniales. Los únicos que tributan en la base general, como si fueran rentas del trabajo, son aquellos productos que están relacionados con la jubilación, como los planes de pensiones, los planes de previsión asegurados (PPA), seguros de dependencia y algunos seguros colectivos. 

Desde Abante explican que los rendimientos del capital mobiliario (RCM) son las rentas que proceden de elementos patrimoniales, bienes o derechos de naturaleza mobiliaria de los que el contribuyente es titular y que no están afectos a actividades económicas. Aquí entran, entre otros, la venta de bonos y obligaciones o letras del tesoro, los dividendos y cupones o los intereses de los depósitos y cuentas corrientes. 

Este año, las letras y bonos del Estado han tenido un gran furor. Las colas en las puertas del Banco de España eran habituales hasta que el supervisor decidió que para abrir una cuenta para invertir en estos productos se necesitaba cita previa. El furor se desató en 2023, por lo que todos estos ciudadanos no tendrán que declararlas todavía en la renta. No obstante, todos aquellos que lo hicieran el año anterior sí que debe estar reflejado en la declaración de este año.

Héctor Jiménez, experto fiscal de Taxdown, explica que tanto las letras como los bonos del Estado son rendimientos del capital mobiliario y como tal, tributan en la base imponible del ahorro que va del 19% al 28% y que, precisamente es una de las novedades fiscales de este año, ya que el año pasado el tramo más alto tenía un tipo del 26%. “Solo se tributa por el beneficio que obtengamos de estos productos, es decir, por la amortización del bono o la letra (la diferencia del importe de compra y el de venta)”, apunta.

Asimismo, es importante tener en cuenta que las letras del tesoro (con un plazo de entre 3 a 12 meses) no están sujetas a retención mientras que los bonos del estado (con un plazo de entre 2 y 5 años) sí que lo están. O lo que es lo mismo, que “en el momento de obtener la ganancia, nos retendrán una parte en el caso de que hayamos adquirido bonos del Estado pero no nos retendrán nada en el caso de las letras”. 

Ganancias o pérdidas patrimoniales

Por otro lado, las ganancias o pérdidas patrimoniales  son las variaciones en el valor del patrimonio del contribuyente cuando se cambia la composición de este, si la renta no está sujeta a impuesto por otro concepto. Aquí se incluyen la venta de acciones, ETF o de derivados, también la venta de fondos de inversión y sicav y de inmuebles. 

Las retenciones son los anticipos que el contribuyente le hace a Hacienda por las rentas obtenidas en el ejercicio. Por tanto, cuando se hace la declaración de la renta (entre abril y junio del año siguiente), el contribuyente tiene derecho a deducirlas del total. Si la cuantía de la retención es mayor que lo que debería pagar, Hacienda devolverá ese exceso y viceversa.

En este punto hay que saber que no todas las rentas tienen retención. Hay productos financieros como las letras del tesoro, ETF, derivados y divisas que no están sujetas a retención, mientras que hay otros que tienen dos fuentes de renta -rendimientos explícitos e implícitos-, en los que solo la explícita está sujeta a retención -la renta explícita es aquella que hace referencia a los beneficios o intereses que genera un producto financiero cuando se mantiene en cartera-.  Es el caso, por ejemplo, de las acciones: el dividendo tiene retención, pero la venta -que sería la renta implícita- no tiene. Y lo mismo sucede con los intereses de las cuentas y depósitos o los cupones de los bonos.

Por otro lado, los productos que solo tienen una fuente de renta, como los fondos de inversión, los seguros de vida, los pagarés de empresa, los bonos cupón cero y los planes de pensiones, siempre tienen retención. Tal y como explican desde Abante, en las retenciones se aplica siempre un tipo impositivo del 19%. La excepción está en los planes de pensiones, en los que la retención se calcula en función de la escala marginal del contribuyente y del importe que se haya rescatado.

Planes de pensiones

En el punto de los planes de pensiones los técnicos de Hacienda de Gestha recuerdan que la desgravación fiscal bajó hasta los 1.500 euros la aportación máxima al plan de pensiones individuales, aunque con la posibilidad de incrementar las aportaciones hasta en 8.500 euros más por aportaciones a planes de pensiones empresariales. La aportación máxima a los planes individuales ha pasado de 8.000 euros en 2020 a 2.000 euros en 2021, y a 1.500 euros en 2022. No obstante, el límite actual se puede incrementar en 8.500 euros, cuando dicho aumento provenga de contribuciones empresariales al instrumento de previsión social, o de aportaciones del trabajador al mismo instrumento de previsión social por importe igual o inferior a la contribución empresarial. 

Gestha advierte del elevado coste fiscal de rescatar el plan de pensiones en forma de capital a los contribuyentes que en 2022, por desempleo de larga duración o con enfermedad grave, hayan dispuesto anticipadamente del importe de sus derechos consolidados correspondiente a aportaciones realizadas con al menos 10 años de antigüedad, así como los que se hayan jubilado o sufrido algún tipo de discapacidad, ya que actualmente no se mantienen la reducción del 40% en este tipo de rescate, salvo por las aportaciones anteriores a 31 de diciembre de 2006. Esta fecha es importante, y los técnicos recomiendan pedir a la gestora del fondo que certifique los derechos consolidados referidos a esas aportaciones anteriores a 31 de diciembre de 2006. 

Los fondos de inversión en el IRPF

Los fondos de inversión únicamente tributan cuando se produce el reembolso y nunca cuando se hace un traspaso de dinero de un fondo a otro cumpliendo ciertos requisitos. Esto permite diferir el pago del impuesto y cambiar de estrategia siempre que el inversor quiera sin tener que pasar por Hacienda. Cuando se produce la venta, la ganancia o pérdida patrimonial que se haya tenido tributa en la base del ahorro, entre el 19 y el 26%, según la cantidad: 19% hasta 6.000 euros; 21% entre 6.000 y 50.000 euros; 23% entre de 50.000 euros y 200.000 euros; y 26% a partir de 200.000 euros.

Tributar las criptomonedas

Por el momento no hay ninguna norma que regule las criptomonedas, por lo que todavía no se tienen que declarar. El Consejo de Ministros aprobó un real decreto por el que será obligatorio declarar las criptomonedas a partir de 2024. 

Hasta ese momento las criptomonedas se rigen por el tratamiento normal de las ganancias y pérdidas patrimoniales provocadas por la transmisión de elementos. Si se han tenido pérdidas, también se tienen que incluir en la declaración.