El aumento del precio del alquiler es uno de los temas más preocupantes para la población española, sobre todo para los jóvenes. Estos se encuentran en una situación complicada, ya que los sueldos no son lo suficientemente altos como para comprar una casa y los alquileres no son lo suficientemente bajos como para arrendar una vivienda.
Situación actual del alquiler en España
Los alquileres en España, en pleno mes de mayo de 2025, reflejan una subida en los costos. Se marca un aumento interanual del 13,85%, lo que lleva el coste promedio a 13,15 €/m². En lugares como Madrid o Barcelona, los alquileres superan los 1.200 euros al mes para inmuebles de un solo cuarto.
En el sector del alquiler de propiedades, la presencia de los jóvenes ha disminuido del 27% al 23%. Además, también ha habido una caída en contratos de arrendamiento. La razón de esta caída se ha señalado a la escalada incesante de los precios y la escasez de alternativas económicas. Estos factores han forzado a un alto número de jóvenes a abandonar la búsqueda de su propio lugar y retrasar su independización.
¿Qué medidas ha tomado el Gobierno?
El Gobierno, vista la situación actual, ha tomado una serie de medidas con el objetivo de combatir los precios del alquiler.
Desde enero de 2025, está en vigor el Índice de Referencia para la Actualización de la Renta de los Alquileres (IRAV). Este limita el incremento anual de las rentas al 2,20%. Además, el Gobierno ha implementado un registro único de alquiler turístico. Esta medida se aplica para combatir la oferta ilegal y reducir la presión sobre el mercado residencial.
Por otra parte, las comunidades autónomas y las administraciones locales tienen potestad para etiquetar zonas tensionadas. Esto ocurre cuando el precio de los hogares supera el 30% del salario promedio. También pueden etiquetar estas zonas si los costos han experimentado un alza de más de 3 puntos porcentuales por encima de la inflación en el transcurso de cinco años. En dichas zonas, es posible la implementación de controles de precios y otras medidas particulares.
Ley de Arrendamientos Urbanos
La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) es la normativa que se encarga de la regulación de los contratos de alquiler en caso de inmuebles urbanos. Su principal cometido es equilibrar los derechos y obligaciones de arrendadores y arrendatarios, estableciendo un marco legal para garantizar la seguridad judicial. Esta legislación ha sido objeto de numerosos cambios para mejorar la estabilidad, entre los cuales se encuentran los siguientes:
- Extensiones de los contratos de alquiler: de acuerdo a la nueva legislación, los contratos de alquiler para residencias deberán tener una duración mínima de cinco años si la propiedad pertenece a un individuo. Sin embargo, deben durar siete años si la propiedad es de una entidad corporativa.
- Renovaciones automáticas: si ninguna parte involucrada manifiesta su intención de finalizar el contrato, éste será extendido automáticamente. Las extensiones serán por períodos anuales hasta alcanzar un máximo de tres años.
- Postergación de desalojos: la suspensión de desalojos debido al no pago de renta para grupos familiares en situación de vulnerabilidad social ha sido extendida hasta el 31 de diciembre de 2025.
- Extensiones extraordinarias: aquellos arrendatarios en situaciones acreditadas de vulnerabilidad tendrán la opción de solicitar una extensión extraordinaria de un año. Esto puede hacerse una vez que el contrato termine, siempre que el dueño de la propiedad sea un gran tenedor de vivienda.
- Registro único para contratos de arrendamiento: se ha implementado un registro único para contratos de arrendamiento. El objetivo es aumentar la información disponible para el seguimiento de medidas. También busca fortalecer la coordinación con las comunidades autónomas.
¿Cómo te quedas en un piso de alquiler aunque no te renueven?
Existen casos, que si el contrato de alquiler ha sido firmado a partir del 6 de marzo de 2019, la Ley de Arrendamientos Urbanos establece una duración mínima de 5 años si el arrendador es una persona física y 7, en caso de una persona jurídica. En el momento en el que ninguna de las partes comunica su intención de no renovar el contrato, se prorrogará automáticamente en plazos anuales de hasta un máximo de tres años adicionales.
Para que se produzca esto, es necesario que el inquilino esté al corriente de los pagos, que el propietario no haya solicitado el desalojo de la vivienda y que no haya habido ninguna comunicación por parte de ambos sobre la intención de no renovar el contrato.
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