Entre enero y junio, los tribunales han impuesto a las empresas 207,4 millones de euros en indemnizaciones por despido, un 7% más que los 193,8 millones registrados en el primer semestre de 2024. Este incremento no responde a un mayor número de conflictos laborales —que se han mantenido estables, con 20.695 casos en el primer semestre de 2025 frente a los 20.538 de 2024— ni a un aumento de las sentencias favorables al trabajador. De hecho, estas últimas han retrocedido ligeramente desde las 18.115 resoluciones por despido a favor del trabajador en 2025 frente a las 18.514 en 2024. Así, el alza se debe al encarecimiento de las indemnizaciones medias, que han aumentado un 9,3% en el último año, desde los 10.467 euros registrados de media por trabajador en el primer semestre de 2024 hasta los 11.444 euros en 2025.
El repunte llega en un momento en el que el modelo de despido vuelve a situarse en el centro del debate político y judicial. Este lunes, el Ministerio de Trabajo liderado por Yolanda Díaz ha abierto una mesa de diálogo para abordar la reforma del despido improcedente. En la reunión, presidida por el secretario de Estado de Trabajo, Joaquín Pérez Rey, se han establecido los contactos preliminares con los agentes sociales para definir los cambios en el sistema, en un contexto de disparidad de criterios en los tribunales.
En el último año, algunos tribunales habían empezado a aplicar el dictamen del Comité Europeo de Derechos Sociales (CEDS) —órgano encargado de velar por el cumplimiento de la Carta Social Europea—, concediendo indemnizaciones adicionales en caso de despido improcedente. Sin embargo, en julio de 2025, el Tribunal Supremo zanjó esta práctica al ratificar que los jueces no podían fijar compensaciones por encima de los límites establecidos en el Estatuto de los Trabajadores.
El fallo del Supremo ha reforzado las tesis de los sindicatos, que fueron precisamente quienes llevaron el caso ante el CEDS. Tanto Comisiones Obreras (CCOO) como la Unión General de Trabajadores (UGT) sostenían que la decisión del Tribunal Supremo evidenciaba la necesidad de una reforma legislativa que adaptase la normativa española a los estándares europeos y garantizase una compensación "real y disuasoria" frente al despido improcedente.
Tras la reunión, los sindicatos han explicado que Trabajo no ha puesto sobre la mesa ninguna propuesta y ha conminado a los agentes sociales a presentar la suya en un plazo de tres semanas. En este sentido, el secretario de Acción Sindical de CCOO, Javier Pacheco, y el vicesecretario general de Política Sindical de UGT, Fernando Luján, han explicado en declaraciones a los medios que ambos sindicatos armarán una propuesta unitaria.
Por su parte, fuentes empresariales presentes en la mesa de diálogo han remarcado que "defendemos la legislación actual", insistiendo en que modificar el sistema vigente podría generar una "inseguridad jurídica brutal", especialmente a las pequeñas empresas.
El Congreso avaló la iniciativa de Sumar
El pasado 17 de septiembre, el Congreso de los Diputados aprobó una proposición no de ley presentada por Sumar en la que instaba al Gobierno a reformar la indemnización por despido improcedente. La iniciativa prosperó gracias al apoyo de PSOE, Sumar, ERC, PNV, Bildu, BNG, Podemos, Coalición Canaria, el exministro socialista integrado en el Grupo Mixto, José Luis Ábalos; la diputada de Compromís integrada en el Mixto, Águeda Micó; y el diputado del PP por Baleares Joan Mesquida, que votó por error a favor de la propuesta pese a que el Partido Popular lo hizo en contra.
La votación en el Congreso dio respaldo político a una demanda que los sindicatos llevaban más de un año impulsando. El debate se remonta a mediados de 2024, cuando el CEDS concluyó que la indemnización por despido improcedente en España “no es lo suficientemente elevada para reparar el daño sufrido por la víctima ni tiene un efecto disuasorio para el empleador”.
A raíz de ese dictamen, UGT y CCOO presentaron dos reclamaciones colectivas ante el Consejo de Europa y emitieron un comunicado conjunto recordando que “las decisiones judiciales no pueden ignorar los compromisos internacionales asumidos por España”. Ambas centrales insistieron en que la legislación debía garantizar una reparación completa y efectiva, y señalaban como referencia el modelo previo a la reforma laboral de 2012, que fijaba 45 días por año trabajado y mantenía los salarios de tramitación.
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