El próximo ejercicio fiscal de la Renta 2025-2026 presenta una notable oportunidad de ahorro como consecuencia de realizar una inversión en la vivienda. Las reformas de mejora de la eficiencia energética permiten acceder a relevantes ventajas fiscales en el IRPF, con un ahorro que puede alcanzar los 9.000 euros si se cumplen todas las condiciones. Así lo prevé la normativa vigente que, por una parte, pretende mejorar el consumo de energía de los hogares y, por otra, potenciar las reformas muy orientadas hacia la sostenibilidad y que tengan repercusiones en la eficiencia energética de la vivienda o del edificio.
Obras de eficiencia energética
El primer escalón de deducción se refiere a aquellas obras que sean capaces de conseguir una reducción de al menos un 7 % en la demanda de calefacción y refrigeración. En este grupo de obras aplicarían actuaciones del tipo del cambio de ventanas, el refuerzo de aislamiento o la sustitución de cerramientos antiguos. Estas actuaciones facilitan deducir un 20% sobre una base máxima de 5.000 euros al año, lo que puede suponer un ahorro de hasta 1.000 euros.
La deducción se aplica tanto en la vivienda habitual como en inmuebles arrendados o destinado al alquiler, si se cumplen los plazos legales.
Requisitos técnicos y forma de pago
Para poder beneficiarse de la deducción fiscal, es requisito acreditar la mejora de la eficiencia energética obtenida. La normativa exige un certificado energético previo a la fecha de inicio de las obras, así como uno posterior, ambos expedidos por técnico competente. En ambos casos, deben constatarse con claridad la reducción del consumo obtenida.
Todo lo que se abona relacionado con obras debe hacerse sólo mediante medios y formas bancarias. Ya sean transferencias, tarjetas o cheques con los que se puede acreditar el gasto. Los pagos en efectivo quedan fuera. Y, además, las subvenciones recibidas se deducirán de la base deducible para que no se den situaciones de duplicidad en el gasto.
Obras y deducciones
La segundo tramo de deducción está reservado a obras que supongan una reducción de, al menos, el 30% del consumo de energía primaria no renovable o que mejoren la calificación energética hasta las letras A o B. Las actuaciones que aquí se pueden reflejar son, por lo tanto, la instalación de sistemas de climatización eficientes, las energías renovables o las mejoras integrales del aislamiento. El porcentaje de deducción es del 40%, con una base máxima por año de 7.500 euros, lo que permite un ahorro en la declaración del IRPF de hasta 3.000 euros.
Planificación fiscal
Las obras que dan derecho a estas deducciones pueden llevarse a cabo hasta el 31 de diciembre de 2026, lo que permite planificar las reformas con tiempo y, para hacer el aprovechamiento del beneficio fiscal, distribuir el mismo en distintos ejercicios con el fin de optimizar su impacto en la declaración de Renta.
Obras en edificios y comunidades
La sección más avanzada se refiere a las obras acometidas en inmuebles enteros o edificios de propietarios, en el supuesto de que las reformas en edificios de propietarios logren la misma mejora del 30% en eficiencia energética o las calificaciones A o B que se indicaban para la deducción básica. En este caso, cada propietario se puede deducir el 60% de la proporción que le corresponde. La base puede ser de 5.000 euros cada año, pero puede llegar a 15.000 euros en total en la medida que las cantidades no deducidas pueda trasladarse hasta un máximo de cuatro años.
Un ahorro de 9.000 euros
Gracias a este mecanismo, la acumulación del ahorro fiscal podría alcanzar los 9.000 euros. Es fundamental planificar correctamente las obras junto con el calendario fiscal a fin de sacar el máximo partido de esta deducción y, en consecuencia, reducir de manera notable la factura de la Renta.
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