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El Gobierno extiende a los transportistas autónomos la ayuda profesional del 'plan anticrisis'

El decreto amplía la ayuda adicional de 20 céntimos por litro de combustible a taxis, VTC y repartidores en furgoneta, que quedaron excluidos en el plan inicial

Protesta de taxistas en Madrid el pasado mes de mayo.
Protesta de taxistas en Madrid el pasado mes de mayo. | Rafael Bastante / Europa Press

Los dos decretos del 'plan anticrisis', presentados el viernes por el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, para mitigar los efectos económicos de la guerra en Irán, se publicaron el sábado en el BOE (Boletín Oficial del Estado). De acuerdo con el presidente, el paquete compuesto por 80 medidas supondrá un desembolso de 5.046 millones de euros y, aunque han entrado en vigor este domingo, estarán pendientes de la convalidación del Congreso de los Diputados el próximo jueves, 26 de marzo.

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El plan inicial contemplaba una medida adicional para los profesionales que usan gasóleo para desarrollar su actividad, es decir, para los productores agrícolas y los transportistas con derecho a devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos. Así, estos profesionales contarían con una ayuda de 20 céntimos por cada litro de gasóleo profesional que adquieran, que se sumará al paquete de descuentos fiscales generales. Sin embargo, tras el anuncio, las organizaciones de los autónomos reclamaron que esta ayuda no podía limitarse únicamente a quienes tienen acceso a esa devolución fiscal —un mecanismo al que muchos trabajadores por cuenta propia no tienen acceso— y que se ampliara a los profesionales autónomos del transporte que también dependían del combustible, como taxistas, conductores de VTC o repartidores con furgoneta, entre otros, una demanda que finalmente ha sido atendida por el Ejecutivo.

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Ampliación de la bonificación tras las críticas

En un comunicado de UPTA (Unión Profesional de Trabajadores Autónomos) señalaron que la rebaja del IVA de los carburantes del 21% al 10% sería "insuficiente", ya que, según sus cálculos, supondría "una reducción fiscal limitada": la gasolina pasaría de 1,7 euros a 1,54 euros por litro y el diésel de 1,85 euros a 1,76 euros por litro. Ante ello, la organización reclamó que los 20 céntimos adicionales de bonificación al combustible para profesionales se extendiesen al colectivo de autónomos que utilizan su vehículo como herramienta de trabajo.

El presidente de UPTA, Eduardo Abad, subrayó que "para miles de trabajadores por cuenta propia, el vehículo no es una opción, es una herramienta imprescindible para poder desarrollar su actividad" y, aunque "las medidas adoptadas son positivas (...) es imprescindible ampliar las ayudas y aplicar soluciones más ambiciosas que alivien de verdad la situación de los autónomos que dependen diariamente de su vehículo para trabajar".

Pues bien, finalmente, el BOE ha recogido la extensión de la ayuda adiconal de 20 céntimos por litro a aquellas empresas que no tienen derecho a la devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos. En concreto, el Boletín detalla (páginas 43343-43344) que la bonificación adicional se extenderá a titulares de autorizaciones de transporte de mercancías y viajeros, incluyendo camiones (VDE), taxis (VT), vehículos de alquiler con conductor como Uber o Cabify (VTC), transporte sanitario o escolar (VSE) y transporte ligero de mercancías como furgonetas (MDLE y MDPE), así como a los titulares de autobuses urbanos.

No obstante, la letra pequeña del BOE establece dos requisitos. En el caso de los titulares de autorizaciones de transporte —VDE, VT, VTC, VSE, MDLE y MDPE—, deberán estar dados de alta en el Registro de Empresas y Actividades de Transporte. Por su lado, los titulares de autobuses urbanos deberán figurar en el Registro Nacional de Vehículos de la Jefatura central de Tráfico y desarrollar una actividad encuadrada en alguna de las rúbricas de las tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE). Asimismo, quedarán excluidos de esta ayuda los vehículos eléctricos cero emisiones de batería (BEV), de célula de combustible (FCEV) o de combustión de hidrógeno (HICEV).

¿Cómo se solicita la ayuda?

El plazo para presentar la solicitud estará abierto entre el 1 de mayo y el 30 de junio de 2026. Los beneficiarios deberán solicitar la ayuda por vía electrónica a través de la sede de la Agencia Tributaria —o de las administraciones forales equivalentes en País Vasco y Navarra— mediante el formulario habilitado, en el que deberán indicar la cuenta bancaria en la que desean que se abone la ayuda estatal.

Para tramitarla, la Administración cruzará los datos de los solicitantes con los registros oficiales y, a partir del 30 de junio de 2026, la Administración Tributaria competente será la encargada de gestionar el pago mediante transferencia bancaria en la cuenta indicada por el beneficiario. Según fuentes de Hacienda, la cuantía que podrían percibir los transportistas iría desde los 200 euros hasta los 1.000 euros, en función del tipo de vehículo.

Asimismo, el BOE advierte de que si transcurren tres meses desde el final del plazo de solicitud sin que se haya recibido respuesta, la petición se entenderá desestimada por silencio administrativo. Y en este caso, el interesado podrá presentar un recurso de reposición o una reclamación económico-administrativa para intentar revertir la desestimación.

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