Si un socio tiene al menos el 33% de una Sociedad, y trabaja para ella, debe darse de alta como autónomo societario en la Seguridad Social. Es una figura común al crear, por ejemplo, Sociedades Limitadas.

También cuando realiza funciones de dirección y tiene un mínimo del 25% de acciones de la empresa. Fruto de ese desempeño, ya sea bajo cualquiera de los dos casos, deben percibir una remuneración. ¿Cuánto puede cobrar un autónomo societario? ¿Cómo funciona la implantación de un salario e ingresos en este tipo de profesionales?

La clave: ¿sujetos pasivos de IVA?

La cantidad que estos autónomos pueden cobrar dependerá de si son o no sujetos pasivos de IVA, tal y como señalan desde la Oficina EmprendeRioja. Cuando un socio desarrolla su actividad profesional independientemente de la sociedad sería sujeto pasivo de IVA y estaría obligado a expedir facturas. Un aspecto concluyente es que si los recursos principales para el desempeño de la actividad pertenecen a la sociedad, el servicio no está sujeto a IVA, y por tanto el autónomo no tiene por qué emitir facturas y podrá cobrar nómina por parte de la empresa.

Cotización de los autónomos societarios

La base mínima de cotización de los autónomos societarios es de 1.214,08 euros, tras los recientes cambios efectuados en el valor de las cotizaciones. lo que implica una cuota mensual de 364,22 euros desde el primer mes. Es importante recordar que, en principio, este tipo de profesionales no pueden acogerse a tarifa plana, a pesar de ser considerados como autónomos. Bien es cierto que esta es la regla general de la Seguridad Social. Sin embargo, algunos autónomos societarios han reclamado vía judicial y han conseguido los beneficios de la tarifa plana en los tribunales, aún siendo societarios.