La jueza Beatriz Biedma, que ha procesado al hermano del presidente del Gobierno, David Sánchez, y al líder del PSOE en Extremadura, Miguel Ángel Gallardo, ha remitido una exposición razonada al Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en la que denuncia un posible fraude de ley en la adquisición de la condición de aforado por parte de este último.

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Según detalla en la exposición, a la que ha tenido acceso El Independiente, cinco miembros de la lista del PSOE a la Asamblea de Extremadura renunciaron en cadena a su acta de diputado justo después de que se dictara el auto de apertura de juicio oral contra el expresidente de la Diputación de Badajoz. El objetivo, según la titular del Juzgado de Instrucción número 3 de Badajoz, habría sido que Gallardo accediera al Parlamento autonómico para blindarse judicialmente. La instructora sostiene que todo fue "un plan previamente concebido y organizado" para facilitar su aforamiento.

Biedma subraya que, en este procedimiento, lo relevante no es el momento en que Gallardo adquirió la condición de aforado, sino la forma en que lo hizo y la finalidad perseguida: "Parece ser que en el momento histórico actual se ha olvidado, pero cualquier persona que ocupe un puesto público debe servir al interés general y anteponer éste sobre cualquier interés personal".

"Ahora, más que nunca, y dada la realidad social que nos rodea, deberían recordarse las descripciones de la filosofía clásica, fundamento de la configuración de las bases teóricas de la democracia moderna sobre el 'buen gobernante', cuyo comportamiento debe ser ejemplar y anteponer siempre el interés público al suyo propio", manifiesta la magistrada.

Asimismo, recuerda que en Europa, por regla general, los parlamentarios no están aforados. Señala que el aforamiento parlamentario solo se contempla en los Países Bajos —aunque limitado a actos en el ejercicio del cargo—, en Grecia para determinados delitos, y en Rumanía y Bielorrusia, que son los países que más se asemejan al sistema español, lo que constituye una "absoluta excepción". También destaca que el Consejo de Europa ha recomendado en varias ocasiones a España eliminar los aforamientos de políticos sospechosos de corrupción.

"Aforamiento repentino"

Biedma apunta que el 21 de mayo se expidió la credencial de diputado autonómico a Gallardo, un día antes de que se dictara el auto de apertura de juicio oral. Remarca que entró como diputado no por la dimisión de un único compañero, sino por la "renuncia de cinco en total". Todas ellas se produjeron "de forma exprés y conjunta", con la "finalidad única de que pasara a ostentar la condición de diputado, y por consiguiente, de aforado".

La jueza destaca como "muy significativo" que un notario se desplazara a la sede del PSOE en Mérida el 19 de mayo con la "única finalidad" de que los cuatro candidatos que ocupaban los puestos previos a Gallardo en la lista "renunciaran expresamente a ser proclamados diputados en la Asamblea de Extremadura". Esta "maniobra", sostiene la instructora, sería contraria a lo establecido en la Ley Orgánica del Poder Judicial, que obliga a los jueces a rechazar las peticiones que se formulen "con manifiesto abuso de derecho o entrañen fraude de ley o procesal".

En este sentido, recuerda que las prerrogativas inherentes al cargo público, como el aforamiento, "fueron concebidas para proteger las funciones de ese cargo público, no a la persona que lo ostenta". Considera que no es admisible que en un estado democrático "se utilicen las instituciones públicas y los privilegios que de ellos derivan para fines propiamente personales".

"El aforamiento repentino" de Gallardo, concluye la magistrada, “no solo atenta contra el derecho al juez ordinario predeterminado por la ley”, sino que también puede causar "perjuicios a la propia tramitación de la causa, que será inevitablemente objeto de dilaciones" tras su traslado a órganos superiores. A su juicio, se trata de "otra muestra más del patrón de comportamiento investigado en el presente procedimiento: conseguir un fin ilegítimo mediante el uso de mecanismos formalmente legales, utilizando las instituciones públicas en beneficio propio o de allegados".

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