El juez Juan Carlos Peinado está, una vez más, en el centro de la actualidad política. Este miércoles se conoció que el Consejo General del Poder Judicial ha abierto una diligencia informativa al magistrado que investiga a la mujer del presidente del Gobierno, Begoña Gómez, por la comisión de cinco presuntos delitos.
El origen de esta diligencia está en el interrogatorio al ministro Félix Bolaños el pasado mes de marzo. Aquel día, Peinado se desplazó a Moncloa para preguntar al titular de Presidencia por la contratación de Cristina Álvarez, la asesora de Gómez en Moncloa, en el verano de 2018, tras la llegada de Sánchez a la presidencia del Gobierno. El magistrado quería esclarecer hasta qué punto Bolaños intervino en su contratación y si en aquel proceso se pudo producir un delito de malversación de fondos públicos.
La declaración no estuvo exenta de momentos de tensión. Antes de comenzar, el titular del Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid pidió una tarima para que su mesa estuviese por encima de la de Bolaños. Durante la sesión llegó incluso a reprocharle al ministro que sonriera mientras respondía a sus preguntas. “No sé a qué obedece que esboce usted una sonrisa”, le interpeló. A lo que Bolaños replicó: “Señoría, me está resultando muy sorprendente su interrogatorio, por eso he esbozado una sonrisa”. Peinado insistió entonces en que quizás esa reacción se debía a que el ministro “no está habituado a un interrogatorio”. “Desde luego que no, claro”, zanjó el propio Bolaños.
Pese a las explicaciones del ministro, que defendió que no hubo nada ilegal en la contratación de Álvarez y negó conocerla antes de su llegada a Moncloa, el juez acabó pidiendo al Tribunal Supremo la imputación de Bolaños, una petición que el alto tribunal rechazó.
Diligencia informativa
Ahora, el CGPJ ha abierto una diligencia informativa para evaluar la actuación del magistrado. Este trámite es el paso previo a un posible expediente disciplinario contra un juez o magistrado denunciado. Según la definición, una diligencia informativa “comprende todas las actuaciones encaminadas a determinar con carácter previo o preliminar si la actuación o conducta del juez o magistrado” del que se ha emitido una queja o denuncia “es susceptible o no de reproche disciplinario”.
Es decir, el órgano de gobierno no está investigando a Peinado: está estudiando, o no, hacerlo.
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