El Tribunal Superior de Justicia de Baleares ha ratificado la declaración de improcedencia del despido de una comercial de una empresa de gestión de residuos industriales y médicos, al que la compañía había justificado por "conflicto de intereses" y una supuesta "conducta abusiva y fraudulenta".

La empresa alegó que la trabajadora ocultó mantener una relación sentimental con su superior —existente antes de la contratación—, que remitió el currículum de su hija para optar a un puesto en la misma entidad y que utilizó medios informáticos corporativos para fines personales sin autorización.

En primera instancia, el juzgado declaró improcedente el despido y condenó a la empresa a readmitir a la trabajadora en las mismas condiciones, abonando los salarios dejados de percibir, o bien a indemnizarla con 2.602,24 euros.

El Tribunal Superior balear desestima ahora el recurso de la empresa al considerar que no se ha probado que la relación sentimental interfiriera en el desempeño profesional de la empleada ni que afectara al desarrollo de sus funciones. En caso de haberse comunicado la relación, la única consecuencia habría sido un cambio en el superior jerárquico inmediato.

Respecto al uso de medios informáticos para asuntos no relacionados con la empresa, los magistrados señalan que no consta que haya supuesto una interferencia en el trabajo, un perjuicio económico para la compañía ni un obstáculo para el uso productivo de las herramientas. La sentencia no es firme y aún puede ser recurrida ante la Sala de lo Social del Tribunal Supremo.