El Ministerio de Hacienda está ignorando las directrices de los tribunales a la hora de aplicar el régimen fiscal de impatriados, comúnmente conocido como Ley Beckham, que fue creado en 2005 para atraer a profesionales extranjeros. Este sistema permite que quienes trasladan su residencia fiscal a España tributen por el Impuesto sobre la Renta de No Residentes —IRNR— manteniendo la condición de contribuyentes por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas —IRPF— durante los primeros seis años, lo que supone un ahorro significativo.

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid dictaminó en 2024 que los trabajadores acogidos a este régimen especial no deben tributar por su vivienda habitual, al considerarlo discriminatorio respecto al resto de residentes. Sin embargo, Hacienda exige este impuesto, una posición que contradice la jurisprudencia y ha provocado la apertura de un expediente de infracción por parte de la Comisión Europea.

El fallo del tribunal madrileño reconoce a estos contribuyentes la misma condición de residentes que al resto de ciudadanos españoles, al considerar discriminatorio que se les imponga un rendimiento por su casa habitual. Ser residente fiscal pleno significa tributar en España como cualquier otra persona bajo el IRPF, con los mismos derechos y beneficios. La vivienda habitual está exenta de la imputación de renta inmobiliaria, porque se entiende que no tiene sentido gravar a alguien por vivir en su propia casa.

Sin embargo, Hacienda y el Tribunal Económico-Administrativo Central consideran que los impatriados de la Ley Beckham, al tributar a través del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, que no reconoce el concepto de vivienda habitual, les exige pagar un 2% del valor catastral de su inmueble, aunque de facto sea su hogar.

Explicado de forma más sencilla, puede decirse que los impatriados son inquilinos a todos los efectos de la casa fiscal española acogidos a un régimen especial, pero Hacienda les hace pagar sobre la vivienda como si fueran invitados temporales. Esta ficción es la que ha dado lugar al conflicto jurídico.

La Comisión Europea tiene abierto un expediente

Bruselas discrepa de esta visión y se ha alineado con la justicia madrileña, y tiene abierto un expediente de infracción por discriminación en lo relativo a esta cuestión. Esencialmente, la Comisión Europea entiende que España está vulnerando los principios comunitarios de igualdad y libre circulación de trabajadores y capitales recogidos en el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

Tal y como explica a este periódico Ángel Sánchez, abogado y socio de Golden Partners, el endurecimiento progresivo del régimen de impatriados y la insistencia en aplicar gravámenes discutibles como el de la vivienda habitual han generado un entorno que afecta directamente a estos ciudadanos. Existe inseguridad jurídica, debido a los criterios contradictorios entre los tribunales, Hacienda y órganos comunitarios.

También se percibe una desigualdad fiscal frente al resto de residentes, que provoca la sensación de estar sufriendo un trato discriminatorio. A esto se suma una persecución administrativa, donde medidas pensadas para atraer talento acaban convirtiéndose en obstáculos que encarecen y dificultan la instalación en España.

Estos factores proyectan una imagen de desconfianza institucional que puede comprometer la llegada de profesionales estratégicos para la economía, la innovación y la inversión. Además, hay que tener en cuenta que la Ley Beckham ya no se limita a los tradicionales directivos de multinacionales desplazados a España, sino que, gracias a la reforma de 2022, también se abre a nuevos perfiles: emprendedores e inversores con proyectos innovadores, así como autónomos altamente cualificados vinculados a los ecosistemas startup.