El Tribunal Supremo ha impuesto un año de prisión a un sargento alumno de la Armada por proferir comentarios machistas, racistas y vejatorios contra varias compañeras y superiores durante una guardia en la Estación Naval de A Graña, en Ferrol. La Sala de lo Militar ha rebajado notablemente la pena impuesta por el Tribunal Militar Territorial Cuarto, que le había condenado a cuatro años y medio de cárcel.

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Así consta en la sentencia, que ha consultado El Independiente. El tribunal había considerado al militar responsable de dos delitos de insulto a superior, uno de abuso de autoridad y dos delitos relativos al ejercicio de los derechos fundamentales y libertades públicas, todos en su modalidad de injurias graves. Por ello le impuso nueve meses de prisión por cada uno de los dos primeros delitos, un año y seis meses por el tercero y seis meses por cada uno de los dos últimos, además de la suspensión militar de empleo e inhabilitación para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de las condenas.

La suma total ascendía a cuatro años y medio de prisión militar, pena que ahora queda reducida de forma drástica tras el pronunciamiento del Supremo. La sentencia, con ponencia del magistrado Fernando Marín Castán, considera acreditado que el militar realizó comentarios "machistas, racistas y ofensivos" hacia distintas compañeras y mandos durante una guardia el 15 de febrero de 2023.

Entre otras expresiones, calificó a una profesora de la escuela como "una gorda de mierda", a una compañera como "una puta inútil que no sirve como militar" y a una subordinada de "panchita", además de afirmar que "por un par de tacones se va con cualquiera". "Las expresiones proferidas lesionan gravemente la dignidad y el honor de las personas afectadas y atentan contra la disciplina militar", señala la sentencia, que subraya que las ofensas fueron públicas, reiteradas y proferidas durante el servicio.

El Supremo también ha desestimado el recurso del condenado, y avala la valoración de la prueba realizada por el tribunal de instancia. No obstante, corrige su calificación jurídica y aprecia un exceso al considerar que los hechos constituían cinco delitos distintos. Entiende que éstos deben calificarse como dos delitos de injurias graves, penados con seis meses de prisión cada uno.

Asimismo, la Sala de lo Militar sostiene que las palabras del sargento alumno "rompen la cohesión y el compañerismo que deben regir las Fuerzas Armadas", pero ajusta la respuesta penal a la proporcionalidad exigida, reduciendo la condena a dos delitos de injurias graves, con una pena total de un año de prisión y la accesoria de suspensión de empleo.

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