El Tribunal Constitucional ha decidido aplazar hasta 2026 su pronunciamiento sobre la constitucionalidad del Impuesto sobre el Patrimonio, una decisión que prolonga la incertidumbre jurídica y económica de más de 200.000 contribuyentes en toda España. El fallo será determinante para aclarar si la conversión del tributo en permanente y la subida de tipos aprobada en 2021 se ajustaron o no a la Constitución.

El recurso pendiente, interpuesto por el Partido Popular, sostiene que el Gobierno vulneró el principio de legalidad tributaria al modificar el impuesto a través de la Ley de Presupuestos Generales del Estado, en lugar de mediante una ley ordinaria. El aplazamiento, avanzado por El Economista, llega además en un contexto de alta sensibilidad fiscal.

El órgano presidido por Cándido Conde-Pumpido ha justificado el retraso por la complejidad técnica del recurso y la acumulación de otros asuntos tributarios relevantes, entre ellos los relativos al Impuesto de Solidaridad de las Grandes Fortunas. Fuentes jurídicas explican a este periódico que el aplazamiento acentúa la inseguridad y deja sin resolver cuestiones de fondo que afectan tanto a la recaudación como a la planificación patrimonial.

Si el Constitucional confirma la constitucionalidad del impuesto, el tributo quedará plenamente consolidado y el Estado asegurará su recaudación anual, en torno a 2.000 millones de euros. En cambio, si lo declara inconstitucional, se abriría la puerta a miles de solicitudes de devolución por parte de quienes hubieran reclamado previamente.

"La falta de certeza sobre si el impuesto es o no constitucional tiene un impacto directo en las decisiones económicas de los contribuyentes. Nadie sabe si dentro de un año lo que hoy se paga podrá ser reclamado", explica Ángel Sánchez, socio y abogado de Golden Partners, despacho especializado en real estate (sector inmobiliario). "El problema jurídico no reside en la existencia del impuesto, sino en el modo en que se aprobó su reforma; es una cuestión de procedimiento y de respeto al principio de reserva de ley en materia tributaria".

Asimismo, subraya que "este tipo de decisiones requieren un análisis muy riguroso, porque el Tribunal no solo debe pronunciarse sobre un impuesto concreto, sino sobre los límites de la actuación legislativa en materia fiscal. De su interpretación dependerá cómo se aprueben los tributos en el futuro y qué grado de control se exige al Ejecutivo cuando introduce modificaciones de calado a través de los Presupuestos Generales".

Consecuencias del fallo

"Solo podrán recuperar lo pagado los contribuyentes que hayan presentado una solicitud de rectificación o, en su caso, una reclamación administrativa. Quien no haya actuado preventivamente perderá ese derecho", advierte el letrado. que matiza que la Corte de Garantías suele limitar los efectos retroactivos de sus fallos en materia tributaria para evitar un impacto presupuestario masivo.

Aunque la decisión afecta a todas las comunidades, Madrid concentra un número elevado de contribuyentes de alto patrimonio y es, por tanto, la más afectada por el retraso. Durante años, la región aplicó una bonificación del 100% en el Impuesto sobre el Patrimonio, que eliminaba en la práctica la carga fiscal para sus residentes.

Esa ventaja se vio neutralizada con la creación, en 2022, del Impuesto de Solidaridad a las Grandes Fortunas, un tributo estatal no bonificable que grava patrimonios superiores a tres millones de euros. "El impuesto estatal ha anulado la autonomía fiscal de Madrid, porque sus residentes siguen pagando, aunque la comunidad mantenga formalmente su bonificación", explica el socio del bufete.

Si el Constitucional anula el impuesto estatal, Madrid recuperará su bonificación plena y sus residentes dejarán de tributar por patrimonio. En cambio, si lo avala, el modelo de armonización quedará consolidado y el pago seguirá siendo obligatorio a nivel estatal, recaudado a través de la comunidad madrileña.

El desenlace del caso determinará no solo la validez del impuesto, sino también el alcance de la autonomía financiera de las comunidades y la interpretación del principio de reserva de ley en materia tributaria. También puede influir en la forma en que se legisle sobre impuestos en el futuro y en el margen que el Gobierno tiene para introducir modificaciones fiscales a través de los Presupuestos o decretos-ley.