Buenas noticias para los de Puigdemont. El abogado general del TJUE ha concluido que la ley de amnistía no afecta a los intereses financieros de la UE y avala la exoneración de los delitos de terrorismo en el marco del 'procés'. Las conclusiones del consultor jurídico europeo no son vinculantes, pero sí sientan las bases sobre las que se podría cimentarse la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.
El dictamen del abogado general, que avala la parte vertebral de la amnistía, despeja el camino a Carles Puigdemont en el Tribunal Constitucional. Si finalmente el TJUE resuelve en la misma línea que Dean Spielmann, el órgano de garantías podrá dar por zanjado el debate sobre la compatibilidad de la norma con el Derecho europeo respecto a los delitos de malversación y terrorismo, y centrarse en el debate jurídico sobre la vulneración de derechos fundamentales.
El tribunal presidido por Cándido Conde-Pumpido tiene pendiente resolver sobre los recursos de amparo presentados por el expresidente catalán, Oriol Junquieras, Raül Romeva, Dolors Bassa, Lluís Puig y Antoni Comín. Las conclusiones emitidas este jueves por Spielmann en Luxemburgo podrían facilitar en la práctica el órgano de garantías pueda resolver parcial o totalmente a favor de los políticos catalanes.
Sea como fuere, el hecho es que los independentistas tendrán que esperar hasta primera para conocer el veredicto del órgano de garantías. La decisión del Constitucional será el primer paso para ver si, finalmente, Carles Puigdemont puede regresar a España.
La última palabra, como bien ha recordado el líder de Junts tras conocer las conclusiones de abogado general la tiene el Tribunal Supremo. El alto tribunal es el órgano encargado de aplicar la ley de amnistía y, con la sentencia del TJUE sus manos, las fichas del tablero quedarán todas colocadas en su sitio.
Mientras tanto, el Constitucional también permanece a la espera del veredicto del Tribunal Europeo del Derechos Humanos. El TEDH tendrá que dirimir si se vulneraron algunos de los derechos fundamentales de los líderes del 'procés' como el derecho a un juicio justo o a la tutela judicial efectiva.
No obstante, antes de conocer el resultado de Luxemburgo y Estrasburgo, el expresidente catalán podrá conocer la decisión del órgano de garantías sobre si se mantiene o se revoca su orden de detención. Se espera que el Constitucional resuelva sobre la medida cautelar a finales de año.
En este caso, Puigdemont no las tienen todas consigo. La Fiscalía del Tribunal Constitucional se ha opuesto en varios escritos a que el TC suspenda de manera cautelar la orden de detención nacional dictada por el Supremo. Según fuentes consultadas, esta sería una forma de evitar un nuevo choque con el alto tribunal.
Conclusiones sobre el delito de malversación y terrorismo
Además de influir de cierta manera en próximos dictámenes del Constitucional, las conclusiones del abogado general del TJUE responden, en concreto, a las cuestiones prejudiciales elevadas por el Tribunal de Cuentas y la Audiencia Nacional.
El TdC planteaba dudas sobre la exoneración de los delitos de malversación al considerar que la financiación del 'procés' podría afectar a los intereses económicos de la Unión Europea. Al respecto, el abogado general ha detallado que la protección de los intereses financieros de la Unión no se opone a la extinción de la responsabilidad prevista en la norma aprobada por el Gobierno de Pedro Sánchez, al considerar que "no existe un vínculo directo entre esos actos y la reducción, actual o potencial, de los ingresos puestos a disposición del presupuesto de la Unión".
No obstante, el abogado general sí ha planteado serias dudas sobre determinados aspectos de la norma que podrían ir contra varias exigencias del derecho a la tutela judicial efectiva. En concreto, el consejero jurídico europeo considera que "no es conforme con el Derecho de la Unión obligar a los órganos jurisdiccionales nacionales a dictar una resolución absolutoria y a alzar las medidas cautelares que se hubieran acordado en una fase anterior del procedimiento en el plazo máximo de dos meses".
Considera que "quebranta la independencia judicial" al impedir al Tribunal de Cuentas realizar las diligencias probatorias necesarias para verificar si los fondos afectados eran europeos. También, detalla que la imposición del alzamiento de las medidas cautelares cuando el juez aun no ha presentado una remisión prejudicial al TJUE, contraviene la primacía del Derecho de la Unión.
Respecto a la cuestión prejudicial elevada por la Audiencia Nacional, donde se dirime la causa por terrorismo contra doce miembros del CDR, ante Luxemburgo, el abogado general que la exoneración de los delitos del terrorismo no es incompatible con el Derecho europeo, puesto que meramente conlleva una "desactivación" parcial y temporal de sus efectos.
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