El Tribunal Constitucional ha amparado al fiscal Eduardo Esteban, cuyo nombramiento como fiscal de Sala de Menores fue anulado por el Tribunal Supremo en dos ocasiones, después de haber sido propuesto por Dolores Delgado cuando era fiscal general.
El Constitucional ha estimado los dos recursos presentados por Esteban contra las sentencias del Supremo, que quedan anuladas, si bien la decisión tan solo supondrá que el fiscal recupere la condición de fiscal de sala -la máxima de la carrera-, dado que la plaza de fiscal de coordinadora de Menores ya fue adjudicada posteriormente a Teresa Gisbert.
Fuentes jurídicas informan a Efe de que el Pleno ha tomado esta decisión con los seis votos de la mayoría progresistas frente al rechazo de los cuatro conservadores. El presidente Cándido Conde Pumpido y magistrado César Tolosa se han abstenido porque uno fue su jefe cuando ocupó el cargo de fiscal general y el segundo fue presidente de la Sala del Supremo que anuló los nombramientos.
Eduardo Esteban fue nombrado tras el Consejo Fiscal del 12 de marzo de 2021 con los votos en contra de los cinco vocales de la Asociación de Fiscales (AF) y del fiscal de sala jefe de la Inspección Fiscal, que apoyaron al otro candidato, José Miguel de la Rosa, que recurrió al Supremo.
En abril de 2022, el Supremo anuló el nombramiento y ordenó retrotraer las actuaciones para que se motivase el nombramiento en forma porque "la motivación de la fiscal general del Estado no cumple las exigencias mínimas" al ignorar las "diferencias tan llamativas y manifiestas" entre este y el otro candidato en sus CV.
Pese a ello, Delgado volvió a nombrarlo señalando que no había impedimento para proponer "al mismo candidato siempre que la nueva propuesta se adecue a los criterios expresados" por el Supremo.
No obstante, la asociación y el fiscal José Miguel de la Rosa volvieron a recurrir y una vez más el Supremo les dio la razón, decisión que ahora corrige la corte de garantías.
Dice el Constitucional que el alto tribunal anuló el nombramiento al considerar que este pivotaba sobre la mayor especialización en menores, de modo que descartó sin apoyo en la ley ni justificación el resto de criterios recogidos en la propuesta de nombramiento.
Es más, considera que rechazó los argumentos ofrecidos por Dolores Delgado sin explicitar otro parámetro que el "perfil bien determinado de la plaza", es decir sin justificar qué impide la valoración conjunta de otros criterios distintos al de la especialización.
De este modo, el Supremo desvirtuó el régimen legal de nombramiento discrecional y otorgó un trato desigualitario a Eduardo Esteban en el acceso al cargo por razón de su menor especialización en menores frente a otros candidatos, criterio que las sentencias impugnadas convirtieron en único y determinante del concurso.
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