El Partido Popular y Vox quieren prohibir el uso en espacios públicos de velos islámicos como el burka y el nicab, que cubren por completo el rostro de las mujeres que los portan. Los populares han anunciado que apoyarán la proposición de ley del partido liderado por Santiago Abascal, que alega que el uso de estas prendas supone una "clarísima implicación de erradicación de la identidad personal de la mujer de la vida colectiva" y de "sometimiento al varón", además de representar "un grave riesgo para la seguridad". Pero, ¿es legal prohibir este tipo de prendas en España?
El Tribunal Supremo ya se ha pronunciado al respecto. Lo hizo en 2013, cuando anuló una ordenanza del Ayuntamiento de Lérida que prohibía los velos integrales al considerar que el Consistorio carecía de competencias para limitar un derecho fundamental como es la libertad religiosa, recogido en la Constitución y en la Ley de Libertad Religiosa.
El alto tribunal advirtió del "riesgo del efecto perverso" que puede derivarse de esta prohibición, como el enclaustramiento de la mujer en su entorno inmediato al anteponer otras consideraciones a sus convicciones religiosas, "lo que a la postre resultaría contrario al objetivo de integración en los diferentes espacios sociales".
Tampoco consideró adecuado que, para justificar la prohibición, se partiera del razonamiento de que la mujer, al vestir el velo integral, lo hace como consecuencia de una coacción externa, o lo que es lo mismo: advertía de que puede haber mujeres que lo lleven porque quieran, y no porque estén obligadas por sus maridos.
"No consideramos adecuado que, para justificar la prohibición, pueda partirse del presupuesto, explícito o implícito, de que la mujer, al vestir en nuestros espacios públicos el velo integral, lo hace, no libremente, sino como consecuencia de una coacción externa contraria a la igualdad de la mujer", razonaron los magistrados de la Sala de lo Contencioso-Administrativo.
También señalaron la falta de justificación del Ayuntamiento al afirmar que el uso del velo perturbara la tranquilidad ciudadana, la seguridad y el orden público: "La realidad de esa perturbación de la tranquilidad en nuestra cultura occidental carece de una demostración convincente en cuanto simple constatación sociológica".
No obstante, el Supremo no entró a valorar si puede haber o no una ley a nivel estatal que prohíba el uso de prendas como el burka en España, y citó la moción que el Senado aprobó en 2010 a propuesta del PP, en la que se requería al Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero que prohibiera el uso de los velos integrales en los espacios públicos, argumentando que su utilización constituía una práctica discriminatoria y contraria a la dignidad de las mujeres. También se alegaba que atentaba contra la igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres.
"Conviene advertir que no nos pronunciamos respecto a lo que el legislador pueda hacer sobre el uso del atuendo religioso que nos ocupa. Si lo hiciéramos, constituiría una intromisión en el espacio del legislador, inaceptable en un órgano jurisdiccional", explicó el Supremo, dejando claro que únicamente se limitaba a subrayar la inexistencia de una ley.
"Empezamos por la exigencia indeclinable de una ley previa que establezca el límite para el ejercicio del derecho fundamental de libertad religiosa que la prohibición del velo integral supone", argumentaron los jueces.
Prohibición en Europa
Aquella moción se presentó como consecuencia de la proliferación, en 2010, de iniciativas en varios ayuntamientos de Cataluña para tramitar ordenanzas municipales que restringieran el uso de velos como el burka o el nicab en espacios e instalaciones públicas, como acabó ocurriendo en Lérida, que fue el primero en dar el paso. Además, se aprobaron prohibiciones similares en otros siete municipios catalanes, así como en Galapagar (Madrid) y Coín (Málaga). En el caso de Lérida, la ordenanza también afectaba a prendas como el pasamontañas o los cascos integrales.
España no es el único país donde se ha planteado la prohibición. De hecho, países de la Unión Europea como Francia, Bélgica o Austria prohíben el uso en espacios públicos del velo integral, mientras que Países Bajos lo tiene vetado en algunos espacios, como hospitales, transporte público o edificios gubernamentales, pero no en la calle como tal.
Alemania no restringe a nivel general el velo integral en espacios públicos, pero desde 2017 prohíbe el uso de esas prendas por parte de funcionarias, miembros de la judicatura y militares. El caso de Suiza es similar al que plantean Vox y el PP: desde 2021, prohíbe el uso del burka y el nicab tras un referéndum que salió adelante con una mayoría ajustada, del 52%.
En España, la norma que pretenden impulsar estos partidos incluye un artículo en el Código Penal para castigar con hasta tres años de prisión para quienes impongan "de manera violenta, intimidación o cualquier forma de coacción" el uso del velo.
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