El Tribunal Supremo ha rechazado los incidentes de nulidad presentados por la Fiscalía y la Abogacía del Estado, en representación del exfiscal general Álvaro García Ortiz, contra la sentencia que le condenó por el delito de revelación de secretos, según ha comunicado este jueves el alto tribunal. De esto forma, la puerta a que el antiguo jefe del Ministerio Público recurra en amparo ante el Tribunal Constitucional.
Así consta en un auto, al que ha tenido acceso El Independiente, firmado por cinco de los siete magistrados que juzgaron a García Ortiz. Ana Ferrer y Susana Polo, que ya pidieron la absolución del fiscal, han firmado un voto particular. García Ortiz fue condenado por filtrar datos reservados sobre el empresario Alberto González Amador, pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso.
"La sentencia describe la existencia de una serie de indicios acreditados que, interrelacionados entre sí, permiten inferir que García Ortiz, o una persona de su entorno inmediato y con su conocimiento, fue quien entregó el correo para su publicación en la Cadena SER", explica el tribunal.
Por otro lado, asegura que en la sentencia no existe "como apunta el Ministerio Fiscal, un desdoblamiento de los hechos objeto de imputación para fundamentar el pronunciamiento condenatorio por la filtración del correo electrónico y por la difusión de la nota de prensa".
Este fue uno de los puntos más polémicos de la decisión del Supremo: condenar a García Ortiz no solamente por la filtración durante la noche del 13 de marzo de 2024 de uno de los correos electrónicos del abogado del novio de Ayuso, sino también por la nota de prensa que se difundió el 14 de marzo desde la Fiscalía, que incluía igualmente datos reservados de González Amador.
El tribunal descarta que se vulnerara el principio acusatorio al condenar también por la elaboración y difusión de la nota informativa del 14 de marzo de 2024. Tanto la filtración del correo como la redacción y publicación de la nota formaron parte del objeto del proceso "desde las primeras fases", a la vista de las querellas, la exposición razonada del Tribunal Superior de Justicia y las resoluciones dictadas durante la instrucción.
Asimismo, subraya que no hubo "desdoblamiento" sorpresivo de hechos en la sentencia y que García Ortiz conoció siempre que ambos comportamientos estaban bajo investigación, y se pudo defender de ellos. El auto, del que ha sido ponente el presidente de la Sala Segunda, Andrés Martínez Arrieta, recuerda que el incidente de nulidad tiene un carácter excepcional y no puede convertirse en una vía para "reabrir el debate que ya se produjo con anterioridad y que fue resuelto en la sentencia".
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