La titular del juzgado de instrucción 24 de Barcelona ha acordado el sobreseimiento provisional de la causa abierta contra tres mossos investigados por presuntamente haber ayudado al expresidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, a huir tras su visita a Barcelona en agosto de 2024.
En un auto avanzado por 'Vilaweb', la instructora acuerda el sobreseimiento total y provisional contra los tres policías, investigados por un delito de encubrimiento, al entender que "no existen indicios suficientes para poder afirmar que existiera un vínculo entre ellos encaminado a conseguir" la huida del expresidente.
Tras casi dos años de instrucción no se ha podido individualizar ninguna conducta de los investigados que hubiera contribuido eficazmente a la huida del expresidente de la Generalitat tras participar en un acto organizado por entidades independentistas en el paseo Lluís Companys coincidiendo con la sesión de investidura de Salvador Illa, según Europa Press.
Su mera presencia en el lugar de los hechos, prosigue la instructora, tampoco "puede llevar a afirmar que existiera entre ellos un concierto y preparación previa" encaminada a facilitar su huida y las grabaciones tampoco lo acreditan.
"Tampoco se observa comunicación con éste al bajar del escenario después de dar su discurso, ni después, o en el momento de su traslado/huida a Francia, fase en que los investigados ya habían sido detenidos", recuerda.
Asimismo, no existe "ni un solo indicio" de la existencia de mensajes, llamadas, contactos o intercambios de cualquier tipo entre los investigados y Puigdemont que pueda sostener la hipótesis del encubrimiento o de cualquier otro ilícito penal que pudiera relacionarse con la fuga del mismo.
Testigos
Si bien los testigos relataron que el día de los hechos pudieron dar la impresión de "estar atentos o de observar lo que ocurría", ninguno afirmó haber presenciado actos de ayuda material ni de favorecimiento de la fuga del expresidente y descartaron la realización de conductas activas que pudieran tener una relevancia penal.
En este sentido, recuerda que el Código Penal exige "una ayuda de los presuntos responsables", actos tales como ocultar, auxiliar o ayudar a los autores de un delito tras su comisión, pero no castiga la pasividad.
Por todo ello, afirma que "tras la fase de investigación y hoy por hoy" no se puede constatar que ninguno de los tres realizaran actos conjunta y coordinadamente para evitar la detención y posibilitar su fuga.
La resolución no es firme y frente a ella las acusaciones populares, ejercidas por Vox y Hazte Oír, pueden presentar recurso de reforma o de apelación.
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