Un juzgado madrileño ha condenado a la secretaria general de Podemos y diputada Ione Belarra a pagar 9.000 euros al juez jubilado Manuel García Castellón por llamarle "corrupto" y "prevaricador" en la red social 'X' en septiembre de 2024. En la sentencia, a la que ha tenido acceso El Independiente, el titular del Juzgado de Primera Instancia número 45 de Madrid concluye que las acusaciones realizadas por la dirigente vulneraron el derecho al honor del exmagistrado de la Audiencia Nacional al atribuirle conductas delictivas sin aportar hechos concretos que las respaldaran

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La resolución obliga además a Belarra a publicar el contenido de la sentencia en su perfil de X y rechaza que sus manifestaciones estuvieran amparadas por la libertad de expresión o por la inviolabilidad parlamentaria. El fallo no es firme y puede ser recurrido ante la Audiencia Provincial de Madrid. De hecho, fuentes del entorno de García Castellón aseguran que planea interponer un recurso.

Publicaciones en 'X' de 2024

El origen del litigio se encuentra en dos mensajes publicados por Belarra en septiembre de 2024. El primero coincidió con la jubilación forzosa de García Castellón, comunicada ese mismo día a través del Boletín Oficial del Estado (BOE). Entonces, la líder de Podemos escribió que el magistrado era uno de los jueces "corruptos" que habían "prevaricado" contra quienes defendían "otra idea de España".

Semanas después, volvió a referirse al exjuez en otro mensaje en el que aseguró que este continuaba una "guerra sucia judicial" contra Podemos y afirmó que sus actuaciones para proteger al Partido Popular constituían "corrupción, con o sin condena".

Las manifestaciones no se limitaron a las redes sociales. Tras conocer la demanda presentada por García Castellón,Belarra defendió públicamente sus palabras y aseguró que el magistrado había servido durante su carrera para "proteger a los corruptos del Partido Popular", insistiendo en que simplemente estaba describiendo su trayectoria profesional.

La resolución recuerda que los cargos públicos están sometidos a un mayor nivel de escrutinio y crítica que cualquier ciudadano. Sin embargo, subraya que esa protección reforzada de la libertad de expresión no permite atribuir delitos a una persona sin ofrecer una mínima base que justifique semejante acusación.

Según la sentencia, los mensajes de Belarra no explicaban qué hechos concretos sustentaban afirmaciones tan graves como llamar "corrupto" o "prevaricador" a un juez. La sentencia concluye que los tuits carecían de un "sustrato fáctico" suficiente y que se limitaban a una descalificación profesional de extraordinaria gravedad.

"Prevariación" en sentido coloquial

Durante el procedimiento, la defensa de Belarra sostuvo que el término "prevaricación" había sido utilizado en un sentido coloquial y no técnico, como una forma de describir una actuación injusta o arbitraria. Sin embargo, el juzgado rechaza ahora esta interpretación: "Es difícil aceptar que el término prevaricación pueda emplearse en el sentido vulgar que se sugiere (...) cuando lo que se sostiene es, al mismo tiempo, que se ha buscado ocupar un puesto en los órganos judiciales para tapar a unos, y perseguir a otros, todo con fines políticos, desoyendo las instrucciones de los órganos judiciales superiores y con cierta obstinación".

Además, la sentencia no considera "fácil" sostener que una diputada "de larga y relevante trayectoria política" desconociera el significado jurídico de términos como "corrupción" o "prevaricación".