Los cuatro vocales conservadores de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) que se opusieron este lunes a remitir al Promotor de la Acción Disciplinaria el auto del juez Juan Carlos Peinado consideran que no corresponde al órgano de gobierno de los jueces realizar un "juicio revisor" sobre la resolución del instructor. Así lo sostienen en su voto particular, presentado tras la reunión extraordinaria de la Comisión Permanente que acordó por cuatro votos —gracias al voto de calidad de la presidenta, Isabel Perelló— trasladar al Promotor el auto en el que el instructor del 'caso Begoña Gómez' sugirió que los agentes encargados de la escolta de la esposa del presidente del Gobierno podrían facilitar una eventual fuga.

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Según el escrito, al que ha tenido acceso El Independiente, los vocales Eduardo Martínez Mediavilla, Carlos Orga Larrés, Isabel Revuelta de Rojas y Alejandro Abascal Junquera discrepan de la decisión de la mayoría y consideran que no procede ninguna actuación disciplinaria por las afirmaciones del magistrado. A su juicio, los polémicos párrafos forman parte de la "motivación" empleada por Peinado para justificar las medidas cautelares que acordó contra Begoña Gómez —retirada del pasaporte, prohibición de salir de España y comparecencias quincenales— y, por tanto, se encuadran dentro del ejercicio de la función jurisdiccional.

"El magistrado está explicando los motivos por los que él entiende que procede su decisión de adoptar medidas cautelares", afirman los vocales en su escrito. Por ello, sostienen que cualquier discrepancia sobre la suficiencia, corrección o acierto de esa argumentación debe resolverse exclusivamente a través de los recursos judiciales previstos en la ley y no mediante la vía disciplinaria. "Ese juicio revisor no es competencia del CGPJ por vía disciplinaria", señalan expresamente los firmantes del voto particular, que apoyan su posición en varias sentencias de la Sala Tercera del Tribunal Supremo.

"Sería inmiscuirse ilegítimamente"

Los vocales recuerdan que la resolución de Peinado puede ser revisada por la Audiencia Provincial de Madrid, órgano que deberá pronunciarse sobre los recursos que presenten las defensas contra las medidas cautelares. Por ello, advierten de que una intervención del CGPJ podría suponer una injerencia en competencias que corresponden exclusivamente a los tribunales. "La decisión es estrictamente jurisdiccional y revisable únicamente por la vía ordinaria de los recursos que caben contra ella", sostienen.

El voto particular va un paso más allá y alerta de que cualquier actuación disciplinaria basada en el contenido de la resolución podría afectar a principios constitucionales como la independencia judicial y la exclusividad de la jurisdicción. "En consecuencia, cualquier actuación del CGPJ sobre este particular supondría inmiscuirse ilegítimamente en las competencias que únicamente corresponden a la Audiencia Provincial de Madrid", concluyen.

Los escoltas podrían "facilitar una fuga"

En la resolución, Peinado sostiene que, atendiendo al abanico de penas que podrían imponerse —entre dos y 16 años de prisión—, no puede descartarse que se produzca "una eventual condena" que haga inviable la suspensión de la pena, lo que abriría la puerta al ingreso en prisión. A partir de ahí, justifica el riesgo de fuga y afirma que los agentes de seguridad podrían, "bien por iniciativa propia o siguiendo órdenes de sus superiores jerárquicos", colaborar para facilitar una eventual huida.

"Se alega por el letrado de Begoña Gómez que, al ser esposa del actual presidente del Gobierno, ello implica que en todo momento se encuentre acompañada y custodiada por agentes de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado. Pero de lo que no cabe duda es que esos agentes (...) pueden, bien por iniciativa propia o siguiendo órdenes de sus superiores jerárquicos, ser quienes colaboren (...) para facilitar esa fuga, que haría imposible que la acusada se encuentre a disposición de la justicia", señala el juez Peinado.

Peinado añade además que la protección que recibe Gómez es "efímera", al estar ligada a la condición de su marido como presidente del Gobierno, y que desaparecería en cuanto Pedro Sánchez dejara el cargo, lo que a su juicio agravaría aún más el riesgo de fuga. Esa afirmación provocó una queja formal del ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, y ha llevado finalmente a la Comisión Permanente a trasladar la resolución al Promotor de la Acción Disciplinaria para que valore si procede o no iniciar alguna actuación.