El Tribunal Supremo ha condenado al exministro de Transportes José Luis Ábalos a 24 años de prisión y a su exasesor Koldo García a 19 años y ocho meses por la trama de corrupción vinculada a la adjudicación de contratos de mascarillas durante la pandemia, según han confirmado fuentes jurídicas a El Independiente. La sentencia, adoptada por unanimidad, condena también al empresario Víctor de Aldama a cuatro años y medio de cárcel, aunque suspende la ejecución de la pena por su colaboración con la Justicia.

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Las partes fueron convocadas a las 12.00 horas de este lunes en el Supremo para la lectura del fallo del tribunal. El tribunal ha establecido que el cumplimiento máximo de las condenas de Ábalos y su exasesor sean de 16 y 15 años, respectivamente. En el caso de Aldama, el tribunal acuerda suspender su ingreso en prisión por "su aportación al descubrimiento de los delitos", a condición de no reincidir, presentar un informe semestral de actividades y realizar un año de trabajos en beneficio de la comunidad.

La resolución, de 224 páginas, condena a los tres acusados por los delitos de organización criminal, cohecho, malversación y tráfico de influencias. Los magistrados concluyen que actuaron de forma coordinada dentro de una estructura que perseguía obtener beneficios económicos a cambio de favorecer adjudicaciones públicas, contrataciones y decisiones administrativas de interés para empresas vinculadas al comisionista.

La Sala describe la existencia de un "claro plan criminal" sustentado en un reparto de funciones perfectamente definido. Según la sentencia, Aldama aportaba las empresas y los intereses económicos, Koldo García actuaba como intermediario y ejecutor de las gestiones, mientras que Ábalos ocupaba la posición institucional necesaria para facilitar el acceso a los centros de decisión.

Los contratos de mascarillas

El primero de los bloques de hechos que el tribunal considera acreditados se refiere a la adjudicación de contratos de mascarillas durante los primeros meses de la crisis sanitaria. Según la sentencia, Soluciones de Gestión —empresa vinculada a Aldama— obtuvo contratos para suministrar 13 millones de mascarillas a Puertos del Estado y Adif gracias a la intervención de la organización liderada por los acusados.

La Sala considera probado que la compañía resultó beneficiada por actuaciones impulsadas desde el entorno del Ministerio de Transportes y que la participación de Ábalos y Koldo fue determinante para abrir las puertas de organismos públicos en un contexto de emergencia sanitaria marcado por la "obvia urgencia" y la escasez de material. No obstante, los magistrados rechazan que la adjudicación respondiera únicamente a las circunstancias excepcionales de la pandemia y concluyen que detrás existió una actuación concertada destinada a favorecer a la empresa vinculada al comisionista.

Los pagos de 10.000 euros

La sentencia considera igualmente acreditado que Ábalos percibió pagos periódicos procedentes del entorno empresarial de Aldama. En concreto, el tribunal da por probado que recibió 10.000 euros mensuales desde octubre de 2019 hasta junio de 2022 destinados a sufragar sus "gastos fijos". Dichas cantidades constituían, según la resolución, contraprestaciones derivadas de los favores y gestiones realizadas en beneficio de las empresas vinculadas a la trama.

La Sala también incluye dentro de esas ventajas el alquiler del piso en la Plaza de España de Madrid en el que residió Jessica Rodríguez, entonces pareja del exministro. Según el tribunal, el inmueble fue sufragado por un testaferro de Aldama y constituyó una ventaja patrimonial concedida a Ábalos. El coste total asumido por la organización ascendió a 82.295 euros.

Los 'enchufes' de Jessica y Claudia Montes

Los magistrados también dan por probados los 'enchufes' de Jessica Rodríguez, y de Claudia Montes en empresas vinculadas al Ministerio del que era entonces titular. Así, señalan que Rodríguez fue contratada en Ineco y posteriormente en Tragsatec, "con la finalidad de que percibiera un sueldo" y sin llegar a desarrollar "ninguna actividad laboral" efectiva.

"Jessica Rodríguez no llegó, con conocimiento y plena aceptación del acusado José Luis Ábalos, a desempeñar trabajo o función alguna durante el tiempo que permaneció empleada en Ineco (...) Recibió la cantidad neta de 34.450 euros de la empresa en concepto de salario", apunta el tribunal.

La sentencia también da por acreditada la "privilegiada" contratación de Montes —exMiss Asturias— en LogiRail por su "relación personal" con el exministro. "Es esa relación la que explica la disciplinada intervención de Koldo García con el fin de remover cuantos obstáculos pudieran presentarse para la incorporación laboral de Claudia Montes en esa entidad y para neutralizar cualquier exigencia de sus superiores a fin de que cumpliera con los deberes derivados de su función como
contratada laboral", recoge la sentencia.

Air Europa, Villafuel y los chalets

El Supremo considera asimismo acreditado que el alquiler de los chalets de Villa Parra (Marbella) y La Alcaidesa (Cádiz) fueron contraprestaciones para Ábalos y su 'mano derecha' por las gestiones relacionadas con la emisión de una nota de prensa para el rescate de Air Europa —aerolínea de la que Aldama era asesor— y para la concesión de una licencia de hidrocarburos a Villafuel, empresa también vinculada al comisionista.

En el caso de Air Europa, el tribunal concluye que la organización intervino para favorecer los intereses de la compañía en pleno proceso de rescate por parte de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI). Respecto a Villafuel, da por probado que se realizaron actuaciones dirigidas a facilitar la obtención de una licencia de operador de hidrocarburos que resultaba estratégica para el proyecto empresarial impulsado por Aldama.

El juicio quedó visto para sentencia el pasado 6 de mayo, después una veintena de sesiones en las que se reconstruyó la hoja de ruta del "concierto de voluntades" acordado entre Ábalos, Koldo y Aldama para obtener beneficios económicos a cambio de favorecer a las empresas vinculadas al comisionista. En su alegato final, Ábalos se proclamó víctima de un "juicio paralelo" y negó todos los cargos.

La tesis no convenció al tribunal. Durante el juicio, la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil definió al trío como un triángulo en el que cada uno ocupaba su lugar y cumplía su función, con el empresario que paga y exige, el asesor que canaliza y el exministro que "abre las puertas". En ese reparto de responsabilidades, las acusaciones y la Fiscalía situaron a Ábalos en el vértice más alto de la estructura, como la figura sin la cual no se explicaría el acceso al núcleo de decisiones del Ministerio.

Un "grave deterioro" de la confianza ciudadana

Más allá de las penas impuestas, el Supremo dedica parte de su argumentación a alertar sobre el impacto de la corrupción en el sistema democrático. Los magistrados sostienen que los hechos juzgados provocan un "grave deterioro de la confianza ciudadana en el sistema político" y terminan por "socavar la arquitectura democrática del Estado". A su juicio, cuando quienes ocupan responsabilidades públicas utilizan su posición para favorecer intereses privados, se erosiona la legitimidad de las instituciones y se debilita la confianza de los ciudadanos en el funcionamiento de la Administración.

"Una sociedad que percibe que quienes ocupan posiciones de poder actúan guiados por intereses privados, o ajenos al servicio público para obtener un beneficio, experimenta una pérdida de legitimidad institucional que compromete la estabilidad del propio sistema", señala la resolución, que supone el desenlace judicial de uno de los mayores escándalos de corrupción surgidos a raíz de la pandemia y certifica la caída del que fuera secretario de Organización del PSOE y ministro de Transportes entre 2018 y 2021.