El Boletín Oficial del Estado (BOE) no ha publicado todavía el calendario laboral oficial definitivo, un trámite que suele llevarse a cabo durante el mes de octubre. No obstante, las fechas de los festivos nacionales son fijas y, por tanto, calculables, mientras que las comunidades autónomas son las encargadas de gestionar sus festividades y también de decretar dónde se trasladan los festivos que caen en domingo.
Cómo funciona el calendario laboral español
El calendario laboral español consta de un máximo de 14 días festivos retribuidos y no recuperables al año. Dos de estos los fija cada ayuntamiento y los otros doce restantes se reparten entre el Estado y cada comunidad autónoma. Estos doce últimos se distinguen en tres categorías fundamentales que determinan qué días serán festivos en cada territorio.
Las fiestas nacionales no sustituibles son iguales para todas las comunidades y no pueden modificarse. Estas cinco son siempre festivas en España: 1 de enero, Viernes Santo, 1 de mayo, 12 de octubre y 25 de diciembre. Por su parte, las fiestas nacionales sustituibles son festivo por defecto, pero una comunidad puede cambiarlas por una fiesta propia de su tradición. Son: 6 de enero, 19 de marzo, Jueves Santo, 15 de agosto, 1 de noviembre, 6 de diciembre y 8 de diciembre.
El caso más ilustrativo es el del Jueves Santo, que tanto Cataluña como la Comunidad Valenciana deciden cambiar por el Lunes de Pascua. Esto provoca una variación importante en las vacaciones escolares de Semana Santa en estas comunidades frente al resto de España. Finalmente, las fiestas autonómicas propias son los festivos regionales que cada comunidad autónoma administra en base a los días disponibles. Días como San Juan, San Esteban, San José, el Corpus Christi o los días regionales de cada comunidad completan el calendario.
El calendario 2027, festivo a festivo
El año 2027 presenta una distribución de festivos que concentra los mejores puentes en el último trimestre, mientras que el primer semestre resulta algo más flojo en términos de descansos prolongados. Estas son las fechas confirmadas hasta la fecha:
| Fecha | Festivo | Día de la semana | Opciones de puente / Oportunidad de descanso |
| 1 de enero | Año Nuevo | Viernes | Fin de semana largo de 3 días |
| 6 de enero | Reyes | Miércoles | Festivo a mitad de semana (sustituible por algunas CCAA). |
| 19 de marzo | San José | Viernes | Fin de semana largo (solo en las CCAA que lo mantengan). |
| 25 de marzo | Jueves Santo | Jueves | Festivo en la mayoría de CCAA (salvo Cataluña y C. Valenciana). |
| 26 de marzo | Viernes Santo | Viernes | Festivo nacional en toda España (Semana Santa). |
| 1 de mayo | Día del Trabajo | Sábado | Cae en fin de semana (no se genera puente). |
| 15 de agosto | Asunción de la Virgen | Domingo | Se decide si se traslada al lunes 16 (Aragón ya lo ha aprobado). |
| 12 de octubre | Fiesta Nacional | Martes | Puente de 4 días pidiendo libre el lunes 11. |
| 1 de noviembre | Todos los Santos | Lunes | Fin de semana largo de 3 días |
| 6 de diciembre | Constitución | Lunes | Festivo nacional previo al puente de diciembre. |
| 8 de diciembre | Inmaculada Concepción | Miércoles | Megapuente de Diciembre combinándolo con el lunes 6. |
| 25 de diciembre | Navidad | Sábado | Cae en fin de semana (no se genera puente). |
Los principales puentes de 2027
La distribución de los festivos deja varios fines de semana largos y posibilidades de puente, aunque el resultado final dependerá de cada comunidad y municipio. El primer semestre será algo flojo. Reyes caerá en miércoles, y el 1 de mayo y el 25 de diciembre en sábado. No obstante, el último trimestre concentra los tres mejores puentes del año.
Puente de octubre: El 12 de octubre caerá en martes. Solicitar el lunes 11 permitirá formar un puente de cuatro días, desde el sábado 9 hasta el martes 12.
Puente de Todos los Santos: El 1 de noviembre será lunes, lo que permitirá un fin de semana de tres días sin necesidad de pedir vacaciones.
Puente de diciembre: El 6 de diciembre caerá en lunes y el 8 de diciembre en miércoles. Con un día libre el martes 7 se podrán reunir cinco jornadas consecutivas de descanso, desde el sábado 4 hasta el miércoles 8.
Semana Santa: El Viernes Santo será el 26 de marzo. Las comunidades que declaren festivo el Jueves Santo, 25 de marzo, tendrán cuatro días seguidos de descanso hasta el domingo 28.
Te puede interesar
-
El BOE lo confirma: así recibirán las notificaciones las personas que están de baja laboral
-
Los mayores de 65 años disfrutarán del cine a 2 euros: requisitos y cómo conseguir la entrada
-
La CNMV sanciona a Gerard Piqué con 200.000 euros por uso de información privilegiada
-
Una empresa adquirida por Ilunion mantendrá las cámaras de videovigilancia de La Moncloa