El Boletín Oficial del Estado publica hoy los dos Reales Decretos de Vivienda vueltos a aprobar ayer por el Consejo de Ministros, después de que fueran tumbados el viernes de la semana pasada en el Parlamento. Uno de ellos prevé su entrada en vigor mañana y el que incluye la prórroga forzosa del alquiler por periodos sucesivos lo hará el 15 de noviembre, lo que implica que lo hará solo si lo aprueba la Diputación Permanente del Congreso.

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El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, compareció ayer ante los medios desde Moncloa, tras la aprobación de los citados Reales Decretos, para explicar algunas de las modificaciones que se habían incluido en los mismos como el mecanismo llamado 'Tu Casa', que contempla préstamos de hasta 50.000 euros para primera vivienda. Este estará dotado con 10.000 millones de euros.

Explicó que la línea de préstamos, gestionada por el ICO, está dirigida a personas y familias con ingresos pero sin ahorro suficiente para afrontar la entrada de una hipoteca y tendrá carácter intergeneracional, por lo que no estará limitada solo a los jóvenes.

Además, el presidente del Gobierno reconoció que el segundo decreto, que regula la prórroga automática de los alquileres, no dispone actualmente del apoyo de una mayoría parlamentaria, por lo que no entrará en vigor hasta ser revalidado por la Diputación Permanente, algo bastante improbable por el rechazo no solo de Junts, sino también del PNV.

Por este motivo, la previsión de entrada en vigor del mismo no es inmediata sino que se aplaza al 15 de noviembre, fecha en la que ya se habrá votado en la Diputación Permanente del Congreso.

Los decretos aprobados este martes "mantienen la esencia" de los que decayeron el viernes, pero con algunas cambios y medidas nuevas.

Incluyen 21 medidas destinadas a facilitar el alquiler y la compra asequible, crear más oferta de vivienda, dar tranquilidad y estabilidad a la población y combatir la especulación.

Además de la dotación de la línea del ICO, otra de las novedades de estos decretos es la incorporación de un fondo de impacto social dotado con 400 millones de euros para impulsar la promoción de vivienda por parte de proveedores sociales, una financiación que permitirá promover miles de viviendas con impacto social y alquiler asequible.

Se amplía la definición de fondo 'buitre'

Asimismo, el nuevo texto endurece las condiciones para la compra especulativa de vivienda por parte de los llamados fondos 'buitre', ampliando su definición y las condiciones de las excepciones con respecto al anterior texto.

En materia de protección de los inquilinos, se regula mejor la publicidad, promoción y oferta de los arrendamientos de vivienda, que deberá incluir el índice de referencia del precio del alquiler -en las zonas donde se aplique la ley de vivienda y las zonas tensionadas-, el límite de renta aplicable en los ámbitos sujetos a limitación legal y, cuando proceda, la condición de gran tenedor del arrendador.

Respecto a los pequeños propietarios, el marco regulatorio en materia de desahucios se mantiene respecto al texto anterior y se incorpora el pago por parte de las administraciones de las posibles costas procesales e intereses moratorios, cuando corresponda.

Por otro lado, las viviendas de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) quedarán adscritas a la empresa pública Casa 47 para que puedan ponerse a disposición de la ciudadanía en forma de alquiler asequible.