El juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama ha rechazado imputar un delito de malversación al expresidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero por los tres juegos de joyas que asegura que le regaló personalmente el rey de Arabia Saudí en 2007. En un auto al que ha tenido acceso El Independiente, el instructor del 'caso Plus Ultra' descarta la petición realizada por la Fiscalía Anticorrupción y concluye que no puede considerarse que las alhajas formasen parte del patrimonio público.

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Anticorrupción solicitó el 21 de octubre que la investigación paralela al 'caso Plus Ultra' que se sigue en la Audiencia Nacional por las joyas halladas en el despacho del expresidente se dirigiera también por presunta malversación de caudales públicos, además de los supuestos delitos fiscales y de contrabando que ya constaban. La Fiscalía sostenía que los tres juegos de joyería —con rubíes, esmeraldas y zafiros—, que Zapatero atribuye a un regalo "estrictamente personal" del rey Abdalá, debieron incorporarse al patrimonio del Estado por las circunstancias en que los recibió y su "muy significativo valor".

En su escrito, consultado por este periódico, la fiscal Elena Lorente subrayaba que el propio expresidente había reconocido que recibió las piezas mientras ejercía la Presidencia del Gobierno y que, al abandonar el cargo, no las entregó a la Administración, como sí hizo con otros regalos. Para comprobar qué obsequios institucionales se habían incorporado al patrimonio público durante sus dos legislaturas, el Ministerio Público pidió al juez que reclamase a la Dirección General de Patrimonio del Estado las correspondientes actas de recepción.

"Aún admitiendo que la apropiación de las joyas pudiera suscitar reproches de naturaleza ética o política, no cabe afirmar que constituyeran patrimonio público a efectos del delito de malversación", explica ahora Calama en su resolución. El juez añade que la mera circunstancia de que Zapatero las recibiera en virtud de su cargo no basta para considerarlas bienes del Estado, ya que en 2007 no existía ninguna norma que estableciera su incorporación automática al patrimonio público. "Por ello, falta uno de los elementos esenciales de la malversación".

El instructor rechaza así el argumento de Anticorrupción, que sustentaba su petición en el Código de Buen Gobierno aprobado por el Consejo de Ministros en febrero de 2005, durante el mandato del propio Zapatero. Aquel texto establecía que los obsequios institucionales de especial significación debían incorporarse al patrimonio público. Sin embargo, Calama considera que estas reglas tenían un carácter ético y autorregulatorio, pero no fuerza normativa para determinar la titularidad de los regalos ni para fundamentar una imputación penal.

El juez recuerda que la obligación legal de incorporar al patrimonio de la Administración los obsequios recibidos por los altos cargos se estableció posteriormente, con la Ley de Transparencia de 2013. Una regulación que, según subraya, no puede aplicarse retroactivamente a unos hechos que se remontan a junio de 2007. A su juicio, hacerlo supondría una "interpretación extensiva" de la ley penal en perjuicio del investigado.

La búsqueda del fabricante de las joyas

Paralelamente, la investigación sobre las joyas halladas en el despacho de Zapatero por la Policía Nacional se centra ahora en esclarecer su origen. El juez Calama encargó esta semana a la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF) que identificasen al autor de la marca que aparece tallada en esos tres juegos de joyería que el expresidente asegura que el regaló el monarca saudí, después de que el informe pericial de la Joyería Yanes examinara la 'firma' y concluyera que sus características llevaban a descartar que procedieran de países con controles estrictos de identificación de alta joyería, entre ellos los países árabes.

La talla —técnicamente conocida como punzón— tiene una T mayúscula en el centro, el número 18 a la izquierda y una K a la derecha. Para las dos especialistas que desarrollaron el informe —que ha sido consultado por este periódico—, la coincidencia identifica que los tres lotes tienen una procedencia común, aunque los contrastes no ofrecen información suficiente para determinar su origen. Así, las joyeras apuntan a que la T podría corresponder a la inicial del fabricante y que el 18K haría referencia a la ley del metal.

A partir de esas características observadas, las especialistas consideraron que podían descartarse que los tres juegos hubieran sido fabricados en países con requisitos especialmente exigentes en esta materia, como los de la UE, Estados Unidos y los países árabes. En cambio, mencionan Tailandia, India, China, países de Asia central y Turquía como lugares donde la identificación de las piezas sería más permisiva. Yanes no atribuye las joyas a ninguno de esos territorios ni identifica al fabricante.

La investigación policial tratará de avanzar en esa identificación. En una providencia, a la que tuvo acceso El Independiente, el juez Calama emplazó a los agentes de la UDEF a que identificasen al autor de la marca y les autorizaba a pedir la colaboración de Interpol y Europol en el caso de considerarlo necesario.