Tal día como hoy de hace 50 años el Gobierno español remitió una carta al entonces secretario general de la ONU, Kurt Waldheim, en la que notificaba la terminación de su presencia en el Sáhara Occidental. Medio siglo después, aquel escrito sigue proyectando efectos políticos y jurídicos sobre un conflicto que permanece sin resolver y cuyo territorio continúa siendo la última colonia de África.
La misiva comunicaba que España daba por finalizada su administración del territorio sin haber celebrado el referéndum de autodeterminación prometido a la población saharaui en el marco del proceso de descolonización auspiciado por Naciones Unidas. Con ello, Madrid pretendía desvincularse de cualquier responsabilidad futura sobre el territorio, informa Europa Press.
Retirada acelerada y vacío jurídico
La carta fue la culminación de un proceso precipitado. En noviembre de 1975, tras la Marcha Verde organizada por Rabat y en plena agonía del franquismo, España firmó con Marruecos y Mauritania los Acuerdos de Madrid. A través de ese pacto, transfería la administración —no la soberanía— del territorio.
La ONU nunca reconoció esos acuerdos como instrumento válido de descolonización. Para Naciones Unidas, el Sáhara Occidental continuó siendo un territorio no autónomo pendiente de un proceso de autodeterminación conforme al derecho internacional.
Ese 26 de febrero de 1976, España arrió definitivamente su bandera en El Aaiún. Horas después, el Frente Polisario proclamó la República Árabe Saharaui Democrática (RASD) desde Tinduf, abriendo una nueva fase del conflicto armado con Marruecos y Mauritania.
“España no podía renunciar unilateralmente”
Para el catedrático de Derecho Internacional Público Juan Soroeta Liceras, la carta de 1976 no resolvió la posición jurídica de España, pese a la voluntad política de dar por cerrado el expediente.
“España no podía renunciar unilateralmente a su condición de potencia administradora sin culminar el proceso de descolonización conforme al derecho internacional”, sostiene Soroeta en conversación con este diario. A su juicio, la comunicación enviada a Waldheim “no extingue las obligaciones que derivan de la Carta de la ONU respecto de los territorios no autónomos”.
El jurista recuerda que la Asamblea General nunca aceptó que España hubiera transferido válidamente esa condición a Marruecos o Mauritania. “Los Acuerdos de Madrid no fueron un tratado de cesión de soberanía ni fueron avalados por Naciones Unidas como culminación del proceso de autodeterminación. Jurídicamente, el territorio sigue pendiente de descolonización”, subraya.
Soroeta incide en que la potencia administradora es una figura reconocida por la ONU con obligaciones específicas, entre ellas promover el ejercicio efectivo del derecho de autodeterminación. “La carta expresa una voluntad política, pero el derecho internacional no se modifica por una simple notificación”, añade.
Cincuenta años después: control marroquí y referéndum bloqueado
Cinco décadas más tarde, Marruecos controla aproximadamente el 80 % del territorio, incluida la franja atlántica y las principales ciudades como El Aaiún y Dajla. El resto, al este del muro defensivo levantado por Rabat en los años ochenta, permanece bajo control del Frente Polisario.
La misión de la ONU para el referéndum en el Sáhara Occidental (MINURSO), desplegada desde 1991 tras el alto el fuego, sigue sin haber organizado la consulta prevista en su mandato inicial. Rabat defiende su plan de autonomía bajo soberanía marroquí como única salida viable, mientras el Polisario insiste en un referéndum que incluya la opción de independencia.
Para Soroeta, el estancamiento actual no elimina el núcleo jurídico del conflicto. “Mientras no se celebre un referéndum conforme a los estándares internacionales o no exista un acuerdo libremente aceptado por el pueblo saharaui, el proceso de descolonización seguirá inconcluso”, advierte.
La herencia política
La carta de 1976 simboliza la salida formal de España, pero no ha cerrado el debate sobre su responsabilidad histórica. En 2022, el Gobierno español respaldó públicamente el plan marroquí de autonomía como la “base más seria, creíble y realista” para una solución, un giro que reabrió tensiones diplomáticas y un intenso debate interno.
El auto número 40 de 2014 de la Audiencia Nacional, que lleva la firma de Grande-Marlaska como presidente de la sala, partía de una querella contra altos cargos del Gobierno marroquí -entre ellos, los ministros de Defensa, Interior y Exteriores- por el brutal desalojo de Gdeim lzik (El campamento de la dignidad), el campo instalado por activistas saharauis a las afueras de El Aaiún, en los territorios ocupados del Sáhara Occidental, entre octubre y noviembre de 2010. "Las fuerzas de seguridad del Reino de Marruecos produjeron desapariciones, agresiones físicas, torturas y asesinatos. Entre ellos, la muerte violenta del ciudadano español Baby Uamda", explica el auto que rechazó el sobreseimiento del caso.
En las consideraciones de la resolución de la Audiencia Nacional, los magistrados proporcionan un recorrido por la historia del Sáhara Occidental y subrayan que, "al ingresar en la ONU y firmar la Carta de las Naciones", el Estado español "reconoció el hecho colonial del Sahara español, contrayendo una serie de obligaciones, convirtiéndose en potencia administradora".
"Como Potencia administradora se obliga, apartado a) del artículo 73: ''a asegurar, con el debido respeto a la cultura de los pueblos, su adelanto político, económico, social y educativo, el justo tratamiento de dichos pueblos y su protección contra todo abuso…"."Actualmente hay un importante sector doctrinal que considera que España sigue siendo la Potencia Administradora del Sahara Occidental de iure aunque no de facto", explica el texto, que expone una serie de consideraciones.
Cincuenta años después de la notificación a Waldheim, el Sáhara Occidental continúa inscrito en la lista de territorios no autónomos de la ONU. La carta cerró una etapa administrativa para España, pero no resolvió el contencioso. El conflicto sigue siendo uno de los más prolongados del sistema internacional contemporáneo, con implicaciones jurídicas y estratégicas que aún gravitan sobre la política exterior española y el equilibrio en el Magreb.
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