España vuelve a quedar en el foco por los embargos en el extranjero. Esta vez el desencadenante ha sido la decisión de un tribunal neerlandés que ha afectado a la sede del Instituto Cervantes en Utrecht. El caso ha reavivado una pregunta incómoda, por qué algunos países pueden embargar bienes del Estado español fuera de nuestras fronteras cuando España no paga determinados laudos o indemnizaciones.

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La respuesta no es solo jurídica, sino también política y financiera. Detrás de estos procedimientos hay arbitrajes internacionales, resoluciones firmes y una estrategia de cobro que los acreedores activan cuando consideran que el Estado español no cumple voluntariamente sus obligaciones.

La nueva chispa del caso

El embargo ordenado en Países Bajos ha puesto de nuevo en primer plano la larga batalla judicial que España mantiene por las indemnizaciones derivadas de los recortes a las primas de las renovables. La medida afecta a un edificio del Instituto Cervantes en Utrecht valorado en torno a 10 millones de euros. Este está ligado al cumplimiento de un laudo arbitral del caso Eurus, filial de Toyota.

Ese episodio no es aislado. Los acreedores de estos arbitrajes llevan años tratando de ejecutar sus resoluciones en jurisdicciones donde encuentran bienes de España embargables, desde inmuebles hasta derechos de cobro o activos financieros. En varios países, la justicia ha admitido esos procedimientos como vía para forzar el pago.

¿Por qué se embargan bienes españoles?

Los embargos a bienes españoles en el extranjero se explican, en buena parte, por la acumulación de deudas derivadas de laudos arbitrales internacionales. Especialmente se vinculan a los recortes retroactivos de las primas a las energías renovables. Entre 2010 y 2013, España modificó el régimen económico del sector eólico y solar, retirando o reduciendo ayudas que inversionistas extranjeros habían considerado como base para entrar en el mercado. Esos cambios se interpretaron como una ruptura de las condiciones pactadas, lo que desencadenó oleadas de demandas ante tribunales de arbitraje internacional.

Tras años de arbitrajes, decenas de resoluciones han reconocido indemnizaciones millonarias a favor de estos inversores. Los importes suman ya alrededor de 1.500 millones de euros, lo que convierte a España en uno de los Estados más condenados del mundo por este tipo de litigios.

Cuando España no paga voluntariamente esas deudas, los acreedores activan la fase de ejecución en tribunales extranjeros, donde esos laudos se convierten en títulos ejecutivos. En ese punto, se abre la puerta a que Estados como Bélgica, Reino Unido o Estados Unidos autoricen el embargo de bienes o fondos españoles.

¿Qué más bienes han sido embargados?

Entre los bienes específicos embargados o intervenidos a España por los impagos relacionados con las renovables destacan, en primer lugar, la sede del Instituto Cervantes en Londres, embargada por un tribunal británico como medida cautelar para garantizar el cumplimiento de un laudo. Junto a ella, ha sido bloqueado el Instituto Español Vicente Cañada Blanch, otra sede cultural española en la capital británica.

Bélgica ha bloqueado un paquete de 482 millones de euros en pagos que Eurocontrol retribuye a Enaire por la gestión de tráfico aéreo. Esto afecta directamente a los flujos de ingresos del Estado derivados de la actividad aeroportuaria, sin que se trate de un inmueble físico sino de derechos de cobro futuros.

En el exterior también se han identificado como blancos concretos las sedes diplomáticas y espacios culturales de España en otros países. Además cuentan con activos de empresas públicas como la filial de Navantia en Australia, donde se ha hablado de posibles embargos sobre barcos y contratos.

En Estados Unidos la situación no ha llegado aún a grandes embargos físicos concretos como en Europa, pero sí está autorizada la ejecución de laudos y la búsqueda de bienes españoles susceptibles de embargo. Un tribunal federal de Washington, en el llamado "caso Watkins", ha autorizado a los acreedores a registrar la sentencia en cualquier distrito de EE. UU. y a iniciar procedimientos para localizar y embargar activos del Estado español en suelo norteamericano por un importe de cerca de 93 millones de euros relacionados con primas renovables. Sumando todos estos embargos activos, las cifras rondan ya más de 1.750 millones de euros en bienes y derechos de cobro bloqueados.

Qué puede pasar ahora

En términos prácticos, este tipo de embargos puede abrir la puerta a nuevas medidas de ejecución si España sigue sin cerrar acuerdos con los acreedores. También puede empujar al Gobierno a negociar antes de que otros activos resulten afectados en países con jurisdicciones favorables a la ejecución de laudos.

El caso neerlandés es importante porque refuerza la idea de que, fuera de los bienes diplomáticos, el patrimonio del Estado fuera no está blindado. De ahí que el caso del Cervantes no sea solo una anécdota judicial, sino un aviso sobre el alcance de la deuda internacional y sus consecuencias patrimoniales.