Dejémoslo claro desde el principio: El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, TJUE, dice que, en virtud de su condición de diputado electo al Parlamento Europeo, el Tribunal Supremo debería haber autorizado al señor Junqueras a acudir ante la Junta Electoral Central a cumplir el requisito de acatar la Constitución española y a continuación permitirle acudir a la sede del Parlamento europeo para tomar posesión de su acta como eurodiputado. Y, acto seguido, pedir el suplicatorio al Parlamento europeo para poder seguir manteniendo en prisión provisional mientras se celebraba el juicio por el que ha sido condenado en sentencia firme e inhabilitado. El TJUE considera que los europarlamentarios lo son desde el momento en que toman posesión de su escaño pero que gozan de inmunidad desde el momento en que son elegidos y se trasladan a Estrasburgo para hacer efectiva su condición de representantes del pueblo.
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