El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictado este jueves su sentencia a favor de la inmunidad del ex vicepresidente catalán Oriol Junqueras. Considera que el Tribunal Supremo debió permitirle salir de prisión preventiva para recoger su acta por su inmunidad parlamentaria como eurodiputado elegido en las elecciones del 26 de mayo. En caso de considerar que no debía hacerlo, considera el TJUE, el Supremo debió solicitar al Parlamento Europeo "en la mayor brevedad posible" la suspensión de su inmunidad para mantenerle en la cárcel de manera preventiva.

"Una persona elegida al Parlamento Europeo adquiere la condición de miembro de dicha institución desde la proclamación oficial de los resultados y goza desde ese momento de las inmunidades aparejadas a tal condición".

Así se ha pronunciado la Gran Sala del Tribunal de Luxemburgo en la sentencia prejudicial Junqueras Vies (C-502/19) en la que ha precisado "el alcance personal, temporal y material de las inmunidades reconocidas a los miembros del Parlamento Europeo". Así, la primera resolución europea favorable a Junqueras marca también el camino de la posible inmunidad como parlamentario del ex presidente catalán Carles Puigdemont y el ex consejero Toni Comín, que también elevaron sus cuestiones al TJUE.

El Tribunal de Luxemburgo responde así a las consultas que le planteó el Tribunal Supremo para saber hasta dónde llegaba la inmunidad parlamentaria de Junqueras. Es decir, si debió dejarle salir de prisión preventiva para jurar la Constitución y recoger su acta de eurodiputado.

Concluyen los 15 magistrados de la Gran Sala del Tribunal de Luxemburgo que "las personas que, como el señor Junqueras Vies, son elegidas miembros del Parlamento Europeo gozan, desde la proclamación de los resultados, de la inmunidad de desplazamiento vinculada a su condición de miembro del Parlamento Europeo, prevista en el artículo 9, párrafo segundo del protocolo".

Así, el tribunal europeo resuelve que "la inmunidad de desplazamiento garantizada a todo miembro del Parlamento Europeo implica el levantamiento de cualquier medida de prisión provisional que le haya sido impuesta antes de ser proclamado electo, con el fin de permitirle desplazarse al Parlamento Europeo y participar en la sesión constitutiva. En consecuencia, si el tribunal nacional competente considera necesario mantener la medida de prisión provisional, ha de solicitar a la mayor brevedad al Parlamento Europeo que suspenda dicha inmunidad, conforme al artículo 9, párrafo tercero, del Protocolo".

Sesión constitutiva y primera reunión

Según el tribunal europeo, la finalidad de esta inmunidad es permitirles desplazarse al Parlamento Europeo y participar en la sesión constitutiva de la nueva legislatura. A diferencia de la inmunidad durante el periodo de sesiones, prevista en el párrafo primero de esa misma disposición, que no se les reconoce hasta la apertura de la sesión constitutiva y que abarca todo el periodo de sesiones del Parlamento Europeo, por lo que considera que "la inmunidad de desplazamiento protege los desplazamientos de los miembros del Parlamento Europeo al lugar de reunión de éste, incluida su primera reunión" con el fin de "proteger el buen funcionamiento y la independencia de las instituciones".

¿Afecta a la sentencia del procés?

El presidente del Tribunal que juzgó el procés, Manuel Marchena, ya concluyó que la decisión del TJUE no afecta a la sentencia del 1-O, en la que Junqueras resultó condenado a 13 años de prisión por los delitos de sedición y malversación por los que ahora cumple condena en la cárcel barcelonesa de Brians 2.

Finalmente, el tribunal europeo se ha manifestado en la misma línea que el abogado general del TJUE, Maciej Szpunar, que elevó sus conclusiones a la Corte de Luxemburgo en un extenso escrito a favor del ex vicepresidente catalán en cuanto a su inmunidad. Consideró que el juez instructor sí debió dejarle salir de prisión provisional para recoger su acta de eurodiputado. Sin embargo, también afirmó que una vez el Supremo ha dictado condena contra él, el TJUE ya no es competente para decidir acerca de estas cuestiones.